Colegio Diocesano Obispo Labbé -IQUIQUE - Región de Tarapacá


Título iniciativa:

Elecciones democraticas y directas de los directores de la INJUV.



Propuesta legislativa:

QUEREMOS QUE LA DIRECCIÓN DE LA INJUV SEA POR Y PARA LOS JÓVENES.

Elección por votación
democrática y directa a directores nacionales y regionales del INJUV. Moción:

Modifica la ley 19.042, en los artículos 4, 8 y 15.

Manda y Permite: Se exige la
modificación de los artículos mencionados, en los cuales se permite el voto y
la participación juvenil.



Fundamentos: El año 1991 se promulga la ley que
inicia y rige al organismo de servicio público encargado de colaborar con el
Poder Ejecutivo en el diseño, planificación y coordinación de las políticas
relativas a los jóvenes, el INJUV. Organización que pretende aumentar la
participación y contribuir a que los jóvenes tengan capacidad de propuesta,
poder de decisión y responsabilidad; que sean una autoridad en materias
juveniles, ayudando a generar políticas públicas útiles en estas materias, que
contribuyan con capacidad de juicio; que puedan denunciar e instalar en el debate
público sus temas, tanto para los jóvenes chilenos como para todos los actores
de la sociedad. Pero, actualmente muchos objetivos propuestos por INJUV no han sido
efectivos, y  existe un amplio desconocimiento
de los jóvenes sobre el quehacer de este organismo sumado a la falta de
representatividad, las que pudimos ver durante esta investigación. Así también Chile
es uno de los países con la participación política juvenil más baja del mundo.
Y el país donde los jóvenes menos participan votando en las elecciones de toda
Iberoamérica con un 7% de votantes menores a 24 años[1]. Una problemática
preocupante que genera un desafío para quienes su misión es promover la
participación juvenil en la vida cívica y cultural de Chile[2]. Por el
contrario un estudio del INJUV reveló que dos tercios de los jóvenes chilenos confían
que el voto puede hacer que las cosas sean diferentes en el futuro, lo que suma
esperanzas a este proyecto.



Antecedentes: Ley 19.042[3]: Título II: Organización: Art.4°: La dirección superior, técnica y
administrativa del Instituto estará a cargo de un funcionario denominado
Director Nacional, designado por el Presidente de la República y de su
exclusiva confianza, quien será el Jefe Superior del Servicio y tendrá su
representación judicial y extrajudicial.



Modificaremos este artículo pues los mismos dirigentes deben ser
pertenecientes al gremio al que está destinado y deben ser bases participativas
y/o líderes de organizaciones juveniles (centros de alumnos, agentes
culturales, etc.) puesto que es a ellos a quienes se pretende llegar.



Art.8°: Facultase al
Presidente de la República para establecer la organización interna y las
relaciones de las distintas dependencias que integran el Instituto.



Modificable, el representante debe ser elegido en votación democrática de
entre los jóvenes cuya representatividad sea comprobable, emblemática o
reconocida.



Título V: El Personal: Art.15: Establézcanse los siguientes requisitos de ingreso y promoción en las
plantas que se indican según los requisitos a y b de este artículo.



Sumaremos un requisito ‘c’ que exija que los cargos del Directorio
Nacional y regional se encuentren en el rango etáreo del INJUV (entre 18 y 29
años de edad  cumplidos).



Proyecto de ley: Se pretende que el directorio
nacional y regional del INJUV sean elegidos democráticamente por la población
juvenil, cumpliéndose así tres grandes beneficios: Familiarización de los
jóvenes con las obligaciones cívicas, y reconocimiento y representatividad de
la INJUV. Pues, como hemos dicho los datos muestran que existe un total
desconocimiento y desinterés de los jóvenes con sus deberes cívicos los que la
INJUV no ha logrado promover efectivamente. Sin embargo hay evidencias que
indican que los jóvenes creen que las votaciones son instancias de cambio.
Nuestra ley permite que los jóvenes se hagan parte del sistema de elección de nuestro
país y llamándolos a ser parte de las decisiones, permitiendo que haya más
representación de sus intereses.













[1]
Organización Iberoamericana de la Juventud







[2]
http://www.injuv.gob.cl/portal/wp-content/files_mf/sextaencuestanacionaldejuventud.pdf







[3]
http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=30409&r=2