Bernardo Felmer -LANCO - Región de Los Ríos


Título iniciativa:

Ley sobre Manejo de Plantaciones Forestales e Incentivo a Forestación Nativa



Propuesta legislativa:

Mensaje
Presidencial.-
   “Ley
sobre manejo de plantaciones  forestales e
incentivo a
 la  forestación nativa”.



                                                       Colegio Bernardo Felmer N.



                                                       Lanco, XIV región de los Ríos.       



 



1.- Fundamentos: En chile, el 45%
del territorio corresponde a suelos aptos preferentemente para la actividad
forestal. Según resultados extraídos del estudio “Catastro y Evaluación de los
Recursos Vegetacionales Nativos de Chile” concluido en 1997, los bosques de
nuestro país cubren una superficie de 15.6 millones de hectáreas, lo que
representa el 20,7% de la superficie de nuestro territorio nacional. A
ctualmente,
las plantaciones forestales cubren una superficie aproximada de 2,1 millones de
hectáreas, equivalentes al 13,5% de la superficie boscosa del país, el 75% de
esta superficie corresponde a Pino Insigne, el 18% a especies del género
eucalipto, y el resto a otras especies, tales como atriplex, tamarugo, pino oregón,
álamo y algarrobo, localizándose
 principalmente entre la V y X Región.           



 Los bosques nativos nos entregan importantes  beneficios tales como la biodiversidad, contribuyen
en el ciclo del agua, fijadores de carbono, fertilidad de los suelos, son  el  refugio  de fauna endémica como no endémica, productos cosméticos y farmacéuticos
derivados de los árboles nativos, además de  potenciar el turismo local, entre otros.



 Las plantación de tipo forestal por su parte
nos proporcionan productos madereros como la celulosa, el papel, madera
aserrada,  y los subproductos de este último,
además de generar una importante fuente laboral entre la V y X región, y por
ende contribuyen al crecimiento económico del país y forman parte importante
del PIB chileno, pero se debe considerar que causan daños ambientales,
principalmente en la flora, la fauna, en el agua, en el suelo, entre otros.



2.- Antecedentes
Legislativos:
Actualmente,
en Chile, existe la ley 20.283 de “Recuperación del Bosque Nativo y Fomento
Forestal”, cabe señalar que con fecha 31 de Diciembre de 2012 expiró la
vigencia del sistema de incentivos que contempla el artículo 12º del Decreto
Ley Nº 701, de 1974, razón por la cual las forestaciones bonificables que se
realizaron a partir del 1° de enero de 2013, no fueron susceptibles de
bonificarse de acuerdas o a la normativa actual vigente.



3.-
Proyecto de Ley
:



Manejo
Forestal
: Con el fin de no seguir expandiendo los
daños provocados por las plantaciones forestales, principalmente en los suelos,
caudales de los ríos y napas subterráneas, solo se podrá reforestar árboles de
esta especie en lugares (mayor a 1 hectárea ) que ya presenten este tipo de
plantación, por lo cual, al ponerse en vigencia esta ley, se efectuará un
catastro forestal, para determinar estos lugares, y se PROHIBE forestar con no nativo fuera de estos sitios señalados, y
quienes no cumplan con lo señalado, deberán pagar como multa entre 1 a 10 UF
por




















 dependiendo 
quien sea el propietario de plantación no nativa, dinero que irá a un
fondo municipal, el cual será para el fomento e incentivo de forestación
nativa.       
Se
le otorgará una bonificación anual a cada propietario de plantaciones nativas, que
consiste en:
el pago de 10 UF por hectárea y 1000 pesos por cada
árbol nativo plantado.



 Incentivo
de Forestación Nativa
: Para toda aquella persona que cumpla
con los siguientes requisitos:



-     - Ser
mayor de 18 años.



-      -Poseer
posesión efectiva e inscripción en bienes raíces del territorio a forestar.



-      -Forestar
árboles nativos dando a conocer la cantidad y el tipo de árbol que se trata,
los cuáles deben ser plantados posterior a la entrada en vigencia de esta ley.



-      -Adquirir
permiso  municipal de forestación nativa
y justificar la bonificación.



4.- Viabilidad
y Factibilidad:
Consideramos que la propuesta es viable, ya
que existirán organismos especializados en el tema, encargados exclusivamente de
fiscalizar el cumplimiento de la forestación nativa.            La propuesta es factible a corto plazo, siempre y cuando exista una
fiscalización rigurosa y el incentivo económico y puntual constante por parte
de organismos gubernamentales.