Liceo Bicentenario De Excelencia Polivalente San Nicolás -SAN NICOLAS - Región del Biobío


Título iniciativa:

Subsidio al joven lector



Definición alternativa:

Esta nueva propuesta de ley busca subsanar el deficiente acceso a los libros a partir de medidas concretas de carácter regulador de los recursos y productos. A continuación se dará a conocer las medidas correspondientes.


Propuesta legislativa:

1. El sistema de subsidio a los libros tendrá un carácter estatal siendo el estado el encargado de entregar y fiscalizar los dineros entregados por el valor de 2.2 UTM, además de la regulación de los establecimientos al convenio asociado.
1.1 Los fondos destinados al subsidio deberán estar contemplados en la ley de presupuestos de la nación. (De tipo estatal)
1.2 El acceso a los fondos se establecerá en la reforma económica y serán derivados de los impuestos.
1.3 Se creará un convenio asociativo con librerías e importadoras de libros con la finalidad de establecer los puntos en los cuales se podrá utilizar el subsidio.
1.3.1 Los establecimientos pertenecientes al convenio deberán cumplir los siguientes requisitos:
• tener una personalidad jurídica.
• Tener declaraciones de IVA de los últimos 12 meses.
1.3.2 El convenio tendrá una duración de 12 meses a partir de su aprobación. Luego de su expiración el establecimiento deberá renovar su validez.
1.4 El estado es el encargado de regular quién adquiere el beneficio.
2. Se creará una tarjeta que tendrá cabida en JUNAEB para con ella efectuar el subsidio, la cual será entregada al beneficiario.
2.1 La tarjeta será intransferible siendo su propietario el único capaz de utilizarla. 2.2 La tarjeta tendrá validez de 12 meses a partir de su fecha de entrega. 2.3 La tarjeta sólo tendrá validez en establecimientos pertenecientes al convenio.
3. El beneficiado deberá cumplir con los siguientes requisitos:
• Pertenecer a uno de los cuatro primeros quintiles según la ultima encuesta CASEN.
• En el caso de una institución de enseñanza media estar cursando el primer o tercer año medio.
• En el caso de una universidad, instituto o cualquier otro establecimiento de enseñanza superior se debe estar cursando una carrera.
• Presentar certificado de alumno regular o de matrícula.
• Informe parcial de notas el cual deberá tener un promedio superior a 5,5 si el alumno se encuentra en la Enseñanza Media y en el caso de la Educación superior obteniendo como mínimo el puntaje requerido para aprobar dependiendo de la forma de medición de la institución a la cual éste asista.
3.1 El beneficiario sólo podrá obtener cuatro veces en su vida el subsidio, siendo estas instancias dos durante la enseñanza media y dos durante la educación superior, siendo los años de libre elección.