Liceo Parroquial San Antonio -VIÑA DEL MAR - Región de Valparaíso

Título iniciativa:

Ley de Participación y Legislación Ciudadana



Definición alternativa:

Actualmente la sociedad civil es demandante de una serie de soluciones ante problemáticas de carácter político-social, que no son atendidas eficientemente por el sistema político vigente. Esta situación intensifica el concepto de no representatividad de los ciudadanos requiriéndose de una participación vinculante dentro del desarrollo de chile.
En el estudio "Chile en perspectiva con los países de la OCDE" realizado por la Expansiva UDP entre los años 2009-2010, se midió la calidad de la democracia de Chile comparada con los países de la OCDE, obteniéndose que Chile ocupa la posición 19 del ranking, con un porcentaje de 3,4, en circunstancias que el promedio de los países de la OCDE es 3,79.
También se obtuvo que nuestro país se encuentra en el puesto 47 de 133, en la "Global Competitiveness Report", que mide un conjunto de instituciones políticas y factores que definen los niveles de prosperidad económica sostenible hoy y a medio plazo de los países desarrollados y en desarrollo, dejando claro que la política forma parte de una serie de factores vitales dentro de las naciones, cuya eficiente administración y respaldo por parte de la ciudadanía es necesaria para alcanzar importantes niveles de desarrollo dentro del país.
Sin ir más lejos, según cifras entregadas por el Servel (Servicio electoral), después de implementarse la ley de voto voluntario e inscripción automática el año 2012,en las últimas votaciones presidenciales realizadas el año 2013, de un total de 13.573.143 inscritos, tan solo 5.694.291 personas fueron a votar en la segunda vuelta, demostrando un claro desinterés por parte de la población en cuanto a la participación democrática producido principalmente por la poca representatividad y falta de soluciones directas e inmediatas que ayuden a solucionar los problemas nacionales de la ciudadanía.
La necesidad actual radica en la existencia de un mecanismo que permita al ciudadano conocer, decidir, saber y elegir como son representados sus intereses y canalizados sus problemas, mediante la creación de proyectos de ley por parte de la ciudadanía que sean presentados personalmente ante el congreso una vez realizado un análisis del mismo y apoyados por una cantidad determinada de personas.
Con esta propuesta se haría un cambio en la situación actual, pues se crearía un acercamiento de los parlamentarios con la comunidad, generando un vínculo entre representante-representado de modo que el político adquiera pleno conocimiento de las problemáticas que aquejan al país para ayudar a solucionarlas efectivamente en la práctica de sus deberes.
También aumentaría la participación ciudadana, ya que la población se incentivaría a dar solución a sus propios inconvenientes a la vez de mantenerse actualizados con otros proyectos propuestos generando una consciencia ante el deber cívico a favor del desarrollo del país, y disminuyendo a su vez los paros, marchas, protestas violentas y todo tipo de manifestaciones no pacificas que alteran el curso de desarrollo debido a que este proyecto tambien funcionaría como un sistema no violento para exigir derechos y expresar opiniones que invitan al dialogo e incitan el debate.


Propuesta legislativa:

Reforma a la Constitución
Artículo Único
Incorpórese las siguientes modificaciones al artículo 65 de la Constitución Política de la República de Chile:
“Las leyes pueden tener origen a través de un mensaje que dirija el Presidente de la República, en la Cámara de Diputados o en el Senado por moción de cualquiera de sus miembros o por cualquier ciudadano o por los presidentes de las juntas de vecinos, que tendrán la facultad de reunir propuestas de ley de los ciudadanos pertenecientes a estas, teniendo también carácter de moción, para que sean presentadas a la Cámara de Diputados o la Cámara de Senadores con previo asesoramiento de un Congresista del distrito correspondiente a su residencia...”.

Ley de Legislación y Participación Ciudadana
A) Cada parlamentario deberá, dentro de sus servicios, disponer de una comisión jurídica que se encargue de fiscalizar y regular las propuestas de ley redactadas por la ciudadanía o grupos de ciudadanos.
B) Los presidentes de las juntas vecinales tendrán la facultad de reunirse a nivel comunal en representación de dichas juntas, para formular y deliberar nuevos proyectos de ley.
C) Los ciudadanos que deseen de forma particular formular proyectos de ley, contarán con un plazo de noventa días hábiles para la redacción del proyecto, contados a partir del retiro del formulario tipo en la oficina distrital.
D) El Estado de Chile, debe poner a disposición de todos los ciudadanos, un anexo en la página digital de la Biblioteca del Congreso Nacional, en la que se permita firmar de modo electrónico a favor de las iniciativas de legislación ciudadana que se estén tramitando, usando como mecanismo de acceso una clave personal y el RUT de dicha persona. En el portal, al subirse el proyecto de ley ya redactado finalmente, deberá incluirse un resumen de éste para una lectura más rápida del mismo.
-La comisión jurídica del parlamentario será la encargada de subir dicho proyecto a la plataforma web, para dar paso a la votación de la iniciativa.
E) La iniciativa de ley debe constar de al menos noventa mil firmas a favor a nivel nacional, de forma física o digital, para su posterior ingreso y tramitación en el Congreso.