Liceo Particular Ramon Freire -QUINCHAO - Región de Los Lagos


Título iniciativa:

Reencuentro entre la ciudadanía y la clase política



Definición alternativa:

Liceo Filipense “Ramón Freire” – ACHAO – Región de los Lagos.
Título Iniciativa: Mensaje Presidencial:”Reencuentro entre la ciudadanía y la clase política”.

Gran parte de nuestra historia nacional, nos muestra como un claro ejemplo de probidad pública, y según sus grandes historiadores no hay casos de corrupción significativa, a excepción del período de la dictadura del general Augusto Pinochet, donde la corrupción empieza a aparecer en el sector público. Al retornar la democracia a Chile, muchos pensaron que la probidad seguiría siendo una característica de nuestro país.
¿Es posible aceptar y convivir con la corrupción? Existen autores que sostienen que la corrupción es un proceso crónico e inevitable. (1) Otros afirman fehacientemente que “…aquellos que tratan de eliminar la corrupción en cualquier sociedad se están engañando a sí mismos. La corrupción nunca podrá ser eliminada, pero si reducida.” (2)
Existe otra posición que señala que “…la probidad es ausencia de corrupción y conceptualmente la probidad es, por lo tanto, aquella situación en la cual la corrupción es cero o no existe…” (3).
Ahora en el año 2015, no cabe duda de la presencia de inicios de corrupción en nuestro país, y la larga historia de probidad pública que nos caracterizó, puede estar quedando postergada en el pasado. ¿Qué ha pasado? ¿por qué se han producido estos cambios? ¿qué hacer?. La esperanza radica en parte, en la reformulación y generación de una legislación real, efectiva y enérgica relacionada con el tema de probidad, transparencia, ley de partidos políticos, entregar mayores y mejores roles fiscalizadores y sancionadores a SERVEL u otra institución creada para este propósito.
En Chile un alto porcentaje (sobre el 70%) de ciudadanos perdió su confianza en la clase política, esto no es sólo un tema de descrédito del gobierno, sino que afecta a la clase política en general, así lo demuestra la última encuesta de ADIMARK.
Considerando lo anterior, como jóvenes estamos convencidos que se deben mejorar los temas de control y fiscalización, implementando en el mundo político, un plan de “TOLERANCIA CERO”.
(1) Robert Klitgaard, “Controlando la corrupción”. (1992)
(2) Michael Hershman, “Transparency Internacional”. (1996)
(3) Patricio Orellana Vargas. (1997)


Propuesta legislativa:

Considerando lo expuesto en los párrafos precedentes planteamos lo siguiente:

1.- Modificación al artículo N° 59 de la Ley N° 18575, con relación a la declaración de intereses, incorporando en el segundo párrafo lo siguiente…” además los que participen en los procesos de licitaciones, compra, venta o contrataciones de bienes y servicios públicos.

2.- Con relación al mismo artículo 59 de la Ley N° 18575, a los 3 párrafos existentes, agregar los siguientes 2 párrafos:
En la declaración patrimonial el servidor público deberá detallar los bienes que integran su patrimonio personal activo y pasivo, el de su cónyuge, acompañante en unión de hecho estable e hijos que están bajo su responsabilidad.
Al finalizar la declaración contendrá del declarante de que todo lo dicho es verdad y que los bienes y servicios declarados son los únicos que posee en Chile y en el extranjero. La Declaración Patrimonial tendrá el carácter de documento público con valor probatorio para los efectos legales pertinentes.

3.- A través de un Mensaje Presidencial se creará un Tribunal Nacional de Justicia Administrativa, con sedes en cada una de las regiones de nuestro país que tendrá plena autonomía para dictar sus fallos.
Art. N°1 : La Ley que genera este Tribunal tiene por objeto mejorar el régimen de probidad de los servidores públicos para prevenir y corregir situaciones y/o hechos que afecten los intereses del estado, por acción u omisión de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política y demás leyes de la república de Chile.
Art. N° 2 : Con relación a la finalidad de la Ley:
• Crear mecanismos que permitan el adecuado y transparente ejercicio de la función pública.
• Proteger la institucionalidad de la República de Chile.
• Proteger el patrimonio del Estado.
• Prevenir y corregir actos u omisiones en los que puedan incurrir los servidores públicos.
Art. N° 3 : Este tribunal podrá ordenar la suspensión de actividades, disolución o intervención cuando se trate de faltas administrativas graves que causen perjuicio a la hacienda pública o a los entes públicos.
La reglamentación establecerá los procedimientos para la investigación e imposición de las sanciones aplicables de dichos actos u omisiones.

4.- Derogación de los artículos N°s 8, 9, 10, 11 y 12 de la Ley N° 19884. Para evitar el vínculo Política-Negocios.

“Prevenir la corrupción es defender a nuestra democracia de los que no desean someterse a la idea universal de la igualdad, de diversidad y de transparencia. Es defenderla de los grupos de presión, del tráfico de influencias, de los intereses particulares, muchas veces extremadamente poderosas, que suelen contraponerse a los intereses de la mayoría de los ciudadanos.”

“Dejar de luchar, por culpa de la corrupción que hay en tu alrededor, es como cortarte el cuello porque hay barro afuera.”
Nicolae Iorga