Liceo Rector Abdon Andrade Coloma -LA UNION - Región de Los Ríos


Título iniciativa:

Proyecto de Reforma Constitucional que elimina el Fuero Parlamentario



Definición alternativa:

A la hora de enfrentar a la justicia, nuestros honorables parlamentarios, los encargados de la creación de las leyes que supuestamente deben garantizarnos como nación, una convivencia libre, fraterna e igualitaria, faltan a este último postulado gracias a un recurso llamado "fuero parlamentario", que permite al parlamentario tener una inmunidad relativa frente a las acusaciones judiciales y se encuentra contenido en el artículo 61 de la Constitución Política de República que reza así: "Solo puede acusarse penalmente o privar de libertad a un parlamentario previa declaración de la Corte de Apelaciones del lugar del delito de que procede formar causa en contra del aforado, salvo en el caso de delito flagrante, en el que puede detenerse para el solo efecto de ser llevado a la misma corte".

Este privilegio parlamentario sería totalmente justificable en sistemas políticos jóvenes o muy inestables, en los cuales los poderes del Estado no estuvieran debidamente separados y usaran sus influencia para anular a los miembros de las otras ramas del Estado, por ej: Que en Chile el poder ejecutivo ordenara una operación política para "sacar del juego" a un miembro del parlamento que les esté resultando molesto.

Nuestro poder judicial es independiente, transparente y su actuar puede ser fiscalizado por cualquier ciudadano chileno, por lo que una maniobra de ese tipo sería fácilmente reconocible y rápidamente condenada por la opinión pública y los organismos internacionales de justicia y DD.HH.

Este privilegio parlamentario, y otros que son dignos de mención como el sueldo exorbitante en comparación a la media nacional, lo único que logran es alejar a nuestros representantes legislativos de la ciudadanía que los escogió para que hablen en su nombre; estamos asistiendo a la creación de una clase política en vías de convertirse en una aristocracia privilegiada, viviendo a expensas de los impuestos de todos los chilenos, pero no viviendo como todos los chilenos.

Situaciones como esta, en un siglo XXI post-globalizado, con una ciudadanía más despierta, informada y empoderada son intolerables y deben ser rápidamente eliminadas antes de que nos pase la cuenta y destruya nuestra democracia al desencantar a una ciudadanía cada vez más desilusionada al ver como todos los días en los medios masivos de comunicación se destapan una sucesión de escándalos de corrupción.

Como en todos los ámbitos de la vida, los elementos que se niegan a evolucionar, cambiar y renovarse, inexorablemente mueren, y ejemplos claros existen y no hay que viajar muchos kilómetros para conocerlos: Cuando la clase política se aleja de la gente, esta recurre a líderes mesiánicos que alteran un sistema considerablemente estable, como lo ocurrido en Venezuela.

La alternativa más lógica para resolver esta problemática sería que el presidente través de una mensaje (esto porque el candidato a presidente podría anunciarlo durante su campaña y si durante las elecciones resultara electo, esto querría decir que tiene el respaldo popular para hacerlo) ingresara al congreso un proyecto de reforma constitucional al artículo n°61 de la Constitución que elimine el inciso 2°, 3° y final. Para llevar a cabo esta reforma se requeriría del voto afirmativo de tres quintas partes del Congreso Nacional, es decir de 72 diputados y 23 senadores en ejercicio. Luego vendría el trámite de revisión por parte del Tribunal Constitucional, el cual no tendría nada que objetar a un proyecto de esta naturaleza, ya que la eliminación de este privilegio no entra en conflicto con el espíritu de la Constitución Política de la República, sino que más bien refuerza el principio de igualdad.

Aristóteles lo dijo: "El único Estado estable es aquel en que todos los ciudadanos son iguales ante la ley". Sería una irresponsabilidad esperar que esto se confirme, es hora de eliminar los incisos 2°, 3° y final del artículo 61 de nuestra Constitución Política.


Propuesta legislativa:

MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INGRESA EL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 61 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

ANTECEDENTES Y OBJETIVOS:

En nuestro país sí que existen ciudadanos de primera y segunda clase, al contrario de la idea que la clase política nos ha querido transmitir a lo largo de nuestra historia republicana. La igualdad uno de los pilares de la democracia y, tal como expresó Sergio Muñoz, Presidente de la Corte Suprema: "(...) impone comportarse de un mismo modo con todos los semejantes, sin reconocer señores ni vasallos, si no personas (...) Los derechos personales, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales deben obtener vigencia y no ser una romántica declaración". Esta declaración realizada por la máxima autoridad de una de las ramas de nuestro Estado nos advierte de la profunda deuda en la que estamos con la ciudadanía que pide a gritos acabar con los privilegios de los parlamentarios, es por esto que en aras de acercar el poder legislativo a la gente, dignificar la ocupación de político y como forma de alentar a más gente con vocación de servicio público y menos con ambiciones de poder y fama, que hemos decidido como gobierno eliminar el fuero parlamentario.

La existencia de este privilegio procesal atenta directamente lo preceptuado en el artículo 19 n°2 de la misma carta fundamental que dice en su inciso primero "La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados."

Aunque en la mayoría de las legislaciones herederas de la tradición occidental, el fuero parlamentario se mantiene, en ocasiones con aún más beneficios para los honorables, esto no quiero decir necesariamente que sea una medida justificada, y sería un acto propio de pioneros que por una vez en la vida, una nación tercermundista decidiera seguir caminos sin esperar a que una nación desarrollada tome primero la iniciativa.

Mientras la inviolabilidad por los dichos emitidos en sesiones de sala y comisión, sí que es importante por su valor deliberativo y ser manifestación de la libertad de expresión, los actos fuera del hemiciclo si deberían ser juzgados como a cualquier ciudadano. Así lo entendieron los británicos: Los legisladores británicos no pueden ser demandados civilmente por calumnias e injurias a raíz de declaraciones que hayan hecho en el Parlamento, aunque esta inmunidad no se aplica en el caso de procesos criminales. Esto se debe a que la base de la legislación británica es que todos son iguales ante la ley. El fuero también existe en la mayoría de los países de la Commonwealth y los Estados Unidos, donde los miembros del parlamento gozan de privilegios similares a los de sus pares británicos: no pueden ser procesados por nada que digan en el Capitolio, pero sí por asuntos ocurridos fuera del hemiciclo.

La injusticia de la existencia del fuero parlamentario reside en que Chile se proclama un Estado de derecho, es decir, un Estado que se rige por un sistema de leyes e instituciones ordenado en torno a una constitución que nos garantiza el cumplimiento de nuestros derechos, deberes y libertades públicas. Una arista importante del Estado de derecho, es el Imperio de la Ley, en el que, tal como su nombre lo dice, absolutamente todos los ciudadanos son iguales ante ella.
Entonces, ¿cómo puede Chile proclamarse Estado de Derecho si los parlamentarios no enfrentan la justicia de la misma manera que el vendedor del diario? Es hora de actuar y recuperar la confianza de la ciudadanía.

Proyecto de Reforma Constitucional:

Artículo 61: Deróguese los incisos 2°, 3° y final.