Colegio Chileno Arabe -CHIGUAYANTE - Región del Biobío


Título iniciativa:

Ley de obligatoriedad para los Colegios Públicos de certificar su calidad medioambiental



Definición alternativa:

La educación medioambiental es un tema cada vez más reconocido y discutido por nuestra sociedad debido a un aumento de consciencia sobre el impacto que muchas acciones humanas han causado a nuestro planeta. Además La educación medioambiental, es un factor elemental para comprender la relación entre los seres humanos y nuestro entorno. La teoría señala además que vincula e involucra a todas las comunidades educativas que se ven envueltas en procesos de Educativos relacionados con el tema medioambiental, lo que hace de esto un proceso integrador. En el caso de nuestro país la educación medioambiental tiene como entidad coordinadora al la División de Educación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, el cual tiene como objetivo Contribuir al fortalecimiento de procesos educativos que permitan instalar y desarrollar valores, conceptos, habilidades, competencias y actitudes en la ciudadanía, para asumir individual y colectivamente la responsabilidad de crear y disfrutar (Departamento Educación Ambiental División de Educación Ambiental, n.d).
En el año 2003, se crea el Sistema Nacional de Certificación Ambiental de Establecimientos Educativos (SNCAE), que consiste en la medición de la presencia del componente ambiental en tres ámbitos del quehacer educativo: ámbito curricular pedagógico; ámbito de gestión y ámbito de relaciones con el entorno: asociatividad y acción local. A nuestro parecer esta es una gran iniciativa, pero al ser una acción voluntaria por parte de los establecimientos educacionales, hasta el momento ha sido un proceso algo lento. Muestra de ello es entre los años 2003 y 2013, (no encontramos datos más actualizados) sólo alrededor de un 11% de los colegios de la dependencia ya mencionada han certificado su calidad medioambiental (este dato es tomado en base al total de establecimientos educacionales existentes en Chile según UNICEF que señala que al año 2013 hay 11.549 colegios entre municipales, particular subvencionados y de administración delegada). Según UNESCO "Para contribuir con eficacia a mejorar el medio ambiente, la acción de la educación debe vincularse con la legislación, las políticas, las medidas de control y las decisiones que los gobiernos adopten en relación al medio ambiente humano", lo que nos lleva a preguntarnos ¿Cómo se trata la educación medioambiental en Chile?
Actualmente en nuestro país la educación medioambiental es mencionada en la ley 19300 de Bases Generales del Medio Ambiente en dónde en su Artículo 6°, Título II, señala que:
El proceso educativo, en sus diversos niveles, a través de la transmisión de conocimientos y de la enseñanza de conceptos modernos de protección ambiental, orientados a la comprensión y toma de conciencia de los problemas ambientales, deberá incorporar la integración de valores y el desarrollo de hábitos y conductas que tiendan a prevenirlos y resolverlos.
También se menciona en la Ley 20380 sobre protección de animales, que en el Artículo 2° del Título II, párrafo primero indica:
El proceso educativo, en sus niveles básico y medio, deberá inculcar el sentido de respeto y protección a los animales, como seres vivientes y sensibles que forman parte de la naturaleza.
Por último se hace referencia al medioambiente en el literal k de la Ley 20370 la que dice lo siguiente:
Artículo 3º.- El sistema educativo chileno se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes y, en especial, del derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Se inspira, además, en los siguientes principios (…) Sustentabilidad. El sistema fomentará el respeto al medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales, como expresión concreta de la solidaridad con las futuras generaciones.
Es sólo en esos tres casos en que nuestra legislación hace referencia a la educación medioambiental y en estos, a nuestro parecer, existe demasiada amplitud al respecto, no entregando alguna directriz concreta al respecto. Nosotros como equipo lo que proponemos es que para dar un gran paso en el tema en cuestión es que el proceso de certificación medioambiental de establecimientos educacionales públicos, se vuelva una acción obligatoria para estas instituciones, así como lo es rendir pruebas estandarizadas o el tema, muy contingente por cierto, de la alimentación saludable.


Propuesta legislativa:

Debido a que Los establecimientos educacionales municipales y particular subvencionados y cuentan con cierta autonomía según lo establecido en la misma Ley 20370 conocida como General de Educación en su artículo 3° literal e). Lo que planteamos como equipo es que dentro del ya citado artículo 3 modificar el literal k el que indica: Sustentabilidad. El sistema fomentará el respeto al medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales, como expresión concreta de la solidaridad con las futuras generaciones. Al cual le agregaríamos como un párrafo aparte Para contribuir a lo mencionado en el párrafo anterior, se establece la obligatoriedad para los establecimientos educacionales que impartan educación básica y media, que reciban aportes económicos del Estado a certificar su calidad medioambiental, según las disposiciones del Sistema Nacional de Certificación Ambiental de Establecimientos Educativos, en un plazo de 5 años a partir de la fecha de modificación de este literal. Además se encomienda a los Ministerios de Medioambiente y de Educación a través de sus reparticiones competentes a promover y facilitar dicha certificación en los establecimientos educacionales privados.
Finalmente creemos que a medida que los establecimientos educacionales certifiquen su calidad medioambiental, obtendrían diversos beneficios tales como vincular a la comunidad local, con sus recursos y capacidades, al quehacer ambiental de la escuela, generar ahorro por el uso racional de los recursos económicos (reducción, reciclaje, reutilización de residuos y reducción con el consumo de combustibles, electricidad y agua) y por último mejoramiento de las condiciones ambientales del establecimiento educativo y de su entorno territorial. Todo esto apuntando al fin último de las leyes que es el bien común