Complejo Educacional Padre Nicolas -VILCUN - Región de La Araucanía


Título iniciativa:

Mensaje Presidencial que modifica Ley 19.451 sobre trasplantes y donación de órganos.



Definición alternativa:


Existe la necesidad de modificar la ley 19.451 de donación de órganos y trasplantes. Porque hay una gran cantidad de compatriotas que se encuentran en lista de espera por un órgano, esto ha provocado que muchas personas vean su vida afectada y disminuida.
La cantidad de ciudadanos que donan órganos son muy pocas respecto a la gente que lo necesita. Las cifras hablan por sí solas según el Ministerio de Salud por cada millón de habitantes solo 7 personas son donantes. (Fuente: http://web.minsal.cl/sites/default/files/trasplante_marzo_2015.pdf). Desde 1998 la cantidad de personas que donaron órganos fue 116 y si comparamos al año 2015 esta cifra fue de 120 lo que arroja un insignificante aumento. Estos números se contrastan con países como España que tienen verdaderas políticas de trasplantes donde en el año 2014, se realizaron 4.360 trasplantes y una tasa de donación de 36 personas por millón de habitantes. (Fuente: http://www.bbc.com/mundo/noticias/2015/05/150505_salud_espana_trasplantes_lb.
Un factor que influye en la escasa donación de órganos es la nula campaña informativa que genera el Ministerio de Salud y la Corporación del trasplante; es decir, la legislación no se preocupa de educar, sensibilizar y así repuntar las donaciones y poner el tema como interés nacional.
Destacamos la burocracia existente, ya que los familiares sienten dolor a la hora de perder un familiar y para cumplir con el protocolo le pregunten a ellos si desean que sus familiares sean donantes o no, claramente nos adentramos en una respuesta que lo más probable sea negativa.
La persona que espera un órgano lo hace alrededor de 6 meses, lo cual hace sufrir a su familia. Por el otro lado las personas que se beneficiarían al recibir un órgano según el Propio Ministerio de Salud serían alrededor de 1.300 (http://www.eldefinido.cl/actualidad/pais/5409/Chile-sin-corazon-el-2015-se-esta-llevando-el-record-en-baja-tasa-de-donacion-de-organos/),esto nos indica que si modificamos esta ley podríamos disminuir considerablemente la cantidad de personas que necesita un órgano para poder seguir viviendo.
Proponemos resolver la escasa donación de órganos en Chile y la raíz de nuestro problema está en que las personas desconocen que son donantes de órganos y la responsabilidad de donar o no donar sigue quedando en las manos de la familia y estos a su vez por miedo, religión o creencias populares no acceden a donar los órganos a las personas que lo necesitan. Uno de los argumentos para no donar los órganos es pensar que se puede acelerar la muerte de un paciente para así extraer más rápidamente los órganos a la persona, desconociendo los protocolos a seguir.
Tener a tantas personas en listas de espera provoca, otro problema, que tiene que ver con que los pacientes están muy vulnerables, generando un gasto económico y administrativo, llámese medicamentos, hospitalización, camas, doctores, etc. lo que aumenta el colapso de nuestro sistema de salud.
En el plano Internacional, España es el líder mundial en tasa de donantes y trasplantes, según cifras de la ONT (Organización Nacional de Trasplantes) en el año 2013 realizaron 4.279 trasplantes.
En este país todos son considerados donantes si en vida no han demostrado lo contrario. El impacto social que ha tenido este proceso ha generado que hoy en día la tasa de donación de órganos en ese país alcance 30 donantes por millón de habitantes. La red depende del Estado y éste promueve una política de trasplante tanto a nivel de los centros hospitalarios como en el nivel universitario.
Tenemos el caso de Uruguay en el cual la ley 18.968 menciona que: Toda persona mayor de edad que, en pleno uso de sus facultades, no haya expresado su oposición a ser donante por alguna de las formas previstas en el artículo 2º de la presente ley, se presumirá que ha consentido a la ablación de sus órganos, tejidos y células en caso de muerte, con fines terapéuticos o científicos.
El impacto social de esta ley ha sido importante ya que todas las personas al ser donantes y estar en conocimiento de esto provoca que la calidad de vida sea mejor y puedan tener una verdadera política de donantes y un compromiso gubernamental.
El año 2013 en Chile se crea la ley 20.673 en la cual dice que toda persona mayor de 18 años será considerada donante a menos que antes de extraer el órgano se presente una documentación que diga lo contrario, lo cual no se está tomando en práctica debido a que los familiares al final siempre tienen la última palabra. Debido que al tener un documento escrito y no un registro nacional, esto no se hace como debería ser, desaprovechando la oportunidad de disminuir las cifras de no trasplantados, y por ende la necesidad de modificar esta ley.


Propuesta legislativa:

Nuestra Constitución Política en su artículo 9º plantea El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo. Le corresponderá, asimismo, la coordinación y control de las acciones relacionadas con la salud. En este sentido el Estado está fallando en no entregar una clara y real ayuda a las personas que necesitan de un trasplante de órganos, ya que por deficiencias legales y mal aplicadas se desaprovechan las oportunidades de avanzar en la donación de órganos.
Por esto nuestra propuesta legislativa consiste en modificar por medio de un mensaje presidencial la ley 19.451 en su artículo 2 el cual dice: Toda persona mayor de dieciocho años será considerada, por el solo ministerio de la ley, como donante de sus órganos una vez fallecida, a menos que hasta antes del momento en que se decida la extracción del órgano, se presente una documentación fidedigna, otorgada ante notario público, en la que conste que el donante en vida manifestó su voluntad de no serlo. El notario deberá remitir dicha información al Servicio de Registro Civil e Identificación para efectos del Registro Nacional de No Donantes, según lo establezca el reglamento respectivo.
Nuestra propuesta plantea quedar el artículo 2° de la siguiente manera Toda persona mayor de dieciocho años será considerada, por el solo ministerio de la ley, como donante de sus órganos una vez fallecida, a menos que en vida haya manifestado lo contrario en la Agencia Nacional del Trasplante desde ahora (ANT) y deberá hacerlo de manera obligatoria como un deber ciudadano.
Esto permitirá crear en el país una cultura del trasplante y hacer que los ciudadanos sean responsables de sus actos, también ayuda a evitar el concepto de duda existente en la ley 19.451 de cuando una persona era donante o no, ya que la ANT será el encargado de coordinar y llevar el registro de los potenciales donantes que existan. A su vez se evita que la familia finalmente siga tomando las decisiones sobre el destino de los órganos del fallecido ya que la persona expresará su voluntad en vida al cumplir los 18 años y nuestra propuesta plantea que no sea consultivo a la familia.
Planteamos la creación por medio de un Decreto de la Agencia Nacional del Trasplante, la que dependerá de manera directa del Ministerio de Salud encargada de llevar los registros de personas donantes y no donantes la cual estará en coordinación con todos los Hospitales y Clínicas del país para informar y pesquisar los posibles donantes que existan, de esta manera se eliminaría la burocracia existente, ya que pertenecería a una sola institución no como en la actualidad en donde los encargados de los trasplantes es MINSAL quien por medio de la Subsecretaría de redes asistenciales coordina la política nacional de trasplantes, el ISP quien lleva la estadística de trasplantes y la Comisión Nacional de trasplante quien propone y, estudia las normas para el funcionamiento.
La ANT llevará a cabo la política Nacional de trasplantes y dentro de sus funciones estará la de crear nuevas campañas efectivas en apoyo a la donación de órganos utilizando por ejemplo las plataformas gubernamentales con las que cuenta el estado, es decir, instituciones públicas como INJUV, Televisión Nacional, Colegios, Municipalidades, Universidades estatales, etc. Considerando el presupuesto para campañas informativos estos no serían tan elevados, ya que son instituciones públicas sin fines de lucro y que por ley deberán apoyar este tipo de acciones.
ANT estará en cada región del país, por ende el hospital de cada región deberá contar con la tecnología y personal capacitado en trasplantes de esta manera los tiempos de espera y reacción se disminuirán considerablemente.

El personal que estará a cargo de los trasplantes deberá realizar constantes capacitaciones en torno a la medicina especializada en la donación de órganos. Es decir, que los médicos o especialistas obtengan una capacitación de calidad, certificada, gratuita y de excelencia sobre esta materia tomando como referencia las experiencias de países como Uruguay y España.
Con respecto a la carencia de personal proponemos que quienes colaboren a los médicos en la ANT, sean estudiantes (médicos, enfermeros, tecnólogos médicos) de sus últimos años de estudios de Instituciones superiores estatales de esta manera incentivamos a los futuros profesionales a pertenecer y contar las el conocimiento respecto a esta política pública.
Es importante que las campañas sean transparentes y que el mensaje que transmitan estas, pueda ser captado de la mejor manera siendo totalmente implícitos, intentando ser lo más variados posibles para llegar a toda la población del país.