Liceo Bicentenario De Excelencia Polivalente San Nicolás -SAN NICOLAS - Región del Biobío


Título iniciativa:

Ley Multas Del Transito: Equidad moción que modifica el Artículo 204, de la Ley 18.290.



Definición alternativa:

Un grupo amplio de personas en Chile siente que el Sistema, en general, no los beneficia de la misma manera como si lo hace en aquellas personas con una afiliación de ingresos mayor , donde, al momento de pagar por una falta exactamente igual a una persona que percibe menos dinero, estos 2 casos tengan que ponerse en tablas, es decir, se les mira de la misma manera sin tener en cuenta que aquel que ingresa más, tenga beneficios que aquel que menos dinero ingresa, como comprar un televisor de alta resolución o una consola de juegos, etc. Beneficios que aquel que percibe menos no tiene la posibilidad de acceder fácilmente por su salario más ajustado. Este actual sistema deja entrever la poca equidad del sistema actual y el poco interés del Gobierno en darle una base al más desvalido de acuerdo a su situación social y económica.
Esto planteado se ve reflejado claramente en el actual sistema de cobro a las multas del tránsito, donde, la multa esta estandarizada sin tener en cuenta que el monto afectará más al individuo con menor ingreso ya que su sueldo está más ajustado, en cambio, para aquel infractor que tenga una afiliación mayor no sentirá el mismo impacto y el monto para él es más cómodo de pagar.
John Rawls, idealista político que cree firmemente en una idea denominada justicia distributiva, que en síntesis plantea, que el gobierno tiene que otorgarle unos ciertos beneficios a la persona más desvalida o con escasos recursos para así tratar de equiparar la gran diferencia económica y social.
Esta propuesta legislativa busca equiparar el daño que la multa causa al infractor que percibe más al mes y al infractor que ingresa menos, esta busca crear una sociedad más equitativa, ya que implementa un sistema donde el que puede pagar más, paga una cantidad de acuerdo a su sueldo, y aquel que no tiene una estabilidad económica desembolsa menos, de acuerdo a su sueldo.
La ley propone un mecanismo de cobro donde el único antecedente que el juez poseerá para poder dictaminar el monto que deberá pagar el imputado será específicamente el monto del último sueldo y así mantener al juez en un manto de ignorancia sobre la identidad del infractor, y de acuerdo a la gravedad de la falta el infractor deberá otorgar como pago a su transgresión un porcentaje de su sueldo.


Propuesta legislativa:

Proyecto de ley, iniciado en moción del COLEGIO LICEO BICENTENARIO DE EXCELENCIA POLIVALENTE DE SAN NICOLÁS que modifica la Ley 18.290, Articulo 204, que estipula el monto de las multas de tránsito de acuerdo a la gravedad de la falta.

Honorables Parlamentarios de la República De Chile:
Considerando:
I. Que el Actual sistema en que se están cobrando las multas no propone una equidad.
II. En algunos casos la transparencia es puesta en duda, ya que el juez tiene de alguna manera incidencia en el monto exacto que el infractor pagará.

A raíz de esto se propone:
I. Adecuar el importe de las multas de tránsito el nivel de renta de cada infractor para que exista una verdadera proporcionalidad.
II. Que el juez al momento de dictaminar la sanción, mantenga un manto de ignorancia en donde solo los ingresos sean la fuente de información que este reciba del infractor asumiendo así una imparcialidad en términos de equidad socio-económica.

Los porcentajes de cobro según la gravedad del delito serian:
• Leve: Si la falta es de carácter leve, el porcentaje de su sueldo que debe ser pagado como multa es de 5%.
• Menos Graves: Si la falta es menos grave, el porcentaje de su sueldo que debe ser entregado como multa será un 7%.
• Grave: Si la falta es grave, el porcentaje de su sueldo que debe ser entregado como multa será el 10%.