Colegio San Gabriel Arcangel -LOS ANGELES - Región del Biobío


Título iniciativa:

Ley de Fomento a la Ciencia y la Astronomía



Definición alternativa:

El día 2 de Noviembre del año 2011 se promulgó un convenio entre el Gobierno de la República de Chile y la Organización Europea para la Investigación Astronómica en el Hemisferio Austral (ESO) relativo a la instalación del European Extremely Large Telescope. Este tipo de convenio tiene su origen en el año 1964 fecha del primer documento en que el gobierno le entrega facultades a la organización mencionada previamente, situación que deja de manifiesto la importancia que han tenido los cielos chilenos para la observación internacional y como ésta se ha mantenido con el paso de los años.
Históricamente la observación astronómica en Chile se ha centrado en el Norte Grande y Chico, especialmente en el desierto de Atacama, el que se considera el mejor lugar en el mundo para el desarrollo de esta actividad, debido a sus privilegiadas condiciones climáticas y geográficas como la baja humedad, las altas cumbres y planicies además de la baja contaminación lumínica y radioeléctrica gracias a lo alejado y aislado del lugar. Debido a todo lo anterior y considerando que es una zona desértica se genera el mayor número de noches despejadas en el planeta.
Debido a las características de nuestro cielo el mundo decidió posar su mirada sobre nosotros, esto debiese ser una situación de provecho para el científico y astrónomo chileno ya que le da la posibilidad de trabajar en los mejores y más desarrollados asentamientos a nivel internacional como el Atacama Large Millimeter Array (ALMA) u otros parecidos y desarrollados por instituciones académicas tan relevantes a nivel mundial como la Universidad de Harvard o el MIT.
A pesar de lo anterior nuestro equipo considera que, si bien nuestros cielos están siendo aprovechados, lo están siendo prácticamente en su totalidad por organismos extranjeros y se les entrega toda la responsabilidad del desarrollo científico que se da en nuestro territorio. Nosotros queremos que los avances que se generen en materia investigativa estén acompañados por profesionales de nuestro país, que en un futuro se pueda hablar de Chile como un país productor de astrónomos expertos a nivel mundial, que no solo se hable de nuestro país como un excelente trozo de tierra geográficamente bien posicionado, sino que se hable de Chile y de sus profesionales como una potencia en el desarrollo de la ciencia astronómica.
Actualmente no existe un organismo administrativo que tenga como misión el desarrollo o fomento científico en nuestro territorio. Instituciones como CONICYT, encargadas de apoyar proyectos de vanguardia y procurar el desarrollo científico, no dan abasto para la real necesidad que enfrentamos como sociedad y que día a día irá aumentando conforme vayamos dejando de ser un país subdesarrollado y nos convirtamos en un país capaz de producir proyectos relevantes e interesantes para la mirada internacional. Cabe destacar que todos los países desarrollados y en especial los miembros de la OCDE presentan un importante gasto en el desarrollo científico y tecnológico por lo que si aspiramos a alcanzar niveles de desarrollo semejante debemos comenzar a hacernos responsables y pensar en nuestro futuro como nación.
Como equipo consideramos que para que la astronomía sea lo suficientemente difundida y potenciada se torna necesario la creación de un organismo encargado exclusivamente de dichas tareas.


Propuesta legislativa:

En función de la problemática señalada proponemos lo siguiente:
Mensaje Presidencial que crea la "Corporación de Fomento Astronómico"
Artículo 1: Créase la "Corporación de Fomento Astronómico"(en adelante "COFA"), a la cual le corresponderán las atribuciones y funciones que se le asignan en virtud de la presente ley.
Artículo 2: La COFA dependerá directamente del Ministerio de Educación y se relacionará con el Gobierno a través de éste.
Artículo 3: La COFA tendrá como misión principal procurar el desarrollo y difusión de la astronomía entre la población nacional.
Artículo 4: La COFA dispondrá de recursos económicos que serán asignados mediante ley de presupuesto para cumplir con su misión.
Artículo 5: Cada institución educacional tiene derecho a postular proyectos educativos centrados en la investigación o difusión de la astronomía dentro del territorio.
Artículo 6: Año a año se establecerán fechas dentro de las cuales las instituciones educacionales podrán presentar sus proyectos.