North American College -ARICA - Región de Arica y Parinacota


Título iniciativa:

FOMENTO AL DESARROLLO ARTÍSTICO EN LA COMUNIDAD ESCOLAR



Definición alternativa:


El arte y la música son actividades dinámicas y unificadoras, con un rol potencialmente vital en la educación de niños, niñas y adolescentes.
El dibujo, pintura, construcción o composición constituyen un proceso complejo en el que el ser humano reúne diversos elementos de su experiencia para formar un todo con un significado. En el proceso de seleccionar, interpretar y reafirmar esos elementos, el individuo da algo más que un dibujo o composición; proporciona una parte de sí mismo: cómo piensa, cómo siente y cómo ve.
Es por esto que el desarrollo artístico dentro de los establecimientos educacionales es vital para el propio reconocimiento de los alumnos, desarrollo emocional e incluso intelectual.
En Chile no son muchos los establecimientos educacionales que fomentan el desarrollo de las artes como una actividad curricular permanente y que además la propia comunidad escolar sea partícipe de ello.
En la actualidad muchos son los casos de jóvenes que sufren estrés escolar, esto se debe a la constante presión a la que se someten los alumnos y los pocos espacios que tienen estos para expresarse.
El 12° informe anual de derechos humanos de la universidad de Diego portales, acoge que el 38% de los estudiantes sufre estrés.
Estudios realizados sobre la música y las artes han demostrado que estos desarrollan diversas áreas de nuestro cerebro, pero los aspectos más relevantes son la cognición y la personalidad.


Propuesta legislativa:

Modificación a la ley 19532, artículo 2°, inciso C).
El objetivo de esta modificación es que en todos los establecimientos escolares con jornada escolar completa hagan uso de las dos horas cronológicas orientadas al desarrollo del área artística, independiente si el establecimiento pertenece o no a la línea de colegios artísticos.
La particularidad es que la propia comunidad escolar sea la protagonista en estos espacios, es decir, que a los propios alumnos se les fomente exponer lo que dibujan, componen o construyen y de esta forma educar a estudiantes con un desarrollo cerebral más amplio. Es por eso que el objetivo primordial de esta modificación, es la implementación de un ente fiscalizador, en el cual se compruebe que en todo establecimiento se haga uso obligatorio de las 2 horas cronológicas dedicadas al desarrollo artístico e integral del alumnado.