Instituto Obispo Silva Lezaeta -CALAMA - Región de Antofagasta


Título iniciativa:

ley de adopción un tema invisible



Definición alternativa:

Instituto Obispo Silva Lezaeta
INICIATIVA DE PROPUESTA ESTA DE LA LEY DE ADOPCION.

Actualmente en el mundo existen alrededor de ciento setenta millones de niños huérfanos y nueve millones de ellos están en Latinoamérica, lo que ocasiona graves consecuencias en su desarrollo, la vulneración de sus Derechos del Niño y su participación dentro de la sociedad. En Chile, según el informe anual del SENAME del año 2014, ciento noventa mil doscientos ochenta y tres niños se encuentran en el Servicio Nacional de Menores a la espera de la tramitación de una posible adopción, la cual implica un engorroso y lento proceso para los solicitantes, lo que se traduce en 1.168 solicitudes formales a este. Si analizamos las causas de ingreso de menores al SENAME nos encontramos con delitos sexuales, maltrato y finalmente por abandono, causas que avalan lo dicho anteriormente sobre la vulneración de los Derechos del Niño, por otra parte, agrupar a los menores en situación de abandono con los menores que están en el SENAME por acciones delictuales, provocan una contaminación social, que tiene como consecuencia, que al no ser adoptados, estos tengan una alta probabilidad de ser delincuentes o inadaptados sociales.

Hay tres problemáticas, la primera es que el proceso de adopción planteado en la actual Ley 19.620, solo permite que los matrimonios con más de dos años de vigencia adopten, lo cual está fuera de la actual realidad nacional, si consideramos los nuevos términos de unión civil y que el matrimonio ya no es un factor crucial al momento de formar una familia. La segunda problemática es el largo trámite de aceptación que tienen los papeles necesarios, los cuales son de al menos 2 años. Si consideramos que la tendencia de adopción son los niños menores de 3 años, que a junio de 2014 representaban el 76% del total de niños adoptados, el tiempo de demora complica la adopción de estos. El tercer problema que se presenta es el pésimo servicio que ha ofrecido el SENAME, que sido puesto en evidencia que a la fecha evidencia 210 niños fallecido dentro de estos centros y 1.313 bajo el cuidado del SENAME durante la última década, además de los varios casos de agresiones y violencia aplicada dentro de estos mismos, confirmados por la directora del SENAME, Solange Huerta.

La fundación Apoyo Adopción ha entregado datos que se ven fundamentados que la adopción en Chile es un problema invisible que se ha dejado de lado, pues según esta fundación, los niños en el trámite de adopción, esperan la respuesta cerca de dos años y dos meses en los centros del SENAME (representan al 80% de los niños en hogares) y un año y medio en los centros privados (representan el 20% restante) que de igual forma es ratificada por el SENAME, dejando en claro que el Servicio Nacional de Menores ha sido deficiente a la hora del proceso de adoptar a un niño. Una cifra entregada por La Tercera, nos indica que el 95% de los niños adoptados entre 2005 y 2014 son por matrimonios, el 5% restante se reparte entre divorciados y solteros con infertilidad. Esta misma estadística deja en claro que solo 73 niños mayores de cuatro años fueron adoptados en 2014 y que a los mayores de 8 años, que representan el 68% del total de niños, ni siquiera se les declara adoptables porque no hay ningún postulante para ellos. Otro de los datos preocupantes, entregado por el diario Cooperativa, es que en los últimos 5 años los niños susceptibles de adopción han bajado un 45%.

Teniendo en cuenta esto y considerando las nuevas tendencias mundiales, está claro que el estado civil, la edad y la orientación sexual no son motivos para quitarle la posibilidad a una persona el querer adoptar a un niño, más con la cantidad de niños vulnerables existentes en nuestro país. Si comparamos nuestra realidad con Estados Unidos y España, el primero, cada año se adoptan cerca de 140.000 niños, que, en comparación con nuestro país, no alcanza a ser el 2% del total de niños en susceptibilidad de adopción y la espera no dura más de 12 meses en casos normales, mientras que, en España, uno de los países con la tasa más alta de adopción, la orientación sexual no condiciona el querer adoptar y los procesos adoptivos son rápidos y gratuitos. Lo que demuestra que estamos a años luz en esta temática.


Propuesta legislativa:

Modifíquese la Ley N° 19.620 sobre la Adopción de Menores en los siguientes aspectos:

1.- Introdúzcase al artículo 4° de la Ley.
El Servicio Nacional de Menores y los organismos acreditados ante éste para los efectos de lo establecido en el artículo 6º, en conformidad a las disposiciones que sean aplicables, podrán hacerse parte en todos los asuntos que regula esta ley, en defensa de los derechos del menor comprendido dentro de sus normas. Esta facultad podrá ejercerse hasta que surta efectos la adopción y, con posterioridad, sólo en relación con el juicio de nulidad de la adopción, la cual tendrá un plazo máximo de 12 meses a partir de la solicitud del adoptante.


2.- Modificación al artículo 20° de la Ley.
Podrá otorgarse la adopción a los adoptantes chilenos o extranjeros, con residencia permanente en el país, sea un matrimonio, una persona soltera, divorciada o viuda, en una unión civil o pariente consanguíneo que cumplan con todos los requisitos legales y hayan sido evaluados como física, mental, psicológica y moralmente idóneos por alguna de las instituciones a que se refiere el artículo 6º, que sean mayores de dieciocho años y menores de cincuenta, y con diez años o más de diferencia de edad con el menor adoptado. Los cónyuges deberán actuar siempre de consuno en las gestiones que requieran de expresión de voluntad de los adoptantes.

3.- Derogación artículo 21° de la Ley.
En caso de que no existan cónyuges interesados en adoptar a un menor que cumplan con todos los requisitos legales o que sólo les falte el de residencia permanente en Chile, podrá optar como adoptante una persona soltera, divorciada o viuda, con residencia permanente en el país, respecto de quien se haya realizado la misma evaluación y que cumpla con los mismos rangos de edad y de diferencia de edad con el menor que se pretende adoptar.

4.- Modificación del artículo 26° bis 3.
La sentencia que acoja la adopción, ordenará:

3. Que se cancele la antigua inscripción de nacimiento del adoptado, tomándose las medidas administrativas conducentes a mantener en reserva su anterior identidad.

5.- Modificación del artículo 35° de la Ley.
Los solicitantes deberán comparecer personalmente ante el juez dentro de los cuatro meses próximos a la solicitud de adopción, lo que dispondrá a lo menos en una oportunidad durante el curso del proceso.



De esta manera se hace necesaria que los centros del SENAME por región, trabajen de forma independiente, de esta forma se agiliza el trámite de adopción y estas deberán velar por el menor entregándole ayuda psicológica si le es necesario, además de tener más de un centro dentro de la ciudad en las cuales se repartirán según sea el caso de estancia, de disponibilidad de adopción, de presidio. En el caso de la adopción internacional, será la oficina ubicada en la Región Metropolitana quien deberá oficiar como mediador. Las oficinas regionales pasarán a tener carácter autónomo, y estás, junto a las oficinas de la RM deberán contar con:
Centros de menores según causal de ingreso.

Uno de los principales problemas en los centros del SENAME es que los niños están dentro por distintos motivos, sea actos delictivos, abandono o falta de recursos económicos por lo que generalmente, se presenta una contaminación social, lo que conlleva que cumplidos los 18 tenga una alta probabilidad de ser delincuente o inadaptado social.

Ayuda psicológica.

Al menor se le deberá entregar ayuda psicológica si hace falta. El apoyo psicológico será dependiendo de la edad: Para los primeros cuatro años de vida, el apoyo será darle atención y afecto. Entre los 5 y 18 años, los especialistas en el área serán encargados de explicarles sus dudas, hablarles de su procedencia y serán los psicólogos quienes velarán por el bienestar emocional de los niños. En el caso de los internados por delitos, se le entregará ayuda con módulos terapéuticos como la conciencia emocional o la empatía con la víctima.

Cuidadores en los centros.

Últimamente hemos visto el maltrato entregado por los encargados de los centros, por lo que es muy importante que estos sean frecuentemente fiscalizados y a los mismos se le pida una capacitación antes de ejercer como cuidador de niños en los centros.

Campañas de promoción.

La idea de los centros de menores no es que los niños se queden para siempre, sino que promuevan la adopción y que encuentren una familia con el espacio idóneo para que puedan desarrollarse. La campaña se debe realizar dando a conocer la institución, la adopción y sus procesos para motivar a las familias a asumir este compromiso. Además de la orientación y haciendo hincapié para incentivar la adopción de los niños mayores de 4 años

Seguimiento al adoptante y al adoptado.
Posterior a la adopción exitosa de los niños, los encargados del SENAME harán seguimiento durante dos años a la familia y al adoptado, para comprobar el éxito de la adopción por ambos lados de esta.