Liceo Instituto Nacional -SANTIAGO - Región Metropolitana


Título iniciativa:

Oficina Nacional de Casilleros para el Estudiante (ONACASE)



Definición alternativa:

Actualmente somos un país perteneciente a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos muy empecinado en salir del subdesarrollo. Sin embargo, y a pesar de ser uno de los países con más horas de clase (en promedio 1203 horas anuales, contrastando con las 921 del promedio OCDE según el Informe PISA), Chile, con un promedio de 423 puntos en la Prueba PISA de Matemáticas 2012, aparece como una nación por debajo del resto de los países de la organización evaluados que promedian 494 puntos. El 52% de los estudiantes es considerado un alumno de bajo desempeño, mientras que la media es del 23% de los jóvenes, según datos de la OCDE. A la fecha, cifras del Ministerio de Educación indican que cerca del 70% de los establecimientos en Chile cuentan con Jornada Escolar Completa, y por ende los estudiantes pasan la mayor parte de su tiempo en el colegio, lo que implica un gran desgaste diario para ellos.
Los bajos resultados en informes de educación internacionales se deben al actual sistema educativo y las condiciones de vida bajo en las que el estudiantado se desempeña. Sobre esto, sin duda, uno de los más grandes problemas del estudiante primario y secundario es la dificultad de llevar y luego devolver sus pertenencias, y es de conocimiento público que muchas veces los estudiantes deben recorrer grandes distancias para llegar a sus colegios.
En concreto, esta situación se puede evidenciar en variados problemas cotidianos del estudiante, tales como:
1-Carga excesiva de peso en las mochilas: Hoy en día los estudiantes tienen que llevar gran cantidad de peso en sus mochilas debido a la cantidad de cuadernos, libros y materiales adicionales, lo cual:

1.1 Genera cansancio y estrés, afectando negativamente al estado anímico. Esto a su vez deriva en:
1.1.1 Mala la disposición para el aprendizaje. Debido a que afecta las relaciones interpersonales, influyendo negativamente en la desenvoltura dentro del entorno social del estudiante.
1.1.2 Problemas a la salud física: El esfuerzo que realizan los alumnos al cargar sus mochilas ida y vuelta desde sus hogares a sus colegios genera por sí mismo un desgaste en el cuerpo, y sumados a los problemas físicos generados por estrés, como tensión muscular o estreñimiento, se ven efectos negativos directos como:
-Problemas a la espalda y columna vertebral por cargar más del 15% de su peso corporal, como escoliosis o curvatura de la columna, dolor de espalda, contracciones musculares, problemas al crecimiento, etc.
Además estas dificultades se convierten en impedimentos para realizar educación física, lo que con el tiempo terminan en una desmotivación para seguir realizando este tipo de actividades, y más probabilidad de llevar una vida sedentaria en el futuro. Hoy en día nuestros índices de obesidad están por sobre el 20% según cifras de Junaeb, consecuencia directa del sedentarismo.

2-Incomodidad para transportarse: Se generan dificultades para transportarse cómodamente debido a los bultos de la carga de libros, materiales, instrumentos musicales, implementos deportivos y otros, incomodando tanto a los estudiantes como a las demás personas que utilizan el medio de transporte en cuestión. En específico los alumnos se ven afectados de forma individual, ya sea al viajar parado o sentado; mientras que las personas a su alrededor también son afectadas cuando se utiliza un sistema de transporte colectivo. Esto genera un deterioro en la calidad de viaje de las personas, y al ser este viaje parte de una rutina diaria también afecta su calidad de vida.
Estas son causas del déficit del sistema educacional chileno, y recaen en un descenso del rendimiento del alumnado y un efecto negativo en su entorno cotidiano, derivado del cansancio, estrés y agotamiento que generan estos pesos.
También podemos mencionar las posibles pérdidas de material escolar producto de su traslado; ya sea por hurto, descuido del propietario o extravío, y también de implementos deportivos, significando un gasto para el propietario del objeto sumado al perjuicio de la falta de estos implementos. Otro aspecto a considerar es el deterioro producto de la manipulación de los materiales, durante el traslado y el almacenamiento en su hogar.
Es por esto que proponemos un proyecto de ley para alivianar la carga en de los estudiantes en Chile y aliviar su desgaste físico en el diario vivir. A través de esta iniciativa se lograrán crear espacios regulados en todos los establecimientos educacionales municipales y particulares subvencionados del país, estos serán casilleros en los que los estudiantes puedan dejar sus materiales escolares, mitigando en gran medida los problemas mencionados anteriormente, mejorando las condiciones en que se desenvuelven dentro de su entorno educativo, sus condiciones físicas y anímicas. Evitar este esfuerzo por parte nuestros estudiantes implica evitar su desgaste físico y mental, ayudando a que puedan responder plenamente a las cada vez mayores exigencias de la educación actual.


Propuesta legislativa:

Propuesta legislativa:

Ley de casilleros estudiantiles
Considerando que:
1°-según la LGE y la constitución política de Chile, es deber del Estado fomentar el desarrollo de la Educación en todos sus niveles y modalidades; y

2°-El Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo.

Título I

Objetivo y funciones

Art.1º- Definición. Créese una Oficina Nacional de Casilleros para el Estudiante, dependiente del Ministerio de Educación

Art.2°- Esta Oficina tendrá como objetivo alivianar el peso a cargar por los estudiantes durante los recorridos a sus establecimientos educacionales, previniendo problemas físicos derivados de éstos, además de pérdidas y deterioro de su material escolar.

Art.3º- Objeto. Le corresponderá administrar, organizar y coordinar la implementación y mantención de casilleros para los estudiantes de los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, siendo estos municipales o particulares subvencionados.
Art.4º- Funciones y atribuciones. Para el cumplimiento de su objeto, la institución tendrá las siguientes funciones y atribuciones:

a) Realizar la instalación de casilleros de los establecimientos educacionales.

b) Realizar una base de datos con todos los estudiantes que estén utilizando el servicio

c) Velar, dirigir y administrar el mantenimiento del servicio en cuestión.

Art5°- Jefatura. La dirección de la Oficina corresponderá a un funcionario denominado Director Nacional, a quien le corresponderá la dirección, administración y organización del sistema, y de los planes y programas que dependan del servicio, en coordinación con las demás autoridades ministeriales.

Art.6º- Organización interna. El personal de la Oficina Nacional de Casilleros para el Estudiante estará afecto a las disposiciones del DFL Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo y, en materia de remuneraciones, a las normas del DL Nº 249, de 1974, y su legislación complementaria.

Título II
Dirección Nacional

Art.7°- Al Director Nacional le corresponderá:

1.- Dirigir, organizar, planificar, coordinar y supervigilar el funcionamiento de la oficina.
2.- Asesorar e informar al Ministro de Educación en los asuntos propios de la competencia del servicio.
3.- Velar por el cumplimiento de las normas aplicables a la oficina y adoptar las medidas necesarias para asegurar su eficiente funcionamiento.
4.- Convocar propuestas públicas, aceptarlas o rechazarlas, en conformidad a las normas legales.
5.- Proponer al Ministro de Educación planes, programas y el presupuesto anual de la oficina.
6.- Administrar los bienes y recursos de la oficina y velar por su buen uso y conservación.
7.- Decidir, de acuerdo con las disposiciones del reglamento, respecto de la asistencia que proceda otorgar a las instituciones que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de la oficina.
8.- Intercambiar información técnica con otros organismos y oficinas nacionales o internacionales que desarrollen actividades relacionadas con las funciones de la oficina.
9.- Delegar sus facultades, cuando lo estime conveniente, en los Directores Regionales, jefes o funcionarios de la oficina.
10.- Dictar las resoluciones generales o particulares que fueren necesarias para el ejercicio de estas atribuciones.

Título III

Del financiamiento

Art.8°- El financiamiento será por 2 tramos:
1.- El primer tramo consistirá en una repartición equitativa entre el sostenedor y el Estado del costo inicial correspondiente a la compra e implementación de los casilleros.
2.- El segundo tramo consistirá en el pago periódico por parte de los alumnos del interés señalado a continuación.
Art.9°- Se cobrará un interés encargado de subsidiar la mantención del servicio. Éste será cobrado de forma proporcional a la posición en la escala socio-económica de quienes utilicen el servicio. Aquellos estudiantes que no puedan pagarlo, accederán a un subsidio acreditando estar entre el 1° y 4° decil frente a su asistente social. Dicho subsidio provendrá del cobro del interés de deciles superiores, con el objetivo de autosustentar la mantención del servicio por los propios beneficiarios.

Título IV

De la implementación y el funcionamiento.

Art.10°- Los sostenedores deberán destinar un espacio del colegio donde serán establecidos los casilleros, sin perjuicio de que pueda acondicionarse más de algún lugar.

Art.11°- De los casilleros:
1.- Serán unipersonales, intransferibles y opcionales.
2.- Serán materiales resistentes y duraderos de dimensiones convencionales y deberán cumplir con estándares óptimos de seguridad y calidad.
3.- Cada uno será acompañado con un dispositivo de bloqueo que será accionado a través de clave numérica.

Art.12°- En caso de hurto, el sostenedor deberá responder por el patrimonio perdido y por el r