Liceo Industrial Benjamin Davila Larrain -RENCA - Región Metropolitana


Título iniciativa:

Educación y medio ambiente



Definición alternativa:

Como pertenecemos a un liceo técnico profesional con una fuerte orientación medio ambiental. Nos hemos certificado dos veces como liceo ecológico. Hemos ganados dos años consecutivos el campeonato de reciclaje de la ONG Kyklos. Nos gustaría extender nuestra experiencia a través de un proyecto de ley.

Día a día una de nuestras grandes problemáticas, el medioambiente, va cambiando. Pero no para bien: Empeora exponencialmente. De esto solo podemos culparnos nosotros por nuestras acciones mal ejecutadas. No tenemos el conocimiento mínimo que deberíamos sobre estas materias. ¿Cómo podríamos ser más consientes si nadie nos ha educado sobre esto?
Las mismas personas importantes de las cuales siempre se habla nos muestran su falta de educación hacia el entorno. Por ejemplo, el presidente de una de las grandes potencias mundiales nos enseña su indiferencia a un tema tan impactante como es el medioambiente dejando de lado a su país fuera de un pacto.
No puede ser que un gran icono mundial nos dé un tal mal ejemplo considerando todos los problemas que cada año se acercan más. Este tipo de acciones nos hace más difícil poder guiar a las personas a lo que sin duda necesitamos, una conciencia medioambiental porque ahora solamente estamos viendo la punta del iceberg.
Como seria este mundo si dirigentes mundiales como el anterior nombrado tuviesen una mejor y más completa educación medioambiental creo que en ese caso la concientización de energías renovables.
Por nuestra parte, hemos tenido la posibilidad de vivir muchas experiencias ecológicas, las cuales nos gustarías que todos los estudiantes del país tengan la posibilidad de vivir.
Por ejemplo:

Construir huertos escolares.
Reforestar zonas cercanas a la casa y/o escuela.
Reambientar lugares con tópicos medioambientales.
Construir esculturas con material reciclado electrónico.
Elaborar ecoladrillos para construir con ellos.
Organizar manifestaciones ecológicas, intervenciones para crear consciencia.
Elaborar proyectos ecológicos que involucren a toda la comunidad.
Tejer bolsas con bolsas plásticas.
Construir basureros con botellas plásticas.
Observar la gestión de residuos.
Informar a través de gráficos y estadísticas.
Proteger a los animales de los problemas asociados a la contaminación.
Ser conscientes del impacto en la biodiversidad.
Controlar la cantidad de animales callejeros.
Construir puntos verdes en las escuelas.
Organizar una jornada anual de la comunidad asociada a medioambiente.
Controlar la población
Fomentar el uso de ciclovías.
Revisar noticias asociadas a medio ambiente.
Eliminar microbasurales.
Visitar lugares cercanos a la comunidad.
Establecer metas de reciclaje.
Leer documentos asociados.
Hacer compostaje.
Clasificación correcta de los residuos.
Promover los cultivos orgánicos.
Trabajar con los indicadores de desarrollo sustentable
Promover acciones ecológicas pequeñas y sistemáticas.
Promover el ecodiseño.
Difundir actividades ecológicas.
Analizar el cruce entre actividad y residuos.
Buscar ideas atractivas visualmente.

Este es el espíritu de nuestra propuesta.



Propuesta legislativa:

Grupo Brundtland.
Proyecto

CREAR EL PLAN DE FORMACIÓN ECOLÓGICA Y MEDIOAMBIENTAL PARA LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES RECONOCIDOS POR EL ESTADO


Los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán incluir en los niveles de enseñanza parvularia, básica y media un Plan de Formación ecológica y medioambiental que se integre a las definiciones y características del marco curricular chileno. La integración se debe promover a través de un proceso transversal en las distintas asignaturas como también en proyectos interdisciplinarios y talleres anuales. Asimismo se deberá propender a la formación de ciudadanos conscientes y preocupados del medio ambiente, que establecen una relación ecológica con el medio, que son capaces de trasmitir sus conocimientos, habilidades y valores a otros ciudadanos.

Los objetivos de este plan serán:

a) Garantizar el desarrollo sustentable del país a través de la educación.
b) Promover la creación de una consciencia ecológica a través de acciones como la publicación de gráficos y estadísticas, equivalencia de reciclaje con ahorro, análisis de noticias medioambientales, entre otros.
c) Promover el reciclaje en los contextos escolares y de la comunidad circundante.
d) Fomentar la reducción en el uso de los recursos.
e) Promover acciones prácticas y sistemáticas en liceo sobre medioambiente.
f) Garantizar el vínculo con los apoderados y la comunidad sobre temas medioambientales a través de las reuniones sistemáticas.
g) Fomentar la creación de cultivos orgánicos sustentados con compostaje, lombricultura, entre otros.
h) Promover el vínculo entre la vida saludable y el cuidado del medio ambiente.
El Plan deberá considerar la implementación de acciones concretas que permitan cumplir con estos objetivos, entre las que se podrán considerar:

i. Una planificación curricular que visibilice de modo explícito los objetivos de aprendizaje transversales que refuerzan el desarrollo de la cultura ecológica y medioambiental.
ii. La realización de talleres y actividades extraprogramáticas, en los cuales haya una integración y retroalimentación de la comunidad educativa.
iii. La formación de docentes y directivos en relación con los objetivos y contenidos establecidos en esta ley.
iv. El desarrollo de actividades de apertura del establecimiento a la comunidad.
v. Estrategias para fomentar la formación de una conciencia y una acción medioambiental en los estudiantes.
vi. La revisión sistemática de los proyectos en los plazos que ellos mismos se establezcan.
vii. Otras que el sostenedor en conjunto con la comunidad educativa consideren pertinentes.
Cada sostenedor podrá fijar libremente el contenido del plan de formación ecológica y medioambiental, en conformidad a lo establecido en los incisos precedentes, debiendo tener a la vista las bases curriculares aprobadas por el Consejo Nacional de Educación, conforme a lo establecido en el artículo 31 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación.
Con el objeto de promover una adecuada implementación del Plan de Formación
Ecológica y medioambiental, éste podrá incluirse en el proyecto educativo institucional de los establecimientos y, o en su plan de mejoramiento educativo, según lo disponga el sostenedor.
El Plan será de carácter público. El director del establecimiento lo dará a conocer a comienzos de cada año al Consejo Escolar y consultará con éste las modificaciones que deban hacerse para perfeccionarlo.
Al Ministerio de Educación le corresponderá apoyar a los sostenedores y establecimientos educacionales que así lo soliciten, en el desarrollo de sus respectivos planes a través de alianzas estratégicas con distintas organizaciones no gubernamentales relacionadas con la cultura medioambiental.