Colegio Geronimo Rendic -LA SERENA - Región de Coquimbo


Título iniciativa:

Implementación de cursos destinados a la capacitación de la comunidad paradocente.



Definición alternativa:

Los paradocentes, son parte fundamental de la comunidad educativa de cada establecimiento y se involucran en el desempeño individual y grupal de los alumnos dentro de los colegios, abarcando desde servicios auxiliares menores hasta profesionales, incluyendo las labores de apoyo administrativas necesarias para el buen funcionamiento de estos.
Entre los paradocentes, encontramos a los(as) inspectores(as) cuyo rol principal se desempeña en el tiempo en que los estudiantes se encuentran fuera del aula, y estas funciones corresponden al resguardo de la convivencia escolar, además de la colaboración en la función educativa, entiendo que ésta tiene como objetivo propiciar un óptimo ambiente para el desarrollo del alumno.
Hoy en día nos encontramos con una comunidad paradocente que podría enfrentar de mejor manera las diversas situaciones que se dan dentro del establecimiento, ya que estos se ven enfrentados a circunstancias tales como los accidentes escolares o problemas en la convivencia que se generan día a día dentro de la jornada escolar. Dentro de este marco el paradocente, específicamente inspectores, ven restringido su actuar, ya que no se le han brindado las herramientas para profesionalizarse en las funciones que desempeña en el establecimiento. Esto no solo afecta al entorno en el que se desarrollan los estudiantes, sino que también se ve perjudicada la calidad de educación.
Ante la realidad señalada creemos imperativa la implementación de capacitaciones a los paradocentes. Para concretarla, proponemos la promulgación de una reforma legal, ya que no queremos reformar la esencia de la ley, sino perfeccionarla. La puesta en marcha de esta iniciativa se realizará a través de una moción parlamentaria, por el hecho de que buscamos la modificación de un artículo. De esta manera nos aseguramos que todos los establecimientos educacionales administrados directamente por las municipalidades, o por corporaciones privadas sin fines de lucro formen parte de esta propuesta legal.


Propuesta legislativa:

Para llevar a cabo el proyecto de ley, se requiera una modificación en la ley 19.464, articulo 2 inciso B, el que establece: De paradocencia, que es aquella de nivel técnico, complementaria a la labor educativa, dirigida a desarrollar, apoyar y controlar el proceso de enseñanza-aprendizaje, incluyendo las labores de apoyo administrativo necesarias para la administración y funcionamiento de los establecimientos. Para el ejercicio de esta función deberán contar con licencia media y, en su caso, con un título de nivel técnico otorgado por un establecimiento de educación media técnico-profesional o por una institución de educación superior reconocida oficialmente por el Estado A De paradocencia, que es aquella de nivel técnico, complementaria a la labor educativa, dirigida a desarrollar, apoyar y controlar el proceso de enseñanza-aprendizaje, incluyendo las labores de apoyo administrativo necesarias para la administración y funcionamiento de los establecimientos. Para el ejercicio de esta función deberán contar con licencia media, además de los cursos para especialización en las siguientes áreas: psicología infantil, tratamiento de conflicto y primeros auxilios, los cuales deben ser implementados durante el primer año para futuros funcionarios y con un plazo de 2 años para aquellos que ya realizan estas funciones.


El objetivo de nuestra propuesta no solo es lograr la capacitación de un personal que esté preparado para desarrollar sus funciones sino que mejorar la calidad de la educación, entendiendo que esta debe referirse a todo proceso educacional y que dentro de dichos procesos, son un elemento fundamental los inspectores. Mediante estos cursos, se espera obtener un personal paradocente mejor capacitado para afrontar las diversas situaciones que se dan dentro del establecimiento educacional, ya que son estos los que tratan directamente con los estudiantes en el tiempo fuera del aula.
Un proyecto promulgado por el consejo nacional de organizaciones de funcionarios asistentes de la educación de Chile, propone en su párrafo II de formación y perfeccionamiento, articulo 10: El personal Asistente de la Educación tiene derecho a capacitación y perfeccionamiento y a participar en los programas de perfeccionamiento que establezcan las municipalidades o corporaciones municipales o que formule el Ministerio de Educación. Siendo este último quien tendrá la obligación de generar las condiciones de normativa como de financiamiento a objeto de que se impartan las carreras de Administrador Educacional y Técnico Paradocente de nivel superior. Lo que nos demuestra que la necesidad de una profesionalización hacia la comunidad paradocente es ineludible, llegando a ser identificada por ellos mismos.
Por otra parte nos encontramos con la ley general de la educación la que en su artículo dos establece se comprende como el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al desarrollo del país de lo que desprendemos la alusión que se hace con respecto al proceso educativo, estableciendo que dentro de este es importante el desarrollo de valores, en el cual los inspectores cumplen un rol fundamental.
Como grupo nos planteamos el desafío de buscar mejorar sustancialmente la calidad de la educación y consideramos que es necesario abordar no solamente el aspecto cognitivo, si no también, el valórico, social y emocional. Para todo lo cual es fundamental la labor del personal paradocente.