Colegio Antoine De Saint Exupery -COYHAIQUE - Región de Aysén


Título iniciativa:

mejorar la condiciones de vida de los animales industriales



Definición alternativa:

Buscamos que los animales que son criados en forma industrial para su consumo vivan en lugares que presenten mejores condiciones para su calidad de vida. Por ejemplo sean criados en espacios un poco mas abiertos y que a los animales en general no se les intervenga en el crecimiento a través de la alimentación excesiva y el uso de hormonas que le limpien el excremento diariamente y otras medidas que contribuyan a mantener a los animales de manera digna y respetuosa.
La cría intensiva de animales se refiere al proceso de cría de ganado en confinamiento de alta concentración, donde funciona una granja como una fábrica, una práctica típica de los agronegocios es la cría industrial. Los productos principales de esta industria son: carne, leche y huevos para el consumo humano. Sin embargo, ha habido problemas en cuanto a si la granja factoría es sostenible y ética. El confinamiento en alta concentración es una parte del esfuerzo sistemático para producir el resultado más alto al más bajo costo que depende de las economías de escala, las maquinarias modernas, la biotecnología y el comercio mundial. El confinamiento en alta concentración requiere antibióticos y pesticidas para mitigar la propagación de las enfermedades y la pestilencia agravada por las condiciones de sobrepoblación de animales. Además, los antibióticos se utilizan para estimular el crecimiento del ganado por matar las bacterias intestinales. Hay diferencias en la forma en la que se practican las técnicas de agricultura de fábrica en el mundo. Existe un debate continuo sobre los beneficios y riesgos de la agricultura de fábrica. Los cuestionamientos incluyen a la eficiencia de la producción de alimentos y el bienestar de los animales y si estas prácticas son esenciales para alimentar a la creciente población humana mundial, los impactos ambientales y los riesgos para la salud. https://es.wikipedia.org/wiki/Cr%C3%ADa_intensiva_de_animales


Propuesta legislativa:

La que proponemos se trata de mejorara la calidad de vida de los animales industriales, ya que, viven en lugares cerrados desde que nacen hasta que son procesados para ser comida. Viven apretados sin ver el exterior, comiendo donde mismo defecan y ello puede provocar enfermedades entre ellos, eso nos puede afectar a nosotros al consumirlos.
Las cosas que queremos ver mejorar son:
• Los lugares en los que viven, ya que como decía anteriormente viven en lugares cerrados sin conocer nada del exterior; deberían vivir en espacios mas abiertos donde puedan llevar una vida adecuada.
• Que le limpien las heces de manera regular.
• Que disminuyan los medicamentos e inyecciones.
• También que los criaderos estén alejados de las ciudades, ya que producen mal olor.
• Que exista supervisión del gobierno para que se cumplan estas medidas.
Actualmente, la ley chilena dice lo siguiente en este aspecto:
LEY NÚM. 20.380 Artículo 5°.- Los circos, parques zoológicos y otros lugares destinados al espectáculo o exhibición de los animales; los laboratorios de diagnóstico veterinario; los establecimientos destinados a la producción industrial de animales y sus productos, y los locales comerciales establecidos para la compraventa de animales, deberán contar con las instalaciones adecuadas a las respectivas especies y categorías de animales para evitar el maltrato y el deterioro de su salud. Asimismo, deberán adoptar todas las medidas necesarias para resguardar la seguridad de las personas.
Iguales obligaciones recaerán sobre los hospitales, clínicas y consultas veterinarias, y los establecimientos destinados a la investigación y docencia sobre animales, o al adiestramiento, concursos y hospedajes de animales.
Del beneficio y sacrificio de los animales
Artículo 11.- En el beneficio y sacrificio de animales deberán emplearse métodos racionales tendientes a evitarles sufrimientos innecesarios.
El reglamento determinará los procedimientos técnicos que, con esa finalidad, deberán emplear los establecimientos industriales no regulados en la ley Nº 19.162, destinados al beneficio de animales que provean de carne, pieles, plumas u otros productos. https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1006858