Liceo Bicent. Prov.sta. Teresa De Los Andes -COLINA - Región Metropolitana


Título iniciativa:

gota a gota al día cero



Definición alternativa:

Descripción y fundamentos:
El 28 de julio del 2010, la Organización de Naciones Unidas (ONU) reconoció como un derecho humano el acceso al agua potable y al saneamiento. Esta lo definió como el derecho que cada uno tiene de disponer de agua suficiente, saludable, aceptable físicamente, accesible y asequible para su uso personal y doméstico. Nuevamente, en el año 2010, reafirmó por medio de la Resolución 64/292, que el agua potable y saneamiento de esta, son esenciales para la realización de todos los derechos humanos siendo indispensable para llevar a cabo una vida humana digna.
A pesar de ello, la contaminación de los recursos hídricos alrededor del mundo ha ido en aumento, afectando así a 500 mil chilenos que no poseen acceso a servicios seguros de agua potable y a 1,5 millones de estos que carecen de servicios de saneamiento básicos, siendo las localidades rurales las más afectadas.
No obstante, hay países que han actuado frente a esta realidad, siendo Suiza un ejemplo a seguir para el cuidado de este recurso. Max Maurer, catedrático de los Sistemas de Gestión de Aguas Urbanas en la Escuela Politécnica Federal de Zúrich (EPFZ), creó el proyecto Self-Haus que consiste en acopiar el agua de lluvia para la descarga del retrete, las máquinas de lavar y el riego de jardines dejando un metro y medio del líquido, lo que es suficiente para cubrir la necesidad de agua potable.
Además existen instituciones a nivel mundial encargadas de cuidar este recurso, tales como la Asociación Internacional del agua (IWA), cuyo objetivo principal consiste en: proteger, cuidar y generar conciencia sobre el recurso hídrico, formando programas que desarrollan investigaciones y proyectos enfocados en soluciones para el manejo de agua. Para así destacar este recurso en la agenda política global, desarrollando la regulación y formulación de políticas públicas. Y La Organización Mundial de la salud (OMS) que se enfoca en la potabilización del agua para reducir la cifra de muertes por infecciones estomacales causadas principalmente por la insalubridad de este recurso.
Por lo tanto, planteamos la necesidad de crear una ley que garantice disponibilidad, saneamiento y gestión sostenible del agua para todas las personas, potenciando así la participación e integración de niños, jóvenes y comunidades indígenas en igualdad de género, también se logrará ajustar la competencia entre las demandas comerciales de los recursos hídricos, reducir la carga mundial de enfermedades, mejorar la salud, la educación, la productividad económica de las poblaciones, el vínculo crucial entre la sociedad y el medioambiente, entre otros. Además, mediante esta ley se podrá prevenir el cambio climático y la pérdida y/o degradación de los ecosistemas.
El beneficio que conlleva apoyar una ley de estas características consiste en un llamado a la sociedad a ser más conscientes de lo necesaria que es el agua y lo importante que es exigir una buena ejecución de su derecho humano, además se podrán preservar ecosistemas hídricos y la biodiversidad biológica.



Propuesta legislativa:

Propuesta legislativa:
Art.1: El Estado debe velar por la gestión sostenible y el saneamiento de los recursos hídricos, con el propósito de que éstos lleguen en forma óptima a cada persona para hacer uso de ésta.
Art.2: Se deberá crear una subsecretaría del agua la cual debe trabajar para exigir que el Estado rinda cuentas invirtiendo en investigaciones y el desarrollo de los recursos hídricos
Art.3: El Estado deberá realizar una mayor cantidad de fiscalización obligatoria a empresas que puedan causar un daño hidrológico o sobreexplotación de este recurso.
Apoyándonos en el artículo número 5 del código de aguas:
i) Si las empresas dañan de alguna forma un recurso hídrico serán sancionados con multas que irán acorde a la gravedad de las acciones cometidas.
ii) Se pondrá una multa a las empresas que sobrepasen el límite de agua permitido, que se establecerá acorde al tamaño, función y trabajadores de la empresa en cuestión
iii) La fiscalización de empresas deberá contar con al menos 2 capacitaciones de trabajadores por semestre en las cuales se dará educación con respecto al recurso hídrico, para que se tome consciencia respecto al recurso en cuestión.
Art.4: por orden del Estado en todos los establecimientos educacionales deberán realizarse como mínimo una clase de 45 minutos pedagógicos mensuales sobre todo lo relacionado a los recursos hídricos.
i) El Estado tendrá la obligación de capacitar a los docentes que se consideren más aptos para llevar la tarea de enseñar a los alumnos respecto a los recursos hídricos.
Art.5: a cada hogar, institución o empresa se le determinará una cantidad límite de agua.
i) Si el límite de aguas es excedido deberán pagar una multa definida acorde al gasto generado.
ii) En el caso de los hogares, el limite será establecido equitativamente de acuerdo a las personas que vivan en los hogares
iii) Las empresas que manipulan y distribuyen este recurso deberán realizar un conteo minucioso del número de consumidores por hogar.
Art.6: el estado tendrá la obligación de crear publicidad impactante e informativa sobre el agua.
i) los comedores y/o cafeterías de los establecimientos educacionales deberán tener afiches educacionales con respecto a este recurso.

Art.7: el estado deberá garantizar que el agua esté limpia y libre de sustancias dañinas para la salud.
i) El Estado debe fiscalizar a las empresas que lleven el agua al hogar de todos los chilenos con gran grado de eficacia y calidad.
ii) Las empresas que son encargadas del agua tendrán la obligación de entregar al usuario toda la información de las cuentas, el exceso de agua ocupado y a un costado la información de cuidado del agua, entre otros aspectos que incentiven su cuidado efectivo.
Art.8: Se creará una superintendencia del agua, la cual que se encargará de fiscalizar a las empresas públicas y privadas para que cumplan con todos los artículos anteriormente dichos, velando por los intereses del estado.