Colegio Terraustral Oeste S.a -MAIPU - Región Metropolitana


Título iniciativa:

Proyecto de integración obligatorio en entidades de educación media y superior, ley 20422



Definición alternativa:

La educación es un derecho al que todas las personas deben tener acceso ya que el Estado tiene como deber imperativo, su garantía y protección.
Al ser un derecho garantizado por la Constitución, evidenciamos que esto no se cumple, ya que hay un porcentaje importante de jóvenes con capacidades diferentes, que se ven vulnerados en este derecho debido a que no existe un marco regulador que vele y garantice el apoyo necesario para ellos en la enseñanza media y superior.
El primer estudio nacional de la discapacidad (INE, 2004) señala que un 8,5% de las personas con discapacidad se encuentra actualmente estudiando (175.282 personas). Ante la evidencia, nuestra iniciativa de ley apunta a que los jóvenes de enseñanza media y superior, no tengan impedimento alguno para desarrollar su proceso educativo. Para cambiar esta realidad debemos implementar un proyecto de integración obligatorio en ambos niveles para personas con capacidades diferentes y que serán aplicados bajo la ley 20.422.


Propuesta legislativa:

Dados los argumentos previos, se hará modificación a la ley 20.422, específicamente en el Titulo IV, Párrafo 1, la cual expresa el deber que tienen las instituciones que ofrecen servicios educacionales de adaptar y facilitar el sistema de evaluación a las distintos requerimientos que esta comunidad necesita, así resguardando la igualdad de oportunidades en el plano educativo para todas las chilenas y chilenos.

Al dar cuenta de los antecedentes modificaremos este articulo para así implementar proyectos de integración obligatorios en la educación media y superior, los cuales podrán garantizar un proceso educativo efectivo e inclusivo basado en el principio de igualdad establecido por la Constitución Política de la República de Chile.

Para dar curso a la ley, se deberá contar con un ente fiscalizador, en este caso la Superintendencia de Educación, quien será la encargada de velar de que cada institución implemente de forma concreta y completa estas nuevas medidas en sus proyectos educativos, las cuales serán de carácter obligatorio para toda entidad, es decir, educación media y educación superior.

Los Departamentos de Necesidades Educativas Especiales (NEE), deberán con el apoyo de profesionales idóneos que logren cubrir las necesidades de los estudiantes con capacidades diferentes tales como: educadores diferenciales, psicopedagogos, psicólogos, fonoaudiólogos y terapeutas ocupacionales, sumando además trabajadores sociales en el caso de que existan estudiantes que además presenten situación de vulnerabilidad. Estas personas serán las encargadas de fomentar y desarrollar completamente la integración del individuo a la nueva realidad a la que se verá enfrentado, desarrollando de manera eficiente sus capacidades y también brindando todo el apoyo que a lo largo del transurso educativo que esta comunidad pueda necesitar.

De no cumplir con esta implementación, a cada institución se le procederá a aplicar una sanción, desde multas en UTM hasta la imposibilidad de poder contar con la cantidad máxima de años de acreditación (este caso especificamente en el caso de la educación superior), dado que consideramos de suma importancia garantizar a estas personas el derecho de educación de calidad.

Garantizamos que esta solución fomentará la inclusión y la igualdad e el ámbito académico, la cual actualmente es escaza a nivel nacional, así estas personas dejaran de ser vulneradas por el Estado y podrán realizar su plena desarrollo.



Dentro del plazo de un año después promulgada y publicada en el Diario Oficial, las nuevas normativas deben comenzar a ser implementadas por las diferentes instituciones educativas y adecuarse a los nuevos parámetros establecidos por reglamentos formulados por el Ministerio de Educación y que la Superintedencia de Educación va a ejecutar en estricto rigor.