Colegio San Miguel Arcangel -LINARES - Región del Maule


Título iniciativa:

Reforma al código de aguas en Chile



Definición alternativa:

Necesidad

Surge la necesidad de modificar el código del agua, cambiando ciertos artículos del mismo que lo consideramos contradictorio, será un mensaje presidencial ya que la ley implica la utilización de recursos estatales para una nacionalización de empresas y para el cobro de impuestos.

Problema
El uso del agua en Chile es reglamentado por el código de aguas de 1981, que define simultáneamente al agua como un bien nacional de uso público y como un bien económico, situación contradictoria, ya que autoriza la privatización del Agua a través de concesiones de derechos de uso gratuitamente y a perpetuidad.
Antecedentes

Más del 90% de las empresas sanitarias están en manos de privados y trasnacionales, 84,5% del uso consuntivo de agua ese en el sector agrícola y 81% del uso no consuntivo del agua está en manos de ENDESA (España).

En caso del uso no consuntivo, la normativa es débil al fiscalizar daños causados al momento de que las empresas devuelven el agua sin afectar el habitad.
Chile existen 1251 ríos y más de 15 mil lagos y lagunas, el agua procedente de precipitaciones es en promedio 53 metros cúbicos anuales, En 2016 el 72% de superficie sufre sequia afectando el 90% de los habitantes, lo tiene un retraso tecnológico que provoca que el 84% del agua corra sin ser acumulada.
Se utiliza el agua en las siguientes áreas:
73%  Agricultura
12%  Industria
9%  Minería
6%  Sanitario

Pese a que Chile se encuentra fuera de la zona de escasez, según los límites establecidos por las Naciones Unidas, y tiene un promedio de 50.244,7 metros cúbicos de agua por habitante, el país tiene problemas en algunas zonas, como en el caso de Chiloé.

La débil fiscalización se deja ver muy notoriamente en la actualidad, situémonos en la Laguna de Aculeo, que se secó por completo por el uso indiscriminado de su caudal, principalmente en cultivos de cerezos, además, los dueños de parcelas de agrado próximas a la laguna han creado pozos ilegales, siendo estos justificados por el Alcalde de Paine, Diego Vergara.

Como antecedente encontramos la ley de uso de agua de Nicaragua que establece que el agua es un patrimonio nacional, por ende, no puede ser privatizado

Arto. 3 El agua es patrimonio nacional cuyo uso y disfrute se regula por la presente Ley y su Reglamento.


Propuesta legislativa:

La reforma al código establecerá un impuesto a las empresas sanitarias privadas, destinado a financiar los subsidios a los hogares de menores ingresos para cubrir el pago de tarifas, en la actualidad el gasto es pagado por el Estado, lo que implica que se les asegure un 10,3% de rentabilidad a esta empresa. Otra reforma establecerá medidas para asegurar que el agua de uso no consuntivo regrese sin alteraciones a medio ambiente.

Agréguense los siguientes artículos:

Artículo 318: Toda empresa que posea derechos de agua deberá destinar un 10% de sus ganancias anuales para cubrir un subsidio al pago de las cuentas mensuales de agua de las familias más vulnerables del país.

Artículo 319: Toda empresa privada que lleve más de 3 años sin utilizar su uso de agua o que mantenga los caudales en mal estado generando un peligro al ecosistema, serán expropiadas por el Estado Chileno, entregándosele una indemnización equivalente a las ganancias anuales de 5 años.

Fundamentación

La razón por la cual reformaremos esta ley es porque las hidroeléctricas que poseen derechos de agua no consuntivos, están devolviendo el agua al medioambiente con alteraciones afectando el hábitat natural de los seres que la habitan aun así las políticas públicas han favorecido el emprendimiento de estas aun sabiendo que causan daños irreparables al ecosistema. En segundo lugar, esta ley también postula que es un bien nacional de uso público pero al contrario también un bien económico que a la ves autoriza a la privación de agua a través de la concesión de derechos gratuitamente y perpetuidad y esto a la vez se está contradiciendo ya que, si es de uso público, ¿Por qué hay aguas privadas? Si hay una concesión de derecho gratuito y perpetuidad.

Esperamos que esto impacte de manera positiva, principalmente, al primer y segundo quintil de la sociedad chilena, aportando así (con el método de impuestos) un gasto menos para el hogar común, además, con la política de expropiación le daríamos vida útil a caudales abandonados y en mal estado; Buscamos que Chile crezca para todo tipo de familias y que un bien tan fundamental como el agua, a largo plazo deje de ser privatizado y se convierta en un bien nacional. Un 11,7% de la población chilena vive en pobreza por ingresos y con el tiempo, gracias al impuesto establecido ese porcentaje descenderá de manera abrupta y le dará una buena posición a Chile a nivel mundial.