Liceo Santa Teresita -TALCA - Región del Maule


Título iniciativa:

MENSAJE MODIFICA LA LEY Nº 15.840 MEJORANDO LA INFRAESTRUCTURA Y SEGURIDAD VIA



Definición alternativa:

2.1. Necesidad:
Agradecemos a los señores organizadores del Torneo Interescolar de Debate Delibera por hacernos parte de la vivencia de lograr acuerdos, liderar posiciones, debatir con respeto, escuchar al otro y conocer otras opiniones, en la búsqueda de algo que nos beneficiará a nosotros, los estudiantes secundarios de las regiones del país, a quienes nos corresponde hoy hacernos cargo de un rol principal: proteger nuestra democracia, formándonos como buenos ciudadanos; y un buen ciudadano es aquel que ha desarrollado una virtud cívica, la cual expresa un valor político en sí mismo, autónomo e imprescindible en la vida democrática, que queda definido expresamente como Amor a las Leyes.蜉

Las calles son las arterias de la vida cívica en las ciudades y pueblos de Chile. Sin embargo, tanto el diseño como la mantención de las mismas no responden a los criterios de utilidad, accesibilidad y ecología que requiere la ciudadanía a comienzos del siglo XXI. Un diseño de las calles más eficiente y atractivo es la propuesta de nuestra iniciativa juvenil de ley, la cual incluye la pavimentación y repavimentación de calles, construcción de ciclovías, pintura de la calzada y eliminación de desperfectos en la vereda, mejorando con ello la seguridad vial.

Según el Diccionario de Real Academia Española de la Lengua, confianza es la esperanza firme que se tiene de alguien o algo.蜉 La confianza entonces constituye la base de toda relación social y, en este proceso, los jóvenes en particular, y la sociedad en general, presentan altos grados de desconfianza en algunas instituciones, pero en otras se depositan altísimos niveles de ella.

Entonces, hemos pensado y deliberado detenidamente sobre nuestro mensaje llamado Los Bomberos y su Vocación de Servicio Público: Reforma a la Ley 20.564. Porque según la RAE deliberar es considerar atenta y detenidamente el pro y los contras de los motivos de una decisión, antes de adoptarla, y la razón o sin razón de los votos antes de emitirlos. De manera constructiva, sin ofender, menospreciar, ni desvalorar la actuación de instituciones con un bajo Índice de Confianza Social, nuestro objetivo es presentar una Iniciativa Juvenil de Ley que otorgue a Bomberos lo que merece. Porque como lo afirmó Martín Luther King, siempre es el momento apropiado para hacer lo que es correcto.
2.2. Soporte:
La congestión el mayor problema y para generar un solucion a estos que deberíamos realizar un diseño de las calles más eficientes y atractivas es la propuesta de la iniciativa juvenil de ley, lo cual incluye la pavimentación y repavimentación de la calles, construcción y modificación de ciclovías, pinturas de la calzada y eliminación de desperfectos mejorando con ello la seguridad de los peatones y la infraestructura vial de las cuidadas. Con el mejoramiento y seguridad adquirida también necesitaremos una ampliación en la vegetación hurbana teniendo un mínimo de esta por cada habitante; con aquello se generan 3 intereses:




Vehículos: conociendo las principales avenidas que conectan la cuidad, 2 sur, av. Colin, av. Circunvalación, siendo estas algunas de las avenidas que conectan la cuidad de Talca y en las que se desarrolla una mayor congestión de vehículos . Como misión podríamos proponer un ensanchamiento de estas generando una mejor circulación y capacidad de vehículos por lado de la calzada de cada avenida, por medio de esto tenemos en mente una disminución de estancamiento por falta de espacio en horas puntas,junto con ello proveer de mayor iluminación, de preferencia luz LED, y señaleticas correctamente ubicadas con la idea de que cada individuo respete y asegure el correcto uso de aquello.

Peatones: Aumentó en la vegetación hurbana, indicado por la OMS(organización mundial de la salud), cada ciudad debebe tener un mínimo de área verde por habitante,siendo 9m*2 por cada habitante de la cuidad; como propuesta tenemos que se creen área de recreación acordes para la edad de cada habitante ocasionando una amornia y fin de desacuerdos entre mayormente jóvenes y adultos .
Una manutención o abastecimiento de iluminación led, en los lugares trancitados por la comunidad que no dispone de un vehículo para movilizarse, a travez de esto generar un ambiente más seguro y prevenir futuros incidentes , sumado a esto se encuentra el correcto uso y conservación en buen estado de los pasos de peatones, si esto no se encuentra ejecutado llevarlo a cabo.

Ciclistas: el incremento de ciclovías, abasteciendo estas de señaleticas y semáforos según el criterio correspondido, y el lugar donde se construye o de construyó esta; las ciclovías deberan tener un nexo con cada avenida principal de la ciudad así lograr cruzar de extremo a extremo sin un mayor riesgo, ya sea para fines recreativos o laborales, el diferenciamiento con la avenida , calle, pasaje en donde se encuentre la ciclovía se llevará a cabo porque cada una de estas sera estampada con celeste.


Propuesta legislativa:

III. Propuesta legislativa:
3.1. Antecedentes técnicos, jurídicos y políticos
El Ministerio de Obras Públicas es la Secretaría de Estado encargada del planeamiento, estudio, proyección, construcción, ampliación, reparación, conservación y explotación de las obras públicas fiscales y el organismo coordinador de los planes de ejecución de las obras que realicen los Servicios que lo constituyen y de las demás entidades a que se refieren los artículos 2.° y 3.° de esta ley.


Y La organización y funciones del Ministerio de Obras Públicas se regirán por las disposiciones de la presente ley. Le serán también aplicables las demás leyes actualmente en vigor en todo aquello que no se oponga a lo dispuesto en la presente ley.
Los Ministerios que por ley tengan facultad para construir obras, las instituciones o empresas del Estado y las Municipalidades podrán encomendar al Ministerio de Obras Públicas el estudio, proyección, construcción, ampliación y reparación de obras, conveniendo con él sus condiciones, modalidades y financiamiento.
El Presidente de la República fijará las normas sobre coordinación de la labor del Ministerio de Obras Públicas con los demás Servicios Fiscales, Semifiscales, Corporaciones o Empresas del Estado.
Incumbe al Ministro de Obras Públicas, en su calidad de autoridad superior del Ministerio, la supervigilancia de los organismos que de él dependen y de aquellos que, por su intermedio se relacionan con el Gobierno, cuales son la Corporación de la Vivienda, el Instituto de la Vivienda Rural, la Empresa de Agua Potable de Santiago y demás Servicios que determine la ley.
El Subsecretario de Obras Públicas es el colaborador inmediato del Ministro y el Jefe Administrativo del Ministerio.
Sus atribuciones y deberes son los que se señalan en la Ley Orgánica de Ministerios, en la presente ley y en las demás disposiciones generales o especiales que le dan intervención.
El actual Departamento Jurídico del Ministerio de Obras Públicas se denominará "Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas". Esta Fiscalía será el Servicio Jurídico del Ministerio, de la Dirección General de Obras Públicas, de las Direcciones y Delegaciones Zonales dependientes de ella, y tendrá las funciones y atribuciones que le confiere la presente ley.
El Fiscal del Ministerio de Obras Públicas deberá ser abogado.
La Fiscalía y su personal se considerarán, para todos los efectos legales, como Servicio y funcionarios dependientes de la Dirección General de Obras Públicas. Sin embargo, en cuanto al ejercicio de las atribuciones y cumplimiento de los deberes a que se refiere el artículo 22.°, la Fiscalía actuará en forma independiente de dicha Dirección General, relacionándose directamente con el Ministerio.
La Dirección de Pavimentación Urbana mantendrá su Departamento Jurídico con arreglo a las disposiciones que lo rigen, dependiente de la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas en lo que no afecte a la ley N.° 8.946, de 1949.

3.2. Finalidad e impacto: el efecto de nuestra Iniciativa Juvenil de Ley
Todos y todas, peatones, conductores y ciclistas, requerimos urgentemente que se mejoren las calles en nuestro país a comienzos del siglo XXI. En ejercicio de sus atribuciones, el Presidente de la República podrá dictar normas para realizar un cambio real, duradero y modernizador en las calles de las ciudades y pueblos de Chile, estableciendo un programa sistemático y ejecutable de acuerdo al siguiente propósito: hacerlas más útiles, accesibles y ecológicas, comprometiendo los recursos para renovar nuestras calles en un tiempo razonable.