Colegio Antonio Varas -VICUÑA - Región de Coquimbo


Título iniciativa:

Demandas territoriales a través de los pueblos ancestrales.



Definición alternativa:

Descripción: La ley indígena 19253 es el cuerpo legal que protege los derechos de los pueblos originarios de nuestro país. Este instrumento ha sido cuestionado desde el año 1993 (fecha de su aprobación) ya que las comunidades indígenas reclaman que no ha sido ejecutiva las acciones por parte del Estado al traspaso de tierra ancestral a las comunidades.
Justificación: Para nosotros nos resulta ideal modificar a nivel cultural y social las demandas que tienen los pueblos originarios. Nuestro objetivo es que a través de estas demandas territoriales existe una adecuación a la actual ley. Uno de los ejemplos latinoamericanos, corresponde a ley indígena de Argentina el cual respeta a través del patrimonio histórico y geográfico las demandas territoriales de los indígenas argentinos. Tenemos la convicción que debemos salvaguardar a nuestros pueblos ancestrales y creemos que a través del estudio y modificación de esta ley nos permita que las comunidades indígenas puedan convivir en paz.


Propuesta legislativa:

Nosotros como grupo queremos modificar la ley 19.253, la llamada ley indígena, desde el artículo 12 al 16 para poder realizar varias modificaciones que mejorarían las condiciones de vida de los indígenas. Ya que según lo ya estipulado dice que solo pueden habitar en el territorio, según el gobierno, por 5 años para luego tener que desalojar. Nuestro objetivo corresponde a que puedan vivir de forma permanente hasta que este sea pasado a otro indígena de su etnia, vendido, arrendado, o dado en comodato si se obtiene la aprobación de todos los habitantes del terreno, y que se logre garantizar un sustento terrenal y que no sean catalogados por un tiempo.
Además que otro problema que tiene esta ley es que solo un indígena hombre pueda administrar las tierras, lo que demuestra claramente un nivel de machismo.
La necesidad de estos pueblos indígenas es poder mantener sus tierras, porque ello ya tienen sus vidas hechas además que se mantiene la cultura y las costumbres de los ya mencionados, que sería algo muy bueno para el patrimonio de nuestro país, porque si se les quitan esta tierras estos se van mudando con los de sus mismas etnias para de que de a poco se vallan mudando a un espacio más reducido quedando en condiciones precarias.
Otra necesidad es que no solo el hombre pueda manejar las tierras sino también la mujer, ya que en ocasiones tampoco hay un hombre que pueda ser capaz de manejar dichas propiedades, para poder avanzar como país dejando atrás el machismo para comenzar una nueva era de igualdad de género.
(También es necesario que se pueda habilitar la venta, compra, arriendo, comodato de estas tierras y propiedades a cualquier persona, ya sea el Estado o algún particular, Si todos los que la habitan están de acuerdo, y las tierras se venden con un fin en el que no se afecte totalmente...)
Y se necesita mantener el convenio 169 de la OIT, ya que aunque no los protege al 100% los protege más que la ley, entonces sería un desperdicio que Chile lo excluya, por lo que una mejor opción sería modificar esta reforma para proteger de una mejor manera lo que ya se tiene estipulado.
Nuestra solución es poder modificar esta ley de manera en que como ya mencionamos, puedan vender o ceder sus tierras, mantenerse más tiempo en estas, simplificar el papeleo y la inscripción de las tierras, la administración de los terrenos por una mujer u otro.
Todo esto tiene una finalidad de que familias de origen indígena, puedan tener la seguridad y el sustento de tierras, que les pertenecen por derecho propio, no les sean quitadas con plazo determinadas. Y también para evitar conflictos entre el estado y los pueblos originarios. Además, de que no necesariamente tiene que ser un hombre quien las administre, ya que, al estar en plena post-modernidad se conoce el hombre y la mujer tienen las mismas capacidad.
¿Los mapuches pueden votar? También se necesita que exista una igualdad de trato, que tengan derecho a la participación social y política los que sean chilenos, y tengan los requisitos que pide el gobierno para votar. Mientras que estos se sientan chilenos o quieran participar. No podemos prohibirles el derecho a voto. Tampoco a tener una identidad o una cedula con el nombre del país. Y demás. Como en Colombia.