Colegio San Patricio -ANTOFAGASTA - Región de Antofagasta


Título iniciativa:

Rehabilitación discapacitados a través de centros de rehabilitación regional.



Definición alternativa:

El presente proyecto de ley tiene por objetivo generar un sistema de rehabilitación inclusivo para cualquier grupo etario de la población chilena, considerando un mayor aporte estatal en dicha materia, incorporación de más profesionales y creación de Centros de Rehabilitación Regional que permitan realizar un proceso de rehabilitación más inclusivo y efectivo de lo que en realidad es.
De acuerdo al II Estudio Nacional de la Discapacidad el 16,7% de la población de 2 y más años se encuentra en situación de discapacidad, es decir 2.836.818 personas.
Según la Fundación Nacional de Discapacidad (FND), el 56% de los chilenos con discapacidad se atiende como indigente en el sistema de salud y un alarmante 96% nunca ha recibido rehabilitación integral.
Cuando se observa la distribución de la población en situación de discapacidad por tramo de edad, podemos observar que la discapacidad va aumentando significativamente a medida que aumenta la edad. La menor cantidad de población en situación de discapacidad son los niños, niñas y adolescentes con un 5,8% de personas en situación de discapacidad. Siendo este grupo quien recibe una mayor cantidad de atención en organismos como Teletón. Es decir, no existe la implementación de servicios especializados para un grupo mayoritario de la población que necesita rehabilitarse y el Estado chileno no se hace totalmente cargo de esta situación.
El Servicio Nacional de la Discapacidad, Senadis, fue creado por mandato de la Ley 20.422 que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad. Se relaciona con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Desarrollo Social. Su misión es promover el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas en situación de discapacidad, con el fin de obtener su inclusión social, contribuyendo al pleno disfrute de sus derechos y eliminando cualquier forma de discriminación fundada en la discapacidad, a través de la coordinación del accionar del Estado, la ejecución de políticas y programas, en el marco de estrategias de desarrollo local inclusivo .Sus objetivos son los siguientes:
• Actualizar la información de prevalencia y caracterización de la discapacidad en Chile para generar pertinencia y eficacia en el desarrollo de políticas públicas.
• Posicionar la Política y el Plan Nacional de Inclusión Social de las Personas en Situación de Discapacidad y promover la incorporación de la variable discapacidad en las políticas públicas, impulsando adecuaciones a la normativa vigente, para el ejercicio efectivo de los derechos de las personas en situación de discapacidad.
• Gestionar políticas públicas inclusivas y la estrategia de desarrollo local inclusivo a través del trabajo intersectorial y territorial para mejorar la oferta pública y privada.
• Promover y proteger los derechos y la inclusión de las personas en situación de discapacidad contribuyendo a su plena participación en la sociedad, el disfrute de sus derechos y la eliminación de cualquier forma de discriminación.
• Promover la inclusión social, educativa y laboral de las personas en situación de discapacidad contribuyendo a la accesibilidad universal y al desarrollo de su vida autónoma e independiente, a través de la ejecución de planes, programas y proyectos.
• Optimizar el acceso, oportunidad y calidad de los productos y servicios para las personas en situación de discapacidad a través de la mejora continua de los procesos y el uso eficiente de los recursos disponibles, a nivel regional y nacional.
Sin embargo, en la práctica dicha misión y objetivos no han sido suficientes para otorgar las condiciones necesarias que se establecen en la ley de inclusión. Lo que hace necesario desmembrar dicha ley y atacar la problemática desde una forma particular, abandonando las generalidades y estableciendo prácticas públicas concretas a cada situación que llevaría a mejorar la calidad de vida para las personas en situación de discapacidad y su rehabilitación.
¿Cómo lo lograremos? Si bien pretendemos no dejar de lado ni la iniciativa privada, ni el aporte voluntario. Se pretende que el Estado tome un rol protagónico en la oferta de rehabilitación, aumentando el gato público en materia de salud. Según se puede observar en cifras de la Ley de Presupuestos 2018, el gasto público en el área de salud en Chile no es el suficiente y puede inyectarse más recursos si dejan de insertarse en otras áreas que no son tan primordiales como las planteadas en el presente proyecto.
Actualmente Chile tiene un gasto público en salud de 4,3% del PIB en circunstancias que la OMS recomienda gastar un 6% del PIB y los países de la OCDE tienen, en promedio, un gasto de 3.387 dólares per cápita en salud comparado con los 1.563 dólares de gasto per cápita en salud en Chile . Por lo tanto, si buscamos generar cambios en este aspecto se debe incrementar el gasto público en esta área.
Entendemos esta ley como una prioridad nacional.


Propuesta legislativa:

Artículo 1°.- El objetivo que esta ley busca es asegurar el derecho a igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad a través de la rehabilitación, considerando este punto como un elemento crucial para obtener su plena inclusión.
Artículo 2°.-
Se entiende discapacidad como una construcción simbólica, un término genérico y relacional que incluye condiciones de salud y déficits, limitaciones en la actividad, y restricciones en la participación. Este concepto indica los aspectos negativos de la interacción, entre un individuo y sus factores contextuales, considerando los ambientales y personales.
Entenderemos entonces como rehabilitación El conjunto de acciones y medidas que tienen por finalidad que las personas con discapacidad alcancen el mayor grado de participación y capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, en consideración a la deficiencia que cause la discapacidad.
Las acciones o medidas de rehabilitación, tendrán como objetivos principales:
1. Proporcionar o restablecer funciones.
2. Compensar la pérdida o la falta de una función o una limitación funcional.
3. El desarrollo de conductas, actitudes y destrezas que permitan la inclusión laboral y educacional.
4. La interacción con el entorno económico, social, político o cultural que puede agravar o atenuar la deficiencia de que se trate.
Artículo 3°.- Para la aplicación de esta ley deberá darse cumplimiento al principio de vida independiente que ofrece el resultado del proceso de rehabilitación. Para todos los efectos se entenderá por vida independiente: El estado que permite a una persona tomar decisiones, ejercer actos de manera autónoma y participar activamente en la comunidad, en ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Artículo 4°.- Es deber del Estado promover oportunidades que permitan a las personas con discapacidad acceder a rehabilitación. Entendiéndose al Estado, no como uno más de los elementos que deben garantizar la rehabilitación, sino como un agente activo y principal, como inyector de recursos, para proporcionar de manera real la rehabilitación. Esto llevaría a garantizar de forma concreta lo expuesto en la Ley Número 20.422: Las personas con discapacidad tienen derecho, a lo largo de todo su ciclo vital y mientras sea necesario, a la rehabilitación y a acceder a los apoyos, terapias y profesionales que la hagan posible.
Artículo 5°.- Efectos de la ley.
La presente ley viene a hacer caso a la necesidad, en materia de rehabilitación, que se materializa a través de la Fundación Nacional de Discapacitados:
• Disponibilidad de especialistas, calidad de la atención primaria y disponibilidad real de atención médica. Esto es otorgamiento real de las distintas prestaciones que una persona con discapacidad y su familia requiere.
• Aumentar cobertura de los Centros de Rehabilitación Comunitaria; el 49% de las comunas en Chile no dispone de estos Centros. Tampoco de los existentes se tiene información sobre su funcionamiento y cobertura en tipos y grados de discapacidad que atienden.
• Acceso físico a los centros de salud, especialmente en zonas aisladas.
Se generarán un Centro de Rehabilitación Regional por cada región del país con la idea de concretar la tarea de descentralizar de manera paulatina la tarea de rehabilitar, con condiciones necesarias a las generadas por el INRPAC.
Habrá una campaña de difusión que cumplirá la función de tomar un medio de comunicación masivo para así poder incentivar a toda la gente en la participación del proyecto en donde toda la comunidad puede colaborar y así crear centros de rehabilitación.
Es responsabilidad de la SENADIS la generación de dichos centros, tomando un rol más activo y concreto en la generación de políticas que permitan una rehabilitación real de las personas en situación de discapacidad.
Conforme avance el desarrollo de esta iniciativa, deberán implementarse, de manera paulatina, instituciones en cada provincia y comuna. Con la idea de que cada vez se logre una mayor accesibilidad de la totalidad de las personas en situación de discapacidad.
Se incentivará el aporte de empresas privadas con la idea de financiar dichos centros de rehabilitación regional.
También pueden recibirse financiamiento voluntario, los cuales serán sin fines de lucro ni promoción.
Chile actualmente tiene un gasto público en salud de 4,3% del PIB, esto podría modificarse, sustrayendo recursos de otras áreas de gasto público. A través de esta ley el Estado debe acercarse a las cifras esperadas a países de la OCDE generando un aporte de 5,5% al área de salud pública con la idea de generar una mayor inyección en esta área y que llevará a una mayor cantidad de ingresos al Servicio Nacional de Discapacidad.
Es el Servicio Nacional de Discapacidad la entidad que se encarga de financiar la estructuración y utilización de fondos estatales para la construcción de dichos Centros Regionales de Rehabilitación.