Colegio San Vicente De Paul -PUERTO OCTAY - Región de Los Lagos


Título iniciativa:

Derogación artículo 373 del código penal, sanciones contra el pudor y buenas costumbres



Definición alternativa:

En el código penal chileno, el artículo 373 que señala: "Los que de cualquier modo ofendieren el pudor o las buenas costumbres con hechos de grave escándalo o trascendencia, no comprendidos expresamente en otros artículos de este Código, sufrirán la pena de reclusión menor en sus grados mínimo a medio".
Consideramos necesaria la derogación del artículo mencionado, ya que, no existe dentro del artículo mismo o en el código penal, una definición clara de lo que son las buenas costumbres, por lo que la acción cometida por un individuo, será catalogada de inmoral y/o no respetuosa de las buenas costumbres, según el criterio de denunciantes y/o autoridades encargadas de ejercer la ley. Al responder a un criterio individual, el artículo carece de objetividad, y se podría prestar para actos discriminatorios o bien, la vulneración de derechos constitucionales de los ciudadanos chilenos.