Colegio San Francisco Javier -PUERTO MONTT - Región de Los Lagos


Título iniciativa:

Cuidado y Respeto a los Animales en nuestra sociedad



Definición alternativa:

El año 2017 fue promulgada en Chile la ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, popularmente conocida como Ley Cholito, que se define como una ley que: (…) corresponde al conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota o un animal de compañía, y que consiste, entre otras, en registrarlo ante la autoridad competente cuando corresponda, proporcionarle alimento, albergue y buen trato, brindarle los cuidados veterinarios indispensables para su bienestar y no someterlos a sufrimiento a lo largo de sus vidas. La tenencia responsable comprende también el respeto a las normas de salud y seguridad públicas que sean aplicables, así como a las reglas sobre responsabilidad a que están sujetas las personas que incurran en infracción de ellas, y la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para evitar que la mascota o animal de compañía, cause daños a la propiedad de otra persona.
En el artículo 1 se expresa que la ley tiene por objetivo establecer normas en cuatro puntos, siendo el segundo: "Proteger la salud y el bienestar animal mediante la tenencia responsable", y más abajo en la lectura del documento, en el artículo dos: Toda mascota o animal de compañía, cualquiera sea su especie y raza, deberá recibir un buen trato de parte de su dueño o poseedor, y de la comunidad en general, sin ser sometidos a sufrimientos a lo largo de su vida, como el abandono, maltrato, crueldad y la omisión de cubrir sus necesidades físicas, sanitarias, ambientales y de comportamiento.
Nuestro proyecto de ley planea profundizar los términos de la ley bajo esa norma e incentivar a la población a culturizarse en el cuidado responsable de animales para una cultura social más completa y educada, además de ampliar la condena impuesta a todos aquellos infractores de la ley para establecerla como una ley a tomar en cuenta y que tiene peso en nuestros modos actuales como sociedad.
Nosotros creemos que esta ley carece de especificación y credibilidad popular. Un ejemplo de esto sería la poca atención que se le ha presentado al tema, con antecedentes de apenas dos leyes promulgas con anterioridad a esa, y además la baja tasa de cumplimiento y conocimiento de esta que se manifiesta en la población nacional.


Propuesta legislativa:

Nosotros proponemos aumentar la multa impuesta a todo aquel violador de la ley de tenencia responsable de mascotas, ya que de manera ética y moral no nos parece correcto que vulneren la vida de alguien que tiene confianza plena en ellos. Es por esto que solicitamos que la deuda en UTM suba a cualquier rango entre treinta y cuarenta y un UTM ($1.457.850 pesos y $1.992.395), además del período carcelario.
Para esto consideraríamos penas en el grado de presidio menor, siendo la primera categoría aquella de sólo infringir daño al animal (en lo que entran negación de alimento y agua a consciencia, abandono, agresión física sin armas blancas, y privación de un techo y salud básica en que reciba sus vacunas y cuidados esenciales ) en su grado medio (541 días a tres años); y para un daño mayor para lo que contamos lesiones graves en la integridad física con uso de armas de fuego, blancas u objetos cortopunzantes, muerte del animal y obligación a la participación en peleas callejeras con motivo de entretención, sugerimos pena del presidio menor en su grado máximo (tres años y un día a cinco años).
Pero todo esto no será suficiente sino contamos además con el apoyo del Estado, que debería cumplir a buen recaudo su sección del Título II, Artículo 3: De las atribuciones de los órganos de la Administración del Estado para el fomento de la tenencia responsable de las mascotas o animales de compañía en que afirman que: el Ministerio de Educación podrá entregar orientaciones a los establecimientos educacionales de todos los niveles sobre temas relacionados con el cuidado de los animales de compañía, el compromiso de las personas con ellos, con el medio ambiente, con la higiene y con la salud tanto de las personas como de los animales, pudiendo además desarrollar programas de promoción relativos a estos temas, en cooperación con otras instituciones públicas y privadas.