Colegio Padre Alberto Hurtado -CALAMA - Región de Antofagasta


Título iniciativa:

INSTAURACIÓN DE DESALINIZADORAS EN MINERAS PARA DISMINUIR EL USO DE AGUA DULCE



Definición alternativa:

Probablemente el agua es la sustancia más importante para la vida lo que lo hace un recurso indispensable dentro de nuestro ecosistema.

Y en la zona que vivimos el agua no es un recurso que abunde como en otros sectores del país, una de las causas es la minería, ya que ocupa una cantidad excesiva de agua, sin mencionar toda la contaminación que causa la extracción y sinterización de los minerales la cual está haciendo que nuestra flora y fauna sea brutalmente atentada.

Nuestro proyecto de ley propone que toda empresa de la gran minería tenga que emplear para sus procesos mineros aguas marítimas purificadas por desalinización para un desarrollo más sustentable.

Por lo tanto, pensamos que el soporte regulatorio corresponde al mensaje presidencial, ya que consideramos que este tema es uno de prioridad mundial el cual se está tomando a la ligera debido a diversos estudios los cuales plantean que un tercio de la población mundial tendrá problemas de escasez de agua antes de 2025, mientras que la situación se volvería catastrófica en 2050, y debe ser abordado desde el ejecutivo.

Dentro de los antecedentes los cuales consideramos que pueden ayudarnos a que de cierta medida se pueda implantar nuestro proyecto son.

ANTECEDENTES POLITICOS:

Antecedentes ambientales.
-Las problemáticas sobre el medio ambiente comenzaron a principios del siglo XX dentro de los países industrializados, y después de la Segunda Guerra Mundial la discusión se propagó hacia otros países, hasta que en la década de 1970 se crearon los organismos mundiales encargados de la atención de los ecosistemas y de la adecuada explotación de los recursos naturales. así como en leyes protectoras de los recursos naturales y que hicieron regulación de su manejo y explotación.

ANTECEDENTES SOCIALES:

Sobre el agua y medioambiente.
Se demuestra que hay un grave problema con los recursos renovables como el agua. Los resultados indican que en el año 2025 un tercio de la población sufrirá problemas de escasez de agua potable y en el año 2050, la situación será casi que imposible de controlar.
Dentro de la sociedad un problema es la escasez de agua creando una dificultad para la prosperidad de vida útil de un recurso que es indispensable para el ser humano y la tierra
La producción minera hace uso de este recurso creando la dificultad para el medio ambiente como es la sequedad de zonas


ANTECEDENTES TÉCNICOS:

Según un estudio de Cochilco, el aprovechamiento del agua de mar será mayor
llegando a una extracción de 11.2 m3/seg a fines del periodo 2017-2028, lo cual
representa 290% de crecimiento.
Podríamos tomar como ejemplo a minera Escondida, que el año pasado inauguró una
planta desalinizadora con una capacidad de 2500 l/s. A esta planta se le invirtió un
poco más de 3400 dólares. (referencia, revista Cochilco)

ANTECEDENTES JURIDICOS

Según el artículo 1 de la ley 19300 (leyes generales del medio ambiente) se tiene que
vivir en un medio ambiente libre de contaminación, cosa que no se cumple del todo, ya
que algunas mineras al extraer agua de un acuífero dulce, esta se devuelve a este
mismo después de su utilización, representado un riesgo de salud para la fauna y flora
que extrae el agua para su consumo de este acuífero.
También podríamos tomar en cuenta la ley de responsabilidad extendida del productor
y su impacto en la industria de consumo masivo en sus siguientes puntos:

•El que contamina paga: El generador de un residuo es responsable de internalizar y
pagar los costos asociados al manejo de los mismos.

•Responsabilidad de la cuna a la tumba: El generador de residuos es responsable del
manejo de estos, desde su generación hasta su valorización y/o eliminación, sea por
medios propios o a través de la contratación de terceros.

En cuanto a el desarrollo de nuestro proyecto nosotros queremos que al momento de la implantación de las plantas desalinizadoras (estatales o privadas) se pueda techar inmediatamente el sodio proveniente de las aguas marítimas, ya que si esto no se hace podría causarse un problema medio ambiental por la distribución de la sal dentro de este, luego tenemos pensado que se puedan repartir los diversos trabajos de las plantas desalinizadoras porque además de ayudar al medio ambiente del país también estas plantas ayudarían laboralmente y económicamente por los diversos usos de la sal dentro de la alimentación (Conservas, encurtidos, ahumados y salazones, Alimentación animal, Productos lácteos, etc.), industria (Industria química, Exploración de petróleo y gas, Procesado de metales, etc.) y el deshielo de las carreteras.

Para finalizar, La crisis medioambiental que hay hoy en día en nuestro planeta afecta en el bienestar de todos los seres vivos y hay que comenzar con el cambio de alguna manera. Mediante la desalinización del agua de mar, los caudales, lagunas y aguas subterráneas podrán mantenerse, pudiendo así utilizarse para consumo humano y regadíos, siendo de aún más utilidad y volviendo a su real propósito.


Propuesta legislativa:

PROPUESTA LEGISLATIVA
MENSAJE PRESIDENCIAL: PROYECTO DE LEY INSTAURACIÓN DE DESALINIZADORAS EN MINERAS PARA DISMINUIR EL USO DE AGUA DULCE
Artículo 1°: Implantación del proceso desalinizador.
1° Cualquier empresa de la gran minería debe utilizar agua desalinizada la cual debe ser proveniente de las plantas de agua desalinizada encontrada en el país.
2° La circulación del agua desalinizada debe ser a través de tuberías las cuales podrían ser las que actualmente están inutilizadas en las carreteras de nuestra región.
3° Este proceso debe estar instaurado dentro del proceso general del cobre.
4° Para la extracción y utilización de agua marina en el proceso de desalinización, habrá que tomar en cuenta y respetar al pie de la letra el código de las aguas, el cual rige los anteriores puntos nombrados y como se puede obtener el permiso para su explotación
Artículo 2°: Usos y mantenimiento de la sal.
1° Cada planta desalinizadora deberá constar con un espacio cerrado, con el fin de almacenar la sal obtenida para evitar que esta se libere al medio ambiente y cause problemas en la flora y fauna aledaña
2° El uso de la sal sobrante tendrá un uso en donde el estado va a poder elegir.
Artículo 3°: Seguridad del personal laboral.
1° Teniéndose en cuenta que en las plantas desalinizadoras habrá presente un personal laboral, estas se les debería aplicar el decreto n°594 el cual estipula las condiciones sanitarias y ambientales básicas en cualquier lugar de trabajo.
2° También regirá el decreto n°132, regulando la seguridad en las faenas minares.
Artículo 4°: Sanciones empresariales.
1° Si se le halla a alguna empresa hurtando agua proveniente de acuíferos dulces se le sancionará con una multa que rondará por las 125 uf las cuales serán destinadas para la infraestructura de la ciudad o pueblo más cercano