Colegio Concepcion De Parral -PARRAL - Región del Maule


Título iniciativa:

Modificación código sanitario: regular la obligatoriedad y responsabilidad de vacunas.



Definición alternativa:


En Chile y el mundo el tema de la inmunización para la prevención de enfermedades infecto contagiosas ha sido un tema relevante a lo largo de todo el siglo XX y XXI, en principio el interés estuvo puesto en lograr cobertura de vacunación para toda la población, pero en los últimos años la importancia gubernamental se ha trasladado hacia generar conciencia en los habitantes de la necesidad de estar protegidos para evitar focos epidemiológicos, como por ejemplo el brote de sarampión.
A raíz de esto surge la necesidad de legislar para proteger a la población y educar efectivamente en este tema, ya que ha habido confusiones y malentendidos a cerca de las vacunas. Sin embargo, la vacunación es una parte muy importante de la salud publica puesto que estas evitan la propagación de enfermedades contagiosas que pueden llegar a ser mortales; un ejemplo de aquellas sería las paperas, la varicela, la tos ferina, el sarampión, entre otras(2). Además, está comprobado que las vacunas han logrado erradicar enfermedades que en algún momento de la historia fueron completamente una epidemia, como fue el caso de la famosa viruela; como fue un brote grande que se provocó en el sur del país con 3.564 casos, por contagio desde Argentina. En Chile, el último caso se presentó en 1959 y fue erradicada del mundo en 1977, además han permitido la disminución la morbilidad y mortalidad de las enfermedades infecciosas que se pueden evitar mediante esta, contribuyendo a la baja de la mortalidad infantil y el aumento de la esperanza de vida desde 1950 donde alcanzabas 50 años a 80 años en la actualidad. Hoy en día el 21% de los padres considera que las vacunas son perjudiciales para sus hijos, sin saber los riesgos mortales que conlleva, para todo el país, el no inmunizar a sus hijos(1). Vacunarse no es una opción personal puesto que no solo afecta a un individuo, sino que expone a graves consecuencias, incluida la muerte, a todos quienes le rodean.
Según Fernando Muñoz, jefe del departamento de inmunización, división de prevención y control de enfermedades, de la subsecretaria de salud pública del ministerio de salud durante el año 2015, Las enfermedades infecciosas que se pueden prevenir se han eliminado o reducido fuertemente gracias a la vacunación. Ante esto, la Universidad San Sebastián, realizó una encuesta en el año 2016 en donde la mayoría opina que es importante educar a la población sobre la vacunación en torno a los beneficios y riesgos. Esto último también constituye una necesidad evidente ya que cualquier cambio debe ser adecuadamente informado y transmitido a toda la población del país.
Manuel José Irarrázaval, director de IPSUSS, indica en el año 2016 que Las vacunas son uno de los elementos más determinantes en la mejoría de las expectativas de vida de la población. La casi erradicación de enfermedades como poliomielitis, sarampión, viruela, TBC, entre otras, son una confirmación evidente de su beneficio.
Además, es importante que las personas que están más propensas a contraer enfermedades, ya sea porque están en constante contacto con niños, trabajan en servicios de salud o con público en general; es necesario que mantengan su calendario de vacunas al día y lo presenten en sus lugares de trabajos, para que así no corran peligro.
Cabe destacar que en países de Europa como Italia, Letonia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Francia, Hungría, Polonia, República Checa, Grecia, Bélgica tienen vacunación obligatoria financiadas por el sistema sanitario, ayudando así a contribuir para que la mortalidad infantil disminuya siendo esta hasta el año 2016 de un 4 muertes/1000 nacimientos(4).
Es importante tomar las medidas necesarias, para que los padres tomen conciencia y se den cuenta de que es importante, que se necesita estar inmune a enfermedades, y si un niño no se vacuna corre riesgo y todo quien lo rodee, ya que pueden reaparecer enfermedades y contagiar a todo los demás. Muchas veces, los padres sienten miedo de vacunar a sus hijos por los efectos adversos que esto puede traer, pero está comprobado que estos efectos son leves.
La sociedad avanzó considerablemente con la aparición de las vacunas, y es importante seguir así, tomar conciencia y precaución ante casos de enfermedades infecto contagiosas y en esa línea el Estado tiene la responsabilidad y la obligación de promover el bien común de garantizar, a través de medidas de control, que la población del país no caiga en riesgos de contagios de enfermedades que ya han sido controladas por la inmunización a través de las vacunas(3).

1) http://www.ipsuss.cl/actualidad/enfermedades/21-de-los-padres-considera-que-las-vacunas-son-perjudiciales-para-sus/2016-06-07/132942.html

2) https://es,familydoctor.org/la-importancia-de-las-vacunas/

3) https://www.conicyt.cl/explora/el-riesgo-mortal-de-no-vacunarse-expertos-advierten-grave-peligro/

4) https://vacunasaep.org/profesionales/noticias/vacunas-obligatorias-europa


Propuesta legislativa:


Esta propuesta busca que la aplicación de las vacunas sea obligatoria para la población del país y para quienes ingresan a éste. Para asegurar esta situación, se requiere la modificación del código sanitario, con el propósito que las vacunas sean de fácil acceso y uso obligatorio, siendo un tema relevante y controlado, adecuadamente, por el Ministerio de Salud.
El presente proyecto modifica el artículo n°32 y crea el artículo 32 bis, con el objetivo de regular y controlar la obligatoriedad de las vacunas, complementando con educación a lo largo del país. Por lo anterior expuesto, venimos en proponer el siguiente:


Proyecto de ley:
Modifíquese el Código Sanitario, según como sigue:
Artículo N°32 agréguese en el inciso 4:
El Ministerio de Salud podrá disponer de las medidas necesarias para que, en interés de la salud pública, las autoridades controlen el cumplimiento por parte de los habitantes del territorio nacional, de la obligación de vacunarse contra las enfermedades transmisibles. Siendo una excepción sólo la justificación médica que acredite el riesgo de la vacuna para la salud del individuo, esta justificación se debe presentar al momento del rechazo de la vacunación, quedando registro de la causa y del profesional que lo acredita, información que será registrada en la plataforma del ministerio y que aparecerá al momento de emitir los certificados de vacunación, incluidos en el siguiente artículo.

Agréguese Artículo 32 bis:
Objetivo: "Regulación de las vacunas, educación y prevención.

1° Crease el Registro Nacional de Vacunas, para cada habitante del país y para los extranjeros que ingresen a Chile. Información que será registrada por el MINSAL, en un plazo de 1 año desde la entrada en vigencia de la presente reforma. Para este registro el MINSAL completará la información con lo disponible en cada centro de salud y con la presentación de documentos o declaraciones juradas, por parte de los usuarios. A partir de la entrada en vigencia de esta ley, toda vacuna debe ser registrada en las bases de datos nacionales correspondiente.

2° La Educación de la población acerca de los beneficios de la prevención de ciertas epidemias, explicando los beneficios de la vacunación, será responsabilidad del MINSAL, realizando campañas nacionales y disponiendo de material informativo en los centros de atención de salud pública y privada, a su vez todo funcionario de los centros de atención de Salud, deberán aclarar dudas y obligatoriamente informar a sus pacientes sobre los riesgos de no inmunizarse frente a algunas enfermedades y sobre el contenido de la presente ley.

3° Los extranjeros que ingresen al país, debe obligatoriamente presentar su registro de vacunas, cumpliendo con las vacunas obligatorias de Chile, de no cumplirla, tendrán un plazo 10 días hábiles para regularizarlo, para lo cual los servicios de salud públicas o privadas dispondrán de un stock de vacunas destinadas a la inmunización de extranjeros, siempre y cuando cumplan con los parámetros de edad y condición de salud que necesiten para aplicar las vacunación; evaluación que tendrá que necesariamente ser realizada por un médico. Por último, todo extranjero que ingrese al país, tendrá información en el registro nacional de vacunas, para generar certificados correspondientes.

4° Todos los chilenos deberán contar con su registro de vacunas, información que se registrará en archivos digitales y en plataformas online del MINSAL, pudiéndose generar certificados en línea, a través de Internet o en oficinas de Chile Atiende, presentando la cédula de identidad y el número de serie correspondiente.


5° En caso, de infracción a lo dispuesto en los puntos anteriores, el MINSAL tiene la responsabilidad y la obligación de tomar medidas judiciales, pudiendo multar desde 1 a 3 UTM, el incumplimiento, dando un plazo de 30 días para regularizar. En el caso de los menores de edad, la responsabilidad es del o los adultos que tienen el cuidado personal del menor. En caso de la no regularización, el MINSAL, investigará las causas del incumplimiento y derivará a los juzgados correspondientes.

6° Lo dispuesto en el presente artículo, se establece en conformidad con lo dispuesto en el presente código sanitario y sin perjuicio de sus modificaciones posteriores, en el decreto N°6 del año 2010 y en el decreto N°14 del año 2018.