Colegio San Pedro Nolasco De Quillota -QUILLOTA - Región de Valparaíso


Título iniciativa:

Prohibición de la entrega de plásticos de un solo uso en el comercio nacional



Definición alternativa:

Definición alternativa
Chile, desde septiembre del 2015, como país soberano miembro de la Organización para la Naciones Unidas (ONU), voluntariamente suscribió el programa de Desarrollo Sostenible. Esta Agenda 2030 para el desarrollo sostenible, compuesta por 17 objetivos y 169 metas concretas, es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que considera como objetivo general fortalecer la paz universal dentro de un concepto mas amplio de libertad (1)

Así, el objetivo 12 de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible de la ONU hace referencia a la Producción y consumo responsable, fomentando el uso eficiente de los recursos, estimulando la eficiencia productiva de manera que: de aquí a 2030, se deberá reducir considerablemente la generación de desechos mediante actividades de prevención, reducción, reciclado y reutilización. (2)

En esta materia uno de los principales desechos globales es el plástico. Se denomina plástico a materiales constituidos por compuestos orgánicos, sintéticos o semisintéticos. Que pueden ser maleables y moldeados como objetos sólidos, son típicamente polímeros de alto peso molecular en moléculas orgánicas, usualmente sintetizados con petroquímicos derivados del nocivo petróleo y algunos en menor medida de fuentes renovables. Los derivados de petroquímicos son los más usados por su bajo costo de producción, ejemplos de esto son: polietileno, polipropileno y poliestireno. Las características de estos contribuyen a que su degradación sea lenta, agregando que algunos como el polipropileno no son biodegradables es decir que se reducen a moléculas sintéticas casi imperceptibles pero presentes así es como sucede con muchos plásticos de un solo uso los cuales se ocupan para vasos y cubiertos desechables entre otros potenciales desechos. (3)

En la misma línea, durante el año 2015, a partir de una iniciativa de Ley que buscaba regular el uso de bolsas plásticas en las regiones australes de Chile, se generó un importante avance en la materia, aprobándose finalmente la prohibición de la entrega de bolsas plásticas en el comercio en todo el territorio nacional (Ley 21.100). (4)

Si bien la prohibición de entrega de bolsas plásticas en el comercio ha sido una buena medida para reducir los desechos plásticos en el país, no es suficiente. En el país al año entre 10 mil y 25 mil toneladas de desechos plásticos son mal manejados. Chile es uno de los países de Latinoamérica que más desechos genera y hoy, cada chileno produce 1,25 kilogramos de basura diaria, siendo el 12% residuos plásticos. Esto se debe principalmente a la insuficiencia de precauciones con respecto al uso de plásticos en nuestra vida diaria. (5)

Disminuir el nivel de generación de residuos plásticos es un desafío de carácter global del cual Chile no puede restarse. De acuerdo a estudios realizados por la Unión Europea, el 80% de los plásticos terminarán en los océanos, y que, para el año 2050 si no se cambia las lógicas productivas, habrá más plásticos en el mar que animales marinos, considerando que 8 millones de toneladas de plásticos se vierten a los océanos cada año. (6)

Las experiencias que ha tenido la Unión Europea, ha llevado a que se reduzca notablemente el consumos de plásticos implementando medidas tales como, máquinas de reciclaje de plásticos a cambio de vales de consumo para los supermercados y la prohibición del uso de plásticos de un solo uso. (7)

La necesidad de reducir el consumo de plásticos de un sólo uso ya ha sido parte del debate parlamentario. Así, durante la discusión de la Ley 21.100 del 2018, el senador Chahuán declaró que Debemos avanzar en otras materias relacionadas, como es el caso de las bombillas y otros utensilios plásticos que se usan solo una vez. Habrá que buscar fórmulas que permitan reemplazar, por ejemplo, tales bombillas por otras de papel. Ello, entre otros ejercicios que hay que realizar. (8) También la discusión de la Cámara de Diputados abundó en el mismo punto, como señaló la diputada Catalina Pérez: En este marco, el uso de los plásticos de un solo uso es un aspecto esencial a considerar. (…) Si bien el reciclaje debe formar parte de una política general de manejo de residuos, es solamente la última de las originalmente llamadas tres erres (3R): reducir, reutilizar y reciclar. A esta frase se le ha añadido en los últimos años un nuevo elemento: rechazar. (9)

Si no actuamos en el presente, no tendremos futuro, porque como dijo el Ambientalista Norteamericano Peter Hamilton Raven «La ignorancia, la indiferencia, la pobreza y la avaricia están causando problemas interrelacionados que amenazan con arruinar por completo la Tierra», estamos convencidos de la urgencia de prohibir los plásticos de un solo uso, generando los elementos legales, técnicos y económicos que den sustento a la modificación de la Ley 21.100.


Propuesta legislativa:

Propuesta legislativa
Mensaje presidencial: Proyecto modificación Ley 21.100

Artículo uno.- Introdúcense las siguientes modificaciones a Ley 21.100

1) Reemplázase el nombre de la denominación de la Ley por el siguiente: "Prohíbe la entrega de plásticos de un solo uso en el comercio de todo el territorio nacional

2) Reemplázase el artículo 1 por el siguiente: Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de plásticos de un solo uso en el comercio.

3) Sustitúyase las letras a) b) c) y d) del artículo 2 por los siguientes: (10)
a) Comercio: Aquellos contribuyentes que paguen una patente municipal, tales como: almacén o minimercado con expendio de alimentos, quioscos, restaurant, bar, cafetería, servicio de hotelería, depósito de bebidas alcohólicas, cabaret, incluyendo sus respectivos servicios de delivery.
b) Envase: Envoltorio que tiene contacto directo con el contenido de un producto, tiene la función de ofrecer una adecuada presentación, facilitando su manejo, transporte, almacenaje, manipulación y distribución.
c) Envase de servicio: Envases elaborados principalmente de PS, PP y PET, usados principalmente para productos alimenticios de consumo rápido. La característica principal de estos envases es que mantienen las condiciones, propiedades y salubridad de los alimentos cuando son comprados para llevar.
d) Polipropileno (PP): Termoplástico que se obtiene por polimerización del propileno. Este tipo de plástico es rígido, de alta cristalinidad y resistente a altas temperatura, sin embargo, es el de más baja densidad. El PP es utilizado para fabricar tapas de botellas, bandejas microondables, películas/films para diversos envases, recipientes para yogurt, entre otros.
e) Poliestireno (PS): Polímero de estireno monómero derivado del petróleo. Este tipo de plástico es cristalino de alto brillo, altamente resistente a impactos, ignífugo y de fácil limpieza. El PS es utilizado para fabricar bandejas de supermercado, cubiertos, bombillas, revolvedores y recipientes desechables que contengan comidas o bebidas calientes, entre otros.
f) Poliestireno Expandido (EPS): Termoplástico obtenido del poliestireno. Este tipo de plástico es una espuma rígida de color blanco que se valora por sus propiedades de aislamiento, amortiguación, baja densidad y alta resistencia físico-mecánica. El EPS es utilizado en la fabricación de platos térmicos, envases para el transporte de comida, aislamiento de hogares, sistemas de estabilización de carreteras, entre otros.
g) Tereftalato de Polietileno (PET): Tipo de plástico que se produce a partir de ácido tereftálico y etilenglicol. Es un material transparente, resistente y liviano. Este material es utilizado para hacer botellas desechables para bebidas, vasos transparentes, bandejas de torta, contenedores de fruta, entre otros.

4) Sustitúyase en el artículo 3 la frase bolsas plásticas de comercio, por los siguientes plásticos de un sólo uso:
a) Bombillas y revolvedores que incluyan como componente polímeros que se producen a partir del petróleo;
b) Cubiertos plásticos que incluyan como componente polímeros que se producen a partir del petróleo;
c) Envases de plástico para comida de Polipropileno, Poliestireno y Poliestireno Expandido;
d) Platos de Poliestireno Expandido y Poliestireno;
e) Tapas que incluyan como componente polímeros que se producen a partir del petróleo;
f) Vasos de Poliestireno, polipropileno y Tereftalato de Polietileno y
g) Vasos térmicos de Poliestireno Expandido.
h) Bolsas plásticas.

5) Sustitúyase en la letra a) del artículo 6 la frase bolsas plásticas por el siguiente: plásticos de un sólo uso.

1. A mayor abundamiento, ver Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. En http://www.chileagenda2030.gob.cl/agenda-2030/sobre-la-agenda
2. En https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/sustainable-consumption-production/
3. A mayor abundamiento ver https://es.wikipedia.org/wiki/Pl%C3%A1stico
4. En https://www.bcn.cl/historiadelaley/nc/historia-de-la-ley/7567/
5. Mayor información en: http://sustentable.uc.cl/noticias/residuos/90-sin-contaminacion-por-plasticos-el-lema-del-dia-mundial-del-medio-ambiente
6. Información de https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/2017/03/guerra-al-plastico/
7. Información en https://www.nationalgeographic.es/medio-ambiente/2018/05/asi-ha-logrado-dinamarca-reducir-el-uso-de-bolsas-de-plastico
8. Tramitación de la Ley N°21.100, corporación del senado, discusión en sala del 29 de mayo del 2018. En https://www.camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=9546&prmBoletin=9133-12
9. Tramitación de la Ley N°21.100, cámara de diputados, discusión en sala del 30 de mayo del 2018. En https://www.bcn.cl/historiadelaley/nc/historia-de-la-ley/7567/
10. Definiciones extraídas de Ordenanza Municipal de Providencia. En http://firma.providencia.cl/dsign/cgi/sdoc.exe/sdoc/document?id=m1ciWzr7bPPKYQDtolD2kw%3D%3D