Liceo Radomiro Tomic Romero -CALAMA - Región de Antofagasta


Título iniciativa:

Creación de la XVII Región del Loa



Definición alternativa:

El 11 de Enero de 1966, un grupo de ciudadanos calameños cansados de centralismo y postergación, aburridos de viajes largos a la costa antofagastina para que sus asuntos fueran atendidos, relativos a higiene y seguridad, concesiones o ventas fiscales, caminos, agua, e impuestos, se reunieron en un cabildo abierto, para sentir su malestar sobre el centralismo regional y buscar soluciones, es por ello que el 27 de Octubre de 1975 deja de ser comuna el Loa y pasa a llamarse Provincia el Loa.Luego después de 40 años, en Octubre de 2006, otro grupo de loínos se organizaron en torno a la conformación de la Comisión El Loa Región, con el propósito de cumplir con lo dispuesto en el cuerpo legal que crea nuevas regiones, de esta manera otro grupo de loínos no fueron escuchados ante el gobierno sobre la solicitud para crear la Región del Loa, uniendo las provincias de Tocopilla y el Loa.Posteriormente en el año 2011, las protestas en la ciudad minera de Calama marcaron un hito en la historia de los movimientos chilenos de protesta territorial. Al exigir autonomía, un 5% de las utilidades generadas por el cobre (la recuperación de los royalties regionales alcanzados entre 1955 y 1973 prohibidas en la dictadura militar). La Provincia del Loa actualmente consta de tres comunas: Calama, San Pedro de Atacama, Ollagüe, y la Provincia de Tocopilla con la comuna de María Elena, hoy dada su variada diversidad geográfica, logística, vialidad y planificación, busca convertirse en región del Loa con el fin de maximizar sus procesos y vocaciones productivas para desarrollar sus capacidades. Nuestra región vive con una marcada desigualdad económica, educacional, en materia de salud, justicia, vivienda y urbanismo, pasando del concepto de desigualdad a una tradicional discriminación.Cabe destacar que la Provincia del Loa y la Provincia de Tocopilla superan el transito diario de migrantes provenientes de Bolivia, Perú, Argentina, Colombia, Ecuador y Venezuela, debiendo ajustar los pocos recursos económicos en la población. Además se encuentra a nivel país,en 2do lugar con un 11% de visa definitiva, solo en la Región de Antofagasta, esto significa que las Provincias del Loa y Tocopilla seguirán aumentando su población en los próximos años, y para ello se debe contar con más servicios públicos, mayores recursos económicos para la llegada de los migrantes a nuestras provincias, señalar que las comunas de San Pedro, y Ollagüe son frontera geopolítica, y defensa nacional del estado, lo cual se debe desplegar más contingente de las fuerzas armadas.En nuestra región existen servicios públicos que asisten no solo a los ciudadanos de forma individual, sino que también de manera colectiva; lo hacen a empresas y emprendedores, a dueñas de casa, a estudiantes, jóvenes, trabajadores, y migrantes, es una realidad que existen algunos servicios públicos, que no tienen presencia comunal, sino que solo a nivel regional; esta región tiene deficiencias en la conectividad de sus comunas y no queda ausente de los problemas derivados de la misma. De hecho, no sería atrevido pensar que en el futuro el número de comunas aumente, pues la organización lamentablemente hoy está determinada por las condiciones de conectividad, y más aún el tiempo es un bien irrecuperable, por lo mismo cualquier medida que optimice el uso de este para las personas, constituye un avance, para la región. Para cualquier política pública que tenga origen en una demanda ciudadana, el éxito está predestinado: hoy la futura Región del Loa cuenta con una alta aprobación ciudadana, por lo demás, el concepto de identidad trae consigo atractivos desafíos para toda la población, involucrando directamente a las personas. Por lo demás se considera que es necesaria la creación de esta región porque ayudaría a dirigir un mayor número de emprendimientos, Atracción de Inversión, Universidad Estatal, Aeropuerto internacional y desarrollo de las vocaciones productivas. El potencial productivo declara a Región del Loa como un fuerte productor minero: dicha condición constituye una oportunidad económica y empleo para todo el país, además de contar con salida al mar por el puerto de Tocopilla, se tiene un puerto seco, y próximamente un corredor bioceánico que conectará el océano atlántico con el pacífico, lo cual aumentaría los recursos económicos de la nueva región del Loa.Otro aspecto es mejorar la calidad de vida de los Calameños, que también destaca al ser Región del Loa, ya que se tendrían mayores recursos propios del Fondo Nacional de Desarrollo Regional(F.N.D.R),teniendo más lugares de esparcimiento, creando más escuelas, mayores centros de salud, y aumentar más médicos especialistas,esto debido a que se tiene que recurrir a Antofagasta para ser atendidos. Finalmente la creación de la XVII Región del Loa traería consigo a las comunas de San Pedro de Atacama, Ollagüe,María Elena y la Provincia de Tocopilla,esta ley nos permitiría tener mayores recursos económicos en nuestra región.


Propuesta legislativa:

CREA LA XVII REGIÓN DEL LOA

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1º.- Créase la XVII Región del Loa, capital Calama, que comprende sus comunas de San Pedro de Atacama, Ollagüe, y la Provincia de Tocopilla que comprende su comuna de María Elena.

Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:

1) Modificase el artículo 179 en los siguientes términos:

a) Reemplazase, en el 3° distrito, la expresión Antofagasta, Calama, María Elena, Mejillones, Ollagüe, San Pedro de Atacama, Sierra Gorda, Taltal y Tocopilla por Calama , María Elena, Ollagüe, San Pedro de Atacama y Tocopilla.

b) 6, en el 29 distrito, la locución "Antofagasta, Calama, María Elena, Mejillones, Ollagüe, San Pedro de Atacama, Sierra Gorda, Taltal y Tocopilla, por Calama , María Elena, Ollagüe, San Pedro de Atacama y Tocopilla.

2) Modifícase el inciso tercero del artículo 180 del modo que sigue:

a) Reemplázase, en el acápite correspondiente a la 3ra circunscripción, el guarismo "3" por "29".
b) Agrégase el siguiente acápite final:

"29° circunscripción, constituida por la XVII Región del Loa, 2 senadores".

Artículo 4º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

1) Modifícase el artículo 16 de la manera que sigue:

a) Elimínanse, en el acápite "Segunda Región de Antofagasta ", los párrafos primero, segundo y tercero.
b) Agrégase, a continuación del acápite correspondiente a la "Región Metropolitana de Santiago", lo siguiente:

"Región del Loa:

Calama, con cuatro jueces, con competencia sobre las comunas de San Pedro de Atacama, y Ollagüe.
Tocopilla, con un juez, con competencia sobre la comuna de María Elena.

2) Modifícase el artículo 35 del modo que sigue:

a) Suprímese, en el acápite "A.- JUZGADOS CIVILES:", el párrafo primero.
b) Elimínanse, en el acápite "B.- JUZGADOS CON COMPETENCIA COMÚN:", los párrafos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto.

3) Agrégase el siguiente artículo 39 quáter:

"Artículo 39 quáter.- En la Región del Loa existirán los siguientes juzgados de letras, que tendrán competencia en los territorios que se indican:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados de letras en lo civil, con asiento en la comuna de Calama, con competencia sobre las comunas de Calama, San Pedro de Atacama, Ollagüe, Tocopilla y María Elena.
B.- JUZGADOS CON COMPETENCIA COMÚN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Calama, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de San Pedro de Atacama, Ollagüe, Tocopilla y María Elena.

4) Modifícase el artículo 55 del siguiente modo:

a) Sustitúyese, en el literal k), la expresión "provincia del Loa" por "Decimoséptima Región, del Loa ".

Artículo 5.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Ley Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros, contenida en el artículo primero de la ley Nº 20.322, que Fortalece y Perfecciona la Jurisdicción Tributaria y Aduanera:

1) Intercálase, en el acápite noveno del inciso primero del artículo 3º, a continuación de la palabra "la", la expresión "XVII Región del Loa y la".
2) Reemplázase, en el sexto apartado del inciso primero del artículo 4°, la expresión "II REGIÓN" por "XVII y II REGIÓN".
3) Sustitúyese, en el quinto apartado del inciso tercero del artículo 10, la expresión "IIda Región" por "XVIIa y IIda Regiones".

Artículo 6.- Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan a la Provincia del Loa se entenderán referidas a la Región del Loa. Las que actualmente se refieren a la Región de Antofagasta o a la II Región deberán entenderse referidas a ambas regiones.

Artículo 7.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario de vigencia se financiará con reasignaciones internas en los presupuestos de los ministerios, servicios y organismos respectivos.


Artículo 8.- La presente ley entrará en vigencia un año después del día de su publicación, fecha a contar de la cual se nombrará al Intendente de la Región de Loa y a los Gobernadores de las Provincias del Loa y Tocopilla.

Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1 del artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 21 de mayo de 2019.- Sebastian Piñera Echeñique,Presidente de la República.-Andrés Chadwick Piñera,Ministro del Interior y Seguridad Pública.-Felipe Larraín Bascuñan,Ministro de Hacienda.-José Ramón Valente Vias,Ministro de Economía, Fomento y Turismo.-Hernán Larraín Fernández,Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.-