Colegio Aleman De Concepción -SAN PEDRO DE LA PAZ - Región del Biobío


Título iniciativa:

Proyecto de aceleración de convalidación de títulos para extranjeros



Definición alternativa:

Proyecto de aceleración de convalidación de títulos para extranjeros
Ley: Estatuto de la Universidad de Chile, Santiago, 11 de Diciembre de 1981.
Artículo 3 (actual Artículo 6, revisado por última vez el 2006) del decreto con Fuerza de Ley N°153 del año 1091, aprobatorio del Estatuto de la Universidad de Chile, que señala:
A la U de Chile le corresponde atribución privativa y excluyente de reconocer, revalidar y convalidar títulos profesionales obtenidos en el extranjero, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales. También le compete pronunciarse sobre convenios o tratados internacionales relativos a la educación superior que el Gobierno de Chile tenga interés en suscribir con otros gobiernos o entidades internacionales y extranjeras.
Descripción del problema: En el contexto del progresivo aumento de inmigrantes en nuestro país este proyecto busca agilizar el proceso de convalidación de los títulos de los inmigrantes para poder facilitar su acceso a mercado laboral e integración a la sociedad chilena. El proyecto se basa en que más instituciones puedan realizar este trámite y que el proceso sea más rápido.
Categoría problema: Trabajo decente y crecimiento económico
Actualmente, en nuestro país existen solamente 3 instituciones que permiten que un título o grado obtenido en el extranjero sea convalidado en Chile, con la intención de que los susodichos puedan ejercer libremente su profesión correspondiente. Dichas entidades que permiten la revalidación de títulos obtenidos en el extranjero son el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, el Ministerio de Educación de Chile y por último la Universidad de Chile, que convalida todos los títulos o grados obtenidos en el extranjero que no apliquen a un convenio actual con Chile. Debido a la escasez de instituciones que poseen el permiso legal para poder revalidar y convalidar los títulos de pregrados y superiores, el proceso para poder ejercer una profesión obtenida en el extranjero es lento y tedioso, por lo que la gran mayoría de los inmigrantes deben esperar grandes cantidades de tiempo para poder trabajar con el título que les corresponde.
La problemática planteada anteriormente es un tema que, a pesar de ser relevante, no se le ha otorgado la importancia correspondiente, ni mucho menos se ha discutido cómo solucionarla. Por ende, para solucionar este tema que nos acompleja*, sería necesario modificar la normativa existente debido a que el actual marco jurídico no cubre la demanda de personas que quieren que su título obtenido en el extranjero sea reconocido por el Estado Chileno.
La propuesta será presentada por diputados y senadores en formato de moción.
Es necesario hacer una reforma constitucional al artículo 6 (actualizado por última vez el 2006) del decreto con Fuerza de Ley N°153 del año 1981, específicamente la cantidad de instituciones universitarias implicadas en el proceso de revalidar títulos en Chile, teniendo el objetivo específico de facilitar y reducir el proceso de convalidar los títulos universitarios de pregrado y posteriores. Dicho proceso es lento debido a que en Chile existe sólo una institución universitaria capacitada para revalidar y convalidar los títulos universitarios. Al realizar una mejoría en el sistema de validación de títulos, la calidad de vida de los inmigrantes aumentará, cumpliendo de esta manera los siguientes artículos: el Artículo 19, 2°, el cual plantea que no existen grupos privilegiados; el Artículo 19, 14° que dictamina que todos tienen el derecho de presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de interés público o privado y por último en el mismo artículo, que toda persona tienen derecho a libre a trabajar donde quiera.
La idea principal de la nueva ley que se necesita crear no es derogarla, sino ampliar la posibilidad de que otras instituciones universitarias, aparte de la Universidad de Chile, sean partícipes en poder otorgar la convalidación de los títulos universitarios obtenidos fuera del país, ya sea por personas inmigrantes o chilenos que hayan egresados durante su estancia en el extranjero. Por consiguiente, se puede decir que su rango legal es solamente pertenecer a un proyecto de ley.


Propuesta legislativa:

Ley actual: Artículo 9°: El reconocimiento de titulos, diplomas o certificados a que se refiere el artículo 7° de este Reglamento, para acceder a cursos de postítulo sobre especialización o perfeccionamiento será de competencia privativa y excluyente de la Universidad de Chile, cuando tales cursos conlleven a la realización de actividades profesionales en ese campo en el país, para lo cual el solicitante deberá, previamente, solicitar el reconocimiento por la Universidad de Chile de su título o diploma para el ejercicio profesional.
Modificación de la ley: : Artículo 9°: El reconocimiento de títulos, diplomas o certificados podrá ser otorgado por cualquier universidad que cumpla los requisitos necesarios para generar tal acción, al igual que estas instituciones podrán revalidar y convalidar los títulos obtenidos en el extranjero.