Escuela Grecia -VALPARAISO - Región de Valparaíso


Título iniciativa:

Cambiemos exhibiciones por corazones. Todos juntos por un entorno mas justo



Definición alternativa:

Fundamentos:
Nuestra propuesta de modificar el artículo 27 de la Ley 20.020 Sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, radica en la intención de terminar definitivamente con los actos de exhibición y espectáculos que involucren la participación de animales, puesto que consideramos que a pesar de que esta ley se presenta como una importante iniciativa para esclarecer las situaciones de tenencia responsable de animales, no impide dicha realización de este tipo de eventos, y esta situación creemos que proporciona una contradicción a la intención de suministrar un habitad adecuado para la mantención de diversas especies animales. En el siguiente extracto del artículo 27 que refiere a los espectáculos y exhibiciones con involucramiento animal, se desprende: Así como disponer de las instalaciones necesarias para un adecuado manejo de los mismos, cumpliendo las condiciones de bienestar animal necesarios, evitando, entre otros, las condiciones que puedan generar maltrato o sufrimiento para los animales o el deterioro de la salud animal. Entonces consideramos que la sola existencia de lugares de exhibición o eventos de espectáculos con animales atenta directamente con las condiciones de bienestar animal necesarios y en algunos casos podemos hablar directamente de situaciones de maltrato y deterioro constante, al estar en lugares que presentan un habitad totalmente diferente al originario del animal como es el caso de los zoológicos, al estar en constante traslado y en lugares de hacinamiento para los animales como es el caso de los circos o al desarrollar un actividad que involucre maltrato físico como es el caso del rodeo.
Si bien es cierto, la ley 20.020 plantea los incentivos para una fiscalización de situaciones de maltrato o tenencia de animales en lugares inadecuados, consideramos que al realizar esta modificación apuntamos a suprimir directamente estos escenarios que presentan el conflicto en torno al cuidado del animal o derechamente proyectan una situación de maltrato y deterioro seguro de la salud del animal.
Esta modificación repercutirá directamente en grandes empresas como los zoológicos nacionales o los circos internacionales y nacionales que se presentan en nuestro territorio, pero a la vez proporcionará un antecedente a negocios o emprendimientos más pequeños que pretendan lucrar con la exhibición y utilización de animales, proyectando la inexistencia de este tipo de instituciones o emprendimientos que presenten un foco de maltrato o tenencia irresponsable de animales.


Propuesta legislativa:

Propuesta legislativa:
Modificar el artículo 27 de la Ley 20.020 SOBRE TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS Y ANIMALES DE COMPAÑÍA
Se prohibirá la organización de espectáculos y exhibiciones que involucren la exposición de animales de compañía y animales no domésticos. El propietario del recinto donde se desarrollen tales actividades o que albergue a los animales con disposición al desarrollo de estas acciones, será el responsable del incumplimiento de esta condición, por tanto será sancionado con una multa de una a cincuenta unidades tributarias mensuales. En caso de reincidencia la multa se elevará al doble. Además de ello se sancionará con la prohibición perpetua de inscripción y tenencia de mascotas de compañía y animales no domésticos. Las fiscalizaciones de las disposiciones de este artículo responderán a lo señalado en los artículos 28 y 32 de la ley 20.020.