Liceo Poliv. Hnos. Sotomayor Baeza -MELIPILLA - Región Metropolitana


Título iniciativa:

Derechos de los niños y niñas



Definición alternativa:

Nuestra problemática nació por la poca preocupación que tiene el estado sobre los niños(as) y adolecente, creando instituciones como lo es el Sename, el cual no cumple con sus funciones y deberes, ya que violan los derechos de los niños(as) y no sólo eso, sino que también los mantienen en un lugar, que tiene pésimas condiciones, casi similar a una cárcel, donde mezclan a niños los cuales han sido llevados porque su familia no cumplía con los requisitos para mantenerlos, con adolescentes que han cometido algún tipo de delito. Y No se preocupan, ni se ocupan, realmente, del bienestar de los niños/as o adolescentes que se encuentran es ese lugar, ya que se les provoca mucho más daño, por las condiciones físicas del lugar y por el mal trato que reciben, si se supone que el Sename es para recibir a niños/as y adolescentes en situación de pobreza, que viven en familias las cuales han caído en una adicción como lo es droga, o que han sufrido violencia, maltrato o algún daño, etc. Y como los reciben, se deben hacer responsables de ellos y están obligados a velar por su bienestar, por la protección de niños/as y adolescentes, por eso y muchas causas más, el sename no cumple con su misión de forma intachable porque los niños(as) y adolescentes, sufren cosas aún más graves en comparación con la situación que vivían en su entorno familiar. También, tienen una horrible infraestructura, además de la mala calidad de vida que les brindan, ya que no reciben una buena atención, ni salud, ni educación, ni hospedaje, etc. El Sename no cumple ni con la mitad de lo que debería ser como institución, en parte quizás le afecta la poca preocupación del Estado hacía esta, el poco presupuesto y la poca valoración por parte de la gente que trabaja dentro de la institución, ya que a ellos no les interesa el bienestar de los niños/as y adolescentes, solamente simulan cumplir con su trabajo para ganar dinero.

Está institución afecta de manera física, psicológica y emocional, al desarrollo personal de cada niño(a) y adolescente que pertenece al sename. Cada maltrato, abuso, acoso, violencia y violación, afecta al desarrollo de ellos y más grave aún, de forma psicológica, por lo cual se han producido suicidios, muertes, negligencias, dentro de la misma institución, por culpa de la falta de preocupación y ocupación, por el bienestar y protección de niños, niñas y adolescentes, en todas sus áreas.
2,3. Nuestro propósito y finalidad, es brindar bienestar y protección tanto física como psicológicamente para mejorar la calidad de vida a los niños/as, adolescentes, que por diferentes motivos deben asistir a un centro para menores de edad. Este lugar debe cumplir con todos los requisitos para brindar un excelente servicio en todas sus áreas, y bajo ningún motivo se debe vulnerar la vida de un individuo causando traumas, daños físicos y psicológicos, Es por eso que buscamos fundar una intachable institución, que se destaque y sobresalga en su servicio, de forma impecable, sin corrupción, sin maltratos, sin violencia ni violaciones a los derechos de los niños, ya que se trata con menores de edad, y por lo mismo queremos cerrar y cambiar de forma definitiva el sename, ya basta con la indiferencia y la desvaloración que se le da a los menores de edad en nuestro país.
3.1 Nuestra respuesta, para resolver este problema, es crear una nueva ley la cual nos permita poder crear una nueva institución.
LEY PEQUEÑOS HEROES
La Ley pequeños héroes está enfocada, principalmente, por buscar el bienestar físico y sicológico de niños/as y adolescentes, formando una institución, que estará dividida en dos: niños menores de 14, los cuales estarán separados por edades y niños mayores de 14, los cuales estarán divididos en dos grupos, aquellos que han cometido algún delito y aquellos que no.
Artículo 1
Derechos del niño.
El instituto tendrá como idea principal el respeto y promoción los derechos de los niños articulados en los D.D.H.H
Artículo 2
Sanciones al faltar los derechos del niño.
Sí algún funcionario externo o interno a la institución falta a alguno de los derechos del niño será sancionado de manera agravada, siendo como primera medida expulsarlo del instituto y prohibiendo su ingreso.
Artículo 3
Sanciones para menores que falten a los derechos.
Si alguno de los menores del recinto falta a los derechos hacia sus pares será evaluado de manera inmediata, siendo la primera medida llevarlo a espacio de mediación para detectar el conflicto.
Artículo 4
Pruebas para profesionales.
Se hará prueba de carácter general a cada profesional que entre a la institución, para esto se evaluará el desempeño de su profesión, como es el trato que tiene hacia los niños, y sus intenciones al querer ser parte de la institución.


Propuesta legislativa:

También, cada profesional o persona que trabaje y forme parte de la institución será sometido(a) a pruebas psicológicas para estar informados sobre su salud mental y si están en condiciones para trabajar con los niños(as) y adolescentes de la institución.
Se buscaran personas intachables para esta institución, para esto se revisará todos los antecedentes tanto del profesional, como el de su familia cercana, con el fin de tener buenas personas a cargo de los niños y saber con quién se está trabajando.
Artículo 5
Visitas de calidad.
Los menores podrán ser visitados por familiares que presenten orden judicial para hacerlo, siendo utilizado un espacio dentro del recinto en el cual podrán estar en conjunto, mientras en todo momento serán observados y/o acompañados por funcionarios para evitar estragos que puedan perjudicar avances del menor.
Artículo 6
Requisitos de visita.
Podrán asistir familiares mayores a 18 años. En el caso de menores deben ser acompañados por un adulto.
Artículo 7
Familiares visitantes serán revisados al ingreso del recinto, no pudiendo negarse. Se les permitirá ingresar alimentos envasados, ropa, accesorios y juguetes, en cuanto a los funcionarios no les parezca perjudicial al bienestar del menor.
Artículo 8
Post-visita.
Los menores serán evaluados luego de las visitas de familiares, para permitir o negar el nuevo ingreso de estos.
Artículo 9
Educación de calidad
El estado debe garantizar una enseñanza y educación de calidad, para cada edad, desde salas cunas hasta educación superior. Este deberá consistir en educar a los niños(as) y adolescentes de forma didáctica y entretenida, para eso debemos contar con materiales y aparatos tecnológicos.
La educación debe incluir talleres recreativos, como pintura, manualidades, música, teatro, etc. Ya que también eso es parte del aprendizaje.
Se incluirán programas y profesionales especiales, para los niños (as) y adolescentes que tengan dificultades para aprender o desarrollar sus habilidades.
Los menores serán divididos en los rangos de edad Para ser partícipes de las clases escolares dentro del mismo recinto.
Artículo 10
Talleres
Los menores podrán participar en talleres deportivos y/o artísticos dentro del recinto. Además de optar a salidas pedagógicas y recreativas.
Artículo 11
Alimentación
Se dará comida de tipo saludable, cocinada el mismo día, y con alimentos mayor parte naturales, ya sea frutas o verduras, no se dará a beber bebida ni productos artificiales. Habrá algunas excepciones, como algún evento especial o celebración, o cada cierto tiempo, donde se les permitirá consumir comida poco saludable.
Habrá profesionales a cargo de la distribución y alimentación adecuada para cada rango de edad algo así también
Artículo 12
Alimentación especial
Habrá personas a cargo de preparar comida especial para aquellas personas que tenga algún problema de salud, alergia a distintos alimentos o intolerancia.
Artículo 13
Infraestructura
La infraestructura debe ser la adecuada para resguardar la seguridad y bienestar de los niños(as) y adolescentes, y también para mantener una cierta cantidad según el espacio físico. Cada infraestructura, debe ser amplia, colorida, dividida por edades y/o condiciones, debe tener salas de clases, dormitorios, canchas, zonas verdes, jardín, salas cunas, baños, duchas, oficinas, mini centro de salud, comedor, cocina y todo lo necesario para cumplir con nuestro objetivo.
Artículo 14
Ubicación del recinto
La construcción del recinto será en un espacio rural, cercano a la Urbe para no caer en estragos al momento de emergencias.
Los centros serán ubicados en lugares con menor cantidad de contaminación posible, lejos de fábricas, y empresas donde se produzca humo, polvo, etc.
Artículo 15
Espacio personal.
Los menores serán organizados en habitaciones amplias, Las cuales contarán con 8 menores, de edad similar, teniendo cama de una plaza, velador y armario personal, para respetar la comodidad y privacidad de cada individuo.
Deben tener al menos 2 duchas y 2 baños, los cuales serán adecuados según la edad, por dormitorio para cumplir con el higiene personal de cada niño(a) y adolescente dentro de la institución. Y por supuesto, cada quien tendrá sus útiles de aseo personales.
También habrá personal a cargo para hacer el aseo personal de cada bebe o niño/a, el cual será elegido y evaluado de forma extrema, ya que para ello se necesita sumo respeto y cuidado con el menor.
Artículo 16
Áreas verdes.
La institución contará con áreas verdes, juegos de entretención, bancas, lugares para hacer picnic, etc. ya que ayuda a combatir el estrés y depresión, disminuye las enfermedades respiratorias, y facilita la interacción social.
Tendrán sectores para realizar deporte y actividad física como canchas o sitios específicos, los cuales serán vigilado, para evitar algún accidente o lesión.
Artículo 17
Revisión infraestructura.
El recinto tendrá toda disposición a ser evaluados periódicamente (cada 3 meses) por agentes externos al E