Colegio Universitario Antonio Rendic -ANTOFAGASTA - Región de Antofagasta


Título iniciativa:

"LEY° LAM", LEY DE ASIGNATURA MEDIO AMBIENTAL.



Propuesta legislativa:

 Actualmente las condiciones medio
ambientales se vuelven cada vez más nocivas para la vida, a causa de la
contaminación. Gran parte de la población, no logra ser consciente de esta
problemática.



Por esto, es necesario tomar
consciencia de la necesidad de generar una cultura de responsabilidad ambiental
la cual puede ser posible a través de un programa educativo.



Según la LGE (Ley General de Educación), algunos principios en los cuales se
inspira esta Ley, son, la “Sustentabilidad
que se define como el fomento de respeto al medio ambiente y el uso racional de
los recursos naturales; y la Flexibilidad,
definida como el sistema que debe permitir la adecuación del proceso, la
diversidad de realidades y proyectos educativos institucionales”.[1]



La contaminación y deterioro ambiental
es un problema real que afecta directamente nuestra salud. Si no se toman medidas
necesarias para disminuir esto, las consecuencias a futuro serán nefastas. El INE (Instituto Nacional de
Estadísticas), arrojó un informe de Estadísticas del Medio Ambiente 2011, revelando
que en el año 2005, la cifra de toneladas de residuos sólidos en el país señaló
un total de 5.062.441; y para el año 2009, esta se incrementó a 6.083.485
toneladas[2]; demostrando que la
contaminación de los suelos en el país ha aumentado y la situación continúa
empeorando.



Conscientes de la importancia que
tiene la educación para generar un  respeto hacia el medio ambiente, nuestra
moción tiene como objetivo incluir y hacer efectiva la implementación de una
asignatura que forme personas responsables y comprometidas con el cuidado y la
defensa del medioambiente. Es necesario que el proceso de formación y
desarrollo de las personas tenga en consideración los elementos que forman el
entorno humano, es decir, necesitamos educar para permitir un desarrollo
sustentable y capacitar a niños y jóvenes para satisfacer necesidades del
presente, permitiendo mediante esta ley generar conciencia a futuras
generaciones.



Considerando:



-Que la
educación es lo que permite al ser humano tener conciencia y conocimiento, por
medio de los cuales la sociedad puede prevenir su futuro y trazar su
desarrollo.



- Que enseñar
a proteger nuestros recursos naturales y medio ambiente debe tener tanta
importancia como cualquier otra asignatura de  educación formal; dictamos la siguiente
moción:



Artículo
1



- Es
obligatoria en todas las escuelas y colegios del país, la enseñanza de la
asignatura “MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE”.



Artículo
2



- Desde
primero hasta séptimo básico, la asignatura se incluirá en el ramo de Historia
y Geografía y a partir de octavo básico hasta el segundo año de enseñanza media,
se impartirá como asignatura independiente (Asignatura: “MEDIO AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE”).



Artículo
3



- El
ministerio de medio ambiente en conjunto con sus respectivos SEREMIS serán los
encargados de escoger y destinar a las escuelas y colegios profesionales con
estudios superiores de medioambiente y desarrollo sustentable, quienes serán
los responsables de entregar los contenidos curriculares a los estudiantes. En
este espacio lograrán interiorizar los conocimientos básicos relacionados a la
materia y podrán realizar proyectos en busca de mejoras para esta problemática
donde a su vez se aplique lo aprendido.



Artículo
5



- La asignatura constará de
enseñanza teórica en las aulas y enseñanzas prácticas fuera de ellas. Todos los
estudiantes deberán ser evaluados en la práctica y la teoría.



Artículo
6



- La Secretaría de Estado de
Educación y Medio Ambiente programará todo lo concerniente a la asignatura.



Artículo
7



- El Gobierno Central incluirá
dentro del Presupuesto de la Nación los recursos necesarios para el buen
funcionamiento de la asignatura.















[2] www.ine.cl
(Compendio Estadístico Año 2011; 3.1. Estadísticas de Medio Ambiente, página
502).