Debido a que la ordenanza general de construcciones en
lo referido
a infraestructura sobre la construcción de
establecimientos educacionales
no integra articulo alguno sobre la obligación de contar con áreas verdes
en un establecimiento educacional
, pensamos que es importante integrar
en la normativa aspectos relativos a su
implementación en proporción al
número
de estudiantes.
Tomando
en consideración que el indicador utilizado en Chile para
evaluar la dotación
de áreas verdes urbanas es la superficie total de
áreas verdes dividida por el número
de habitantes, teniendo como
referencia el valor de 9,0 metros cuadrados de
área verde por
habitante (m2 hab.) propuesto por la OMS. Y que las áreas verdes
urbanas (AVU) proveen servicios
sociales y ecológicos, en función
de su distribución, superficie y accesibilidad.
Varios estudios
demuestran
que en nuestro país, las comunas de más altos ingresos concentran el
32,2% de la superficie total de áreas verdes, mientras que las comunas
más pobres sólo tienen el 4,1%.
También hay acuerdo respecto a las profundas
desigualdades existentes
entre las comunas de acuerdo con un catastro realizado
por la
Comisión Nacional de Medio Ambiente, en el año 2003 el promedio
metropolitano
era de 3,2 m2/hab., pero las comunas más pobres registraban
valores
muy inferiores, entre 2,9 y 0,4 m2/hab., mientras que las comunas de
más
altos ingresos tenían entre 6,7 y 18,8 m2/hab. (Nilo, 2003). En el año 2009
el promedio era 3,9 m2/hab., con valores extremos de 1,1 m2 /hab.
en Quinta
Normal, y 12,6 m2 /hab. en Santiago (www.observatoriourbano.cl).
Estas
diferencias también se replican entre los colegios particulares y
los colegios
municipalizados y/o particulares subvencionados.
Con
la implementación de un porcentaje determinado áreas verdes en
cada espacio
educacional se logran atenuar las notorias
brechas sociales
que marcan diferencias entre los sectores socioeconómicos más vulnerables,
en los
cuales, las áreas de recreación son escasas. Sin contar, además,
que logra
unificar a la comnunidad educativa con un fin en común: la
preservación y mantención
de una conciencia ecológica, lo cual, significa un
gran aporte para el
medioambiente y la convivencia general en un
entorno determinado.
La finalidad de este proyecto, no va más allá de la
implementación de un
nuevo artículo a la ordenanza general de construcción de
establecimientos educacionales.