Instituto Linares -LINARES - Región del Maule


Título iniciativa:

Moción: Taller obligatorio sobre educación cívica en la enseñanza media.



Propuesta legislativa:

I.-
Antecedentes:
Nuestra
propuesta nace desde la concepción de que el sistema educativo chileno se
construye en base a lo establecido por la Constitución Política de la
República; la cual señala en el artículo 19, Nº 10 sobre el derecho a la
educación (LEY N° 19.876), que
“La educación tiene por objeto el pleno
desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida.”
(Constitución Política de la
República de Chile, 1981).
Dicho esto, se encuentra un
vacío considerable con respecto a la participación ciudadana. Se supone que la
educación está orientada a formar personas completas, pero en la actualidad, se
encarga de formar jóvenes para el mundo laboral, y no de formar ciudadanos.  



Con el pasar del tiempo, hemos visto
un decrecimiento en el interés político de la juventud, situación que se ha
visto reflejada en la escasa información que maneja este grupo. Esta afirmación
es avalada por el sondeo de opinión pública, “Disposición y actitudes hacia el
sistema de representación política”, publicado por el Instituto Nacional de la
Juventud (INJUV). Los resultados obtenidos arrojan muchas conclusiones, pero
concretamente, se señala que, ante la interrogante De las elecciones que le voy a nombrar ¿En cuáles se usa el sistema
binominal y en cuáles se usa otro sistema?
,
“Casi el 60% de los
encuestados declara no saber el sistema electoral que rige para las elecciones
municipales. Un 15% declara que se usa el Binominal.”
(INJUV,
2012). Los datos son escalofriantes, sobretodo considerando que un joven de 18
años y con cuarto medio cursado, está ya facultado para ser alcalde;  pero es difícil pensar que un joven que ni
siquiera sabe cómo se elige a los alcaldes, se convierta eventualmente en uno de
estos.



II.- Propuesta: Nuestro proyecto consiste en
reincorporar, a través de la educación cívica, los conocimientos elementales
que necesitan los jóvenes para desarrollarse como ciudadanos. Esto se realizará
mediante una modificación a la Ley General de Educación, que mande al
Ministerio de Educación (MINEDUC), incorporar de forma explícita un taller
obligatorio sobre educación cívica, a realizarse en los niveles de Tercero y/o
Cuarto Medio. Todo esto respaldado por el artículo nº 31 y nº 53 de la Ley General
de Educación, los cuales señalan que
El Ministerio de Educación
deberá elaborar planes y programas de estudios para los niveles de educación
básica y media, los cuales deberán, si cumplen con las bases curriculares, ser
aprobados por el Consejo Nacional de Educación, de acuerdo al procedimiento
establecido en el artículo 53. Dichos planes y programas serán obligatorios
para los establecimientos que carezcan de ellos.”
, y Serán funciones del Consejo, en materia de educación regular parvularia,
básica y media, y en las modalidades de educación de adultos y especial o
diferencial: a) Aprobar o formular observaciones fundadas a las bases
curriculares para cada uno de los niveles de la educación regular parvularia,
básica y media (…)”
(MINEDUC: Ley General de
Educación, 2009), respectivamente.
De este modo, nuestra propuesta de ley
obligaría al MINEDUC a incorporar de forma obligatoria para todos los
establecimientos educacionales que impartan la enseñanza media, un taller de
educación cívica; que deberá ser inscrito de forma indeclinable por los alumnos
al cursar Tercero y/o Cuarto Medio.



 



III.- Desarrollo del taller: Como se ha establecido
previamente, el desarrollo de este taller comprenderá los años de Tercero y/o
Cuarto Medio, puesto que el estudiante optará en cual de estos años inscribir
el taller; sin embargo, estará obligado a inscribirlo uno de estos dos años. Se
establece, del mismo modo, la opción que tiene el estudiante de apuntarse en el
taller durante ambos años. Estos años fueron escogidos puesto que generalmente
es en esta etapa en la que los jóvenes tienen la madurez necesaria, además del
interés por manifestar su forma de pensar. En relación con lo anterior, es
necesario establecer que el taller contará con una duración de 2 horas pedagógicas,
las que serán distribuidas por el establecimiento educacional, de forma que se
adecúe a los horarios personalizados de cada institución.



Consideramos
necesario aclarar el “por qué” de este taller. Decidimos que incorporar una
nueva asignatura, eventualmente presionaría al alumnado, debido a las
preocupaciones y responsabilidades que denota. Creemos que un taller no
causaría ese ambiente de tensión que provoca una asignatura. Ergo, se generaría
un espacio mucho más didáctico para promover la participación ciudadana.



Por
otra parte, estimamos que es durante los niveles de Tercero y Cuarto Medio, que
el estudiante comienza a manifestar intereses en el acontecer nacional, de modo
que el taller impulsaría notablemente su espíritu crítico. Además, y para establecer
una relación con la reciente Ley de Inscripción automática y voto voluntario,
el incentivar la participación ciudadana durante los años previos a la
obtención de la ciudadanía del estudiante, podría incrementar el interés de
este en sufragar, disminuyendo el déficit de jóvenes votantes.



 



Con
nuestra iniciativa buscamos que los futuros ciudadanos chilenos conozcan sus
derechos y deberes, y en base a esto sepan defenderse y cumplir su rol como
integrantes del país. De esta forma, no sólo se conseguirán ciudadanos más
participativos, sino que se incentivarán los líderes del mañana, para asegurar
la estabilidad política futura del país. Todo gracias a la educación cívica.


Bibliografía

Instituto Nacional de
la Juventud: "Disposición y actitudes hacia el sistema de representación
política". Chile. 2012.

Constitución Política
de Chile: “Constitución Política de la República de Chile". Chile. 1981.

Ministerio de
Educación: Ley General de Educación. Artículos 31-53. Chile. 2009.

Constitución Política
de la República de Chile. Artículo 19, punto nº10. Chile. 1981