Colegio Aconcagua -QUILPUE - Región de Valparaíso


Título iniciativa:

LEY DE PROTECCIÓN DE GLACIARES CHILENOS



Propuesta legislativa:

El grupo de debate
del Colegio Aconcagua de Quilpué, participante del torneo Delibera Región de
Valparaíso presenta su moción de Ley Juvenil que recoge la inquietud por el
tema Medioambiental en el marco de la protección de Glaciares chilenos. El día
20 de Mayo del presente año la comisión de Medio Ambiente de la Cámara de
Diputados ingreso de manera formal un proyecto de ley de protección de
glaciares el que aún está en trámite para su posible promulgación. Nuestro
proyecto reformula dicha presentación y la fortalece.



El Proyecto de Ley
presentado regula directa y exclusivamente la protección de los glaciares como
un objeto particular de tutela, independiente de su forma o denominación. Esta
fórmula de protección directa es semejante a la regulación establecida para la
protección de los glaciares de los Pirineos de España, y también para el enorme
glaciar Columbia, en la frontera de Estados Unidos y Canadá. La legislación
comparada existente en la materia también establece abundantemente fórmulas de
protección a glaciares vinculados a regímenes de protección de otros bienes
jurídicos, como los recursos hídricos, los nevados y los parques nacionales.



En la elaboración
del proyecto de ley también se han considerado propuestas y mociones
parlamentarias complementarias a esta iniciativa para la protección de
glaciares. En particular los textos de las mociones del Senador Antonio Horvath
y del Diputado Leopoldo Sánchez, ingresadas al Congreso Nacional a través de
las Comisiones de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Senado y de la Cámara
de Diputados en 2005 y 2006, respectivamente. Algunos artículos del Proyecto de
Ley recogen aspectos sustanciales del contenido de dichas mociones, dado su
concordancia con el objetivo del Proyecto de Ley.



En cuanto a las
fuentes legales y reglamentarias que integra y considera el Proyecto de Ley
sobre Protección de Glaciares se integran principalmente, sin excluir otras,
los ocho cuerpos legales que señalamos a continuación:



a.- Ley 19.300, de
Bases Generales del Medio Ambiente



b.- Ley 18.362,
Crea Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado



c.- Ley 17.288,
sobre Monumentos Nacionales



d.- DFL N 1 del 26
de Julio de 2006, Ministerio del Interior; Subsecretaria de Desarrollo Regional
y Administrativo, texto coordinado, refundido y sistematizado de la Ley 18.695
del 31 de Marzo de 1988.



e.- Código de
Minería



f.- Decreto Supremo
N 718 de 1977 “Crea Comisión Mixta de Agricultura y Urbanismo” del Ministerio
de Vivienda y Urbanismo



g.- Convención para
la protección de la flora, de la fauna y de las bellezas escénicas naturales de
los países de América, suscrita en Washington, e 12 de Octubre de 1940.



h.- Convención de
Cambio Climático, suscrita en Rio de Janeiro, el 13 de Junio de 1992 y
ratificada por el Congreso Nacional en 1944.



CONTENIDOS DEL
PROYECTO DE LEY



La estructura del
texto del Proyecto consta de 20 artículos permanentes que hemos distribuido en
tres títulos, como así mismo dos artículos transitorios. Su contenido seria el
siguiente:



TITULO 1



Artículo 1: Objeto
de la Ley



Artículo 2:
Definición de Glaciar



Artículo 3:
Clasificación de Glaciares



Artículo 4:
Registro Nacional de Glaciares



Artículo 5:
Información Registrada



TITULO 2



Artículo 6: Ámbito
de Protección



Artículo 7:
Actividades Prohibidas en Glaciares 



Artículo 8:
Actividades Permitidas en Glaciares



Artículo 9:
Actividades Restringidas en Glaciares



Artículo 10:
Infracciones y Sanciones  



Artículo 11: Acción
Popular



TITULO 3



Artículo 12:
Conformación de un Congreso Nacional de Glaciares



Artículo 13:
Atribuciones del Consejo Nacional de Glaciares



Artículo 14:
Facultades del Consejo Nacional de Glaciares 



Artículo 15:
Secretaria Técnica del Congreso Nacional de Glaciares



Artículo 16:
Cooperación de Servicios Públicos



Artículo 17:
Obligaciones Complementarias de Servicios Públicos



Artículo 18:
Recursos Presupuestarios



Artículo 19:
Fiscalización cumplimiento de Ley



Artículo 20:
Vigencia de la Ley