Kids World School -COQUIMBO - Región de Coquimbo


Título iniciativa:

LEY ARNE (Agua Recurso Nacional Estratégico) Kids World School - COQUIMBO - Región de Coquimbo



Propuesta legislativa:

Antecedentes:



Uno de los mayores desafíos a nivel mundial es preservar
el equilibrio entre la conservación de los recursos hídricos, y  el desarrollo de las fuerzas productivas que
dependen de este.
Sin
embargo es evidente que el uso actual del agua hace insostenible este paradigma,
según datos de la FAO (Food and
Agriculture Organization of the United Nations marzo 2014
) “a medida que
los países se desarrollan y las poblaciones crecen y se urbanizan, su demanda
de agua aumentará en un 55% en 2050;” ¿De
qué manera afectará esta situación en el acceso y distribución de este recurso?

Tomando en cuenta la variable población mundial que aumenta rápidamente, el
panorama general del Banco Mundial indican
que, de seguir las prácticas actuales, el mundo enfrentará una escasez mundial
del 40% entre la demanda prevista y el suministro disponible en 2030.



Este perturbador
escenario no es ajeno a nuestro país, según los datos entregados por la (DGA) Dirección General de Aguas el año 2012, se
ha decretado zona de catástrofe hídrica: varias comunas de la Cuarta y Quinta
Región, además de las regiones de Copiapó y El Maule, declaradas zona de
escasez hídrica. Y no sólo se remite a la zona centro–norte  el Ministerio de Agricultura, declara que 108
comunas de Chile (31% del total nacional (41 comunas) se hallan en condición de
emergencia agrícola a las cuales se suma la Región del Biobío con una escasez
de agua, que afecta incluso el consumo humano.



Lo anteriormente
señalado no solo tiene su origen en los problemas de  insuficiencia hídrica y el cambio climático,  sino que 
se ve agravada por que las políticas
de gestión
y uso del recurso agua están centradas en el fomento productivo
y la lógica de mercado, y resultan disfuncionales a la protección, uso racional
y distribución equitativa del agua.



Problema



El eje central de la problemática es: el agua y su escasez ha transformado la
disponibilidad hídrica en un asunto de seguridad nacional,
las inapropiadas
regulaciones sobre el otorgamiento, acceso y propiedad de las aguas, hecho respaldado
en la actual Constitución, pues una vez otorgados estos derechos a personas
naturales o jurídicas de manera gratuita, el Estado no posee instrumentos para regular el uso y ejercicio de ese
derecho, salvo situaciones de escasez.



Este modelo de
asignación de aguas ha generado una serie de dificultades producto de este
contexto político y normativo según el texto ‘Conflictos por el agua en Chile:
Entre los derechos humanos y reglas del mercado’ se resumirían en las
siguientes; el incremento de conflictos por el agua, problemas de  acceso 
y  abastecimiento, escasez hídrica
y la extracción ilegal, sobre otorgamiento de derechos de aprovechamiento de
aguas, concentración de propiedad de 
derechos de aprovechamiento, desarrollo local y abastecimiento primario
sin  seguridad jurídica, degradación
ambiental de salares, humedales y cuencas hidrográficas, condiciones de mercado
erráticas y muy disímiles en el territorio, información limitada y dispersa
sobre los recursos hídricos.



Esto indica la
necesidad urgente de una regulación más eficiente y eficaz del recurso hídrico
en nuestro país, pues la gestión del agua no debe restringirse a su condición
de bien económico e insumo productivo,
sino ser protegida y administrada como un Recurso
Nacional Estratégico
esencial para la sobrevivencia humana,  la biodiversidad y los ecosistemas;
conjuntamente un bien intangible parala calidad de vida y el desarrollo social.



Propuesta



Nuestra moción
tiene como objetivo modificar el actual modelo de asignación del agua a partir
de las normas establecidas en la Constitución, 
que otorga a los privados la propiedad
sobre este recurso  en forma gratuita y a
perpetuidad, dar rango constitucional al dominio público sobre las aguas,
restableciendo la propiedad del Estado sobre las aguas de la nación modificando
así en el Capítulo III, de
los derechos y deberes constitucionales,
que señala en el artículo 19, numeral 24, inciso final; el cual
entrega a los particulares el dominio absoluto sobre las aguas.





ARTÍCULO 19°: Modificase
numeral 24 inciso final actual: ‘
Los derechos de
los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a
la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos’.



El inciso final del numeral 24 en artículo
N° 19 sustituyéndose su texto por el siguiente: “El  Estado reconoce su absoluto, exclusivo e imprescriptible
dominio  de todas las aguas continentales
declaradas entonces como un Recurso
Nacional Estratégico de uso público
,
en consecuencia su dominio y uso pertenece a todos los habitantes de
la nación,
sin
perjuicio de poder, mediante los títulos que franquea y otorga la ley, reconocer
o  conceder su uso y aprovechamiento a particulares.”



 



Cierre



Para finalizar resulta
imprescindible realizar un cambio Constitucional que se ajuste a las
necesidades no sólo económicas, sino que también sociales y ambientales del
país, por lo tanto es deber del Estado garantizar a todos los habitantes el
acceso a este vital elemento tanto a la actual como a las futuras generaciones
y, a su vez, potenciar el desarrollo económico y sostenible de las actividades
económicas que demandan este recurso.