Colegio Del Verbo Divino -LAS CONDES - Región Metropolitana


Título iniciativa:

Iniciativa para regular el contenido en la propaganda electoral



Propuesta legislativa:

CONTEXTO LEGAL: En consideración de la ley 18.700 respecto a
elecciones y al artículo 18 de nuestra constitución “Una ley orgánica constitucional determinará su organización y
funcionamiento, regulará la forma en que se realizarán los procesos electorales
y plebiscitarios (…). Dicha ley establecerá también un sistema de
financiamiento, transparencia, límite y control del gasto electoral”
.



Asimismo esta ley contempla en sus artículos 30 y 32
lo que se entiende por propaganda electoral como “… la dirigida a inducir a los electores a emitir su voto por
candidatos determinados o a apoyar alguna de las proposiciones sometidas a
plebiscito
”. Y estos artículos solo se pronuncian en los plazos de la propaganda
y el rol de las municipalidades como reguladores pero, y aquí es a donde vamos,
nunca hace referencia al contenido de la propaganda, por lo que hoy en día sin
esa regulación se ha transformado en publicidad que trata de vender una imagen
superficial y no se dan a conocer valores, ideas y proyectos de los candidatos.



PROBLEMA: La propaganda ha sufrido un proceso de
transformación debido a sucesos históricos que han ido afectando su esencia,
dando como resultado una distorsión del sentido original, el cual es mostrarle
al electorado ideas de su programa de gobierno y de su proyecto de país con
miras al futuro.



Revisando la ley pudimos percibir que
el Estado define propaganda como un método para inducir a la población votante
a pronunciarse a favor de un candidato o grupo, sin considerar necesariamente lo
que esta representa, que debería ser una serie de ideas con contenido político
y no un mero manejo de la imagen del candidato. En la práctica pasa a ser
publicidad, aquí se trata de vender una suerte de estereotipo apelando al
discurso simple que es atrayente para nuestra población apolítica.



Al final las campañas propagandísticas
expresadas resultan insuficientes para llegar a un voto informado.



ESTADO EN EL CONGRESO: Actualmente se están discutiendo dos nuevas
iniciativas que modifican el sistema electoral en la Cámara de Diputados.



Una de ellas, apunta
a incluir una fotografía de los candidatos en el voto y que esta medida sea
obligatoria. La otra es del diputado independiente por Santiago, Giorgio Jackson
quien ingresó un proyecto que prohíbe la instalación de propaganda en la vía
pública. Ambas indicaciones serán votadas pronto en el
Congreso.



MEDIDAS: Pensamos abordar este tema haciendo
una redefinición de propaganda electoral anteriormente mencionada, ya que a
nuestro juicio esos artículos se encuentran obsoletos porque están redactados
de acuerdo a un contexto socio-cultural, donde los candidatos a los cargos
públicos tenían medios más precarios para difundir sus ideas.



Es decir, estamos en contra de la inercia
constitucional
, ya que, según la ley si existe una institución encargada de
fiscalizar (la municipalidad respectiva y carabineros), pero como la misma ley
es ambigua desde la definición este organismo no actúa como debería.



 



Como parte de nuestras iniciativas
buscamos:



1) Redefinir propaganda como medio de difusión de ideas,
propuestas y proyectos que propicien a un voto informado.



2) Transformar los intentos publicitarios
en propaganda
que
apele a las ideas, valores, proyectos y propuestas para incentivar el voto
informado.



3) Fomentar los discursos y promoción de
ideas
, con un
posterior debate centrados en estos.



4) Regular y estandarizar los diseños de pancartas y otros
métodos audiovisuales para que primen la difusión de ideas por sobre la imagen.



5) Fiscalizar medidas que apunten al
populismo
y al
voto desinformando sancionando a los candidatos y/o partidos con multas y
disminución de espacios de difusión.



A su vez esta ley es
evaluada por la Comisión de Constitución,
Legislación y Justicia
.



Esta MOCIÓN, al regular el contenido, MANDA la forma y formato de hacer propaganda electoral.