Liceo María Luisa Bombal -RANCAGUA - Región de O'Higgins


Título iniciativa:

MOCION: “Todas las instituciones publicas y privadas deberán contratar un 3% de personas con capacidades diferentes”



Propuesta legislativa:

Para un país lo más importante
debe ser su población y esta población debe tener las mismas oportunidades,  como  lo
dice nuestra Constitución Política.En Chile, según el último censo, existen 12.068.072
personas  calificadas como discapacitados
concepto que para nuestra presentación el 1-08-2014 aclaramos que  debemos cambiar  por personas con capacidades diferentes.  Este número es bastante importante y
considerable porque solo el 25% tiene trabajo y el 75% no lo tiene. En relación
a la Región de O’Higgins existen 1.250.000 personas con capacidades diferentes  y solo 8.588 posee trabajo remunerado, es
decir, nuestra región posee un porcentaje de cesantía más alta que la media
nacional (12,9%),   un 15,2%
1. En Latino américa lo
anterior no es diferente, la situación de estas personas es más crítica. Existen
soluciones superficiales como talleres protegidos que promueven acciones a
favor de ellas como Paraguay, Panamá y Cuba. Otros países como Perú,
Organizaciones no Gubernamentales se ocupan de este asunto; en Venezuela se
realizan promociones de empresas para personas con capacidades diferentes
2.  La persona discapacitada en América latina y
el Caribe, es ignorada a tal punto que solo el 2% puede lograr algún tipo de
intervención para mejorar su situación. La falta de oportunidades y derecho al
trabajo, constituye una notoria transgresión a los Derechos Humanos Básicos a
una minoría
3. Según investigaciones señalan que los mejores
resultados en este tema obedecen a la concientización de la comunidad y que la
situación de las personas con capacidades diferentes paso a ser dominio público 
4.



Agregamos a ello las leyes que
existen al respecto que han complementado este desafío que tenemos nos
referimos a: La ley 19282 publicada el 14-01-1994. Esta establece normas para
la plena integración social de personas discapacitadas y la ley 20422 del 10-02
2010 que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión. Todas
ellas dan un paso bastante importante pero no mejoran de manera sustancial la situación
laboral de las personas con capacidades diferentes. En este punto se sitúa
nuestra Iniciativa Juvenil de Ley la cual sería la culminación de pasos
anteriores. Ella vendría a materializar un derecho y un deber de un país y de
nuestra sociedad. Desde el punto de vista legislativo la solución es viable
porque ella se aplicaría a las instituciones públicas y privadas de nuestro país.





Art.1 Nuestra Iniciativa Juvenil de Ley
es un mandato dado que sería una obligación para las instituciones indicadas en
la Ley 18.575 artículo 1 que debe contratar el 3%  a personas con capacidades deferentes. A lo
anterior, hay que agregar que nuestra Iniciativa es una moción porque para su
implementación y ejecución no se necesitan recurso adicionales, ni tampoco la
creación de instituciones especiales para hacer cumplir esta normativa solo es
mejorar la Ley 20422 y agregar el articulo 48 en donde esté incluida esta
iniciativa, es decir al Estado Chileno no le constaría nada, solo otorgar
oportunidades e incluir al mundo laboral en forma más sistemática a personas con
capacidades diferentes. Lo que no se ha intentado nos deja con una tremenda
interrogante y sorpresa. Nadie sabe los resultados que obtendríamos como país
si esta iniciativa juvenil de Ley se aplicara en toda su magnitud. Por eso hay
que realizarlo, dado que si un conciudadano nuestro o nosotros estamos bien
todos estaremos bien.





 



1  Instituto Nacional de Estadísticas, CENSO
2012  Chile pagina;



2 Instituto Nacional de
Estadísticas, CENSO 2012 Chile pagina;



3 O.E.A.  “Situación de las personas con discapacidad
en el Continente Americano” A.G/Res. 1249 (XXIII 0/93)



4 Natalia I.Wiereszen, “La
Discapacidad en América Latina pagina 8