Liceo Católico Atacama -COPIAPO - Región de Atacama

Título iniciativa:

Mensaje de S.E el Presidente de la República por el que se inicia el proyecto de ley que propone la modificación a la ley 20.370 en su artículo 31, último párrafo, que manda a disminuir las horas de libre disposición en enseñanza media por aumento de horas en talleres artísticos-culturales.



Propuesta legislativa:

I. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
Para hablar de las problemáticas de la educación primero hay que definirla y mencionar sus ámbitos legales. La educación según la Ley general de Educación en su artículo número 2 establece que "La educación es el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas ".
En la actualidad, nuestro sistema educacional es direccionado a través de los planes de estudio, los que definen la organización de todos los niveles escolares, estableciendo las actividades curriculares que los estudiantes deben cursar y el tiempo mínimo semanal que se les debe asignar, es decir, las horas que debemos tener en lenguaje, matemática, ciencias, artes, etc., fluctuando entre un mínimo de 38 y un máximo de 42 horas semanales. Dentro de estas y para los colegios suscritos al régimen de Jornada Escolar Completa, se establece en la LGE, en su artículo N°31 la existencia de las ‘’Horas de libre disposición’’, correspondientes a un 30% del total del trabajo escolar, es decir, de las horas mencionadas anteriormente, varían entre 6 y 11 horas. El instructivo emanado el año 2006 de la División de Educación General Ordinario Nº05/195/09-06-06, aclara que éstas deben ser ocupadas en actividades que respondan a las necesidades, intereses y expectativas de los alumnos, tratando de evitar sobrecargar las horas de formación general de los principales sectores, buscando garantizar su uso atendiendo al sentido de fondo que les dio origen, a saber, promoviendo actividades como técnicas de estudio, apoyo pedagógico, talleres de arte, literatura, ciencia, academias etc., procurando una formación integral de sus alumnos, tal como se detalla en documentos emanados del MINEDUC que orientan sobre el uso de las horas de libre disposición.
II. FUNDAMENTACIÓN
De acuerdo a lo señalado, es que se realizó un catastro en 19 colegios de la región de Atacama, a través de documentos públicos de la Seremi de educación, con el objetivo de reconocer una tendencia en torno a la utilización de las horas de libre disposición en establecimientos de enseñanza media en el año 2013. Para organizar el estudio se establecieron dos niveles: primer ciclo (primero y segundo medio) y segundo ciclo (tercero y cuarto medio), de los cuales, 17 colegios funcionaban bajo Ley JEC.
Para lograr levantar datos generales las asignaturas y/o actividades curriculares se reúnen en:
1. Área Académica (Lenguaje y Comunicación, Ciencias, reforzamiento PSU o SIMCE, etc.)
2. Área Artística y Musical.
3. Área Deportiva y Recreativa.
4. Desarrollo Personal (Religión, Orientación, etc.)
5. Talleres JEC (complementarios a asignaturas formales).
Es así que se establece, de la suma total de horas de libre disposición en el primer ciclo a saber 122 horas anuales aproximadamente, es que el 65% de estas (79 hrs) son designadas a fortalecer el área académica; el 14% (17 hrs) en el área artística; 4% (5 hrs) en el área deportiva; 6% (8 hrs) en desarrollo personal y 11% (13 hrs) en talleres JEC.
Con respecto al segundo ciclo, de las 124 horas anuales aproximadas de libre disposición, el 79% (98 hrs) es usado en el área académica; 7% (9 hrs) en el área artística; 3% (4 hrs) en el área deportiva; 6% (7 hrs) en desarrollo personal y, finalmente, un 5% (6 hrs) en talleres JEC.
Como primera conclusión, a partir de los datos obtenidos, en ambos ciclos se evidencia el predominio del uso de las horas de libre disposición en el área académica, el cual se incrementa significativamente en el segundo ciclo, esto se relaciona con la relevancia que adquieren las mediciones nacionales e internacionales en nuestro sistema educativo: SIMCE, PSU o PISA.
Como segunda conclusión nos percatamos de la contradicción existente entre los objetivos que establece la LGE sobre la educación y lo que en la práctica ocurre en las aulas.
En síntesis, se sobrecarga el currículum con asignaturas académicas, esto genera un clima de descontento generalizado, que los deja en una situación de claro cansancio y desinterés con respecto a su propia educación. Esto se ve reflejado en las cifras de depresión en los estudiantes secundarios: la prevalencia actual de depresión es 5,8% entre 15 y 24 años en Santiago. Sin embargo, la prevalencia es mayor al utilizar escalas para medir severidad de sintomatología depresiva, entre 12 y 20 años estaría entre 13,2% y 44%, con predomino en mujeres .
Realmente nos encontramos en una crisis.
Citando al doctor Rodrigo Paz, podemos decir que Chile es un país brutalmente enfermo y, a través de los datos proporcionados, el sistema escolar existente en nuestro país, contribuye a esta situación ¿Cómo? El problema es que el currículum escolar no está entregando a los estudiantes todas las herramientas, habilidades y destrezas que requieren para desarrollarse en sociedad. De hecho, el 90% (38 hrs semanales) de las clases que se imparten son teóricas, y sólo el 10% (4 hrs) son de actividades prácticas, tales como educación física o artes. ¿Y cómo podemos mitigar los efectos de este problema? Identificamos que las horas de libre disposición con las que cuentan los establecimientos educacionales de nuestro país, que corresponden a un 30%, no se están aprovechando adecuadamente; es por eso que proponemos que éstas se reduzcan a la mitad con el fin de ocupar las horas restantes, exclusivamente, en el desarrollo de talleres artísticos y recreativos que le permitan a los estudiantes desarrollarse formativamente dentro de sus respectivos establecimientos educacionales. De esta manera, estaríamos dinamizando el currículum escolar en función de la formación integral de los alumnos sin alargar en absoluto la jornada escolar.
Vale la pena destacar un estudio a cargo de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura , que nos retrata la realidad de las artes en el currículum escolar de los países iberoamericanos. En países como Brasil, Perú, Colombia, Argentina, Uruguay, entre otros, contienen a lo menos cuatro asignaturas artísticas que ofrecer al alumnado, mientras que en Chile son sólo dos: artes visuales y musicales, de las cuales se debe elegir una de ellas para su estudio, esto por las pocas horas destinadas a tal sector.
Es importante mencionar los beneficios que nos traen la realización y práctica de las diversas actividades artísticas: Desarrollo de la práctica motora, social, emocional y expresiva, potencia de la personalidad, creatividad, comunicación y pensamiento crítico, reflexivo y creativo, y trabajo de los niveles de ansiedad. También podemos ver el arte como una oportunidad social, económica y de inclusión a través del fortalecimiento de las políticas que tengan por objetivo fomentar, proteger y promover las industrias culturales, que puede significar un aporte cultural al PIB, como se ve en otros países como Brasil, donde el 16% del PIB corresponde a las industrias creativas .
A largo plazo contribuiríamos de esta forma a mejorar la calidad de vida y satisfacción individual, ya que estos contarán con las herramientas integrales necesarias para desenvolverse de mejor manera frente a la sociedad y a la vida misma.
III. PROYECTO DE LEY
Modifíquese el artículo 31 de la ley 20.370, Ley General de Educación, en su último párrafo estableciéndose “para los establecimientos que operen en el régimen de jornada escolar completa, las bases curriculares para la educación media deberán asegurar del 30% de tiempo de trabajo escolar de libre disposición un 15% de éste sea de uso exclusivo en horas de talleres artísticos culturales de carácter formativo’’.
Los colegios podrán elegir un mínimo de 3 talleres y un máximo de 5 según las necesidades y preferencias del alumnado, los cuales deberán ser aprobados por el Ministerio de Educación. Esto es si un establecimiento posee 6 horas de libre disposición (mínimo por establecimiento), 3 de estas horas se sumarían a las horas de arte y música ya existentes (2 hrs), generándose un total de 5 horas pedagógicas, las que serían destinadas para desarrollar talleres de carácter artístico y cultural. Cabe señalar que estos talleres serán dictados por un profesional de cada área.
Con respecto al financiamiento de estos talleres, este será otorgado por el Estado a los establecimientos que sean sostenidos total o parcialmente por él, a través de los aportes ya existentes de la ley JEC, reorientándose a la utilización para la implementación de dichos talleres.
En torno a la fiscalización para la aplicación efectiva de estos talleres, la Secretaría Ministerial de Educación de cada región será la encargada de llevar a cabo éste proceso.
Finalmente, al ser la LGE una Ley Orgánica Constitucional, y se requiere su modificación para el desarrollo del presente proyecto es se solicita de la aprobación de 4/7 (57%) de los diputados y senadores en ejercicio.