Colegio Concepción Talca -TALCA - Región del Maule


Título iniciativa:

INICIATIVA JUVENIL DE LEY: “EDUCACIÓN CÍVICA OBLIGATORIA PARA CHILE”



Propuesta legislativa:

 



Colegio
Concepción Talca, Talca, Región del Maule



 



Iniciativa: Moción        
                     
                     
  



Modifica la Ley Nº 20.370, Orgánica
Constitucional Sobre Bases Generales De La Educación.



 



Objetivo: Potenciar la formación de ciudadanos informados
y participativos en la sociedad para alcanzar el bien común, mediante la
instauración de la educación cívica como asignatura obligatoria en la malla
curricular.



 



Definiciones:



 



Educación



La educación es un proceso multidireccional de transferencia cultural del
cual nos valemos para poder transmitir una serie de valores y conocimientos,
que facilita el enriquecimiento personal y ayuda a interactuar con el mundo
exterior. Esta transmisión es muy ventajosa a nivel personal, ya que mediante
la educación dotamos a las personas de estrategias y herramientas necesarias
para fortalecer las características propias de cada uno, facilitándose así la
integración en la sociedad.



 



Formación



La educación es algo más que una instrucción en
hábitos y costumbres o en leyes e instituciones. Es el principio mediante el
cual la comunidad humana conserva y trasmite sus características físicas y
espirituales. La educación es formativa ya que se ocupa de manera
integral de los valores, actitudes, destrezas y costumbres,
hábitos y prácticas sociales, así como del conocimiento acerca de nosotros
mismos y los procesos y circunstancias que han intervenido o que intervienen en
el desarrollo de nuestra personalidad y acción.



 



Cívica



La formación cívica no es una propiedad individual
sino un bien colectivo
. Es el camino que nos pone en contacto con la
comunidad (la más inmediata o la más lejana) para que la entendamos, cuidemos,
sirvamos y conservemos para los que vengan después de nosotros, pues es
patrimonio de todos. Es cívica pues se refiere a la formación y
orientación que debemos dar y recibir para actuar como ciudadanos y ciudadanas
libres y responsables capaces de vivir en una democracia y promover los
valores en que ésta se funda.



  



Fundamentos:



Si analizamos la educación cívica como un
aporte para la participación en el plano electoral del país, cabe destacar que:
en Chile, durante el año 1988, habían 2.676.878 votantes entre 18 y 29 años, conformando
el 36% del padrón electoral total de la época, siendo éste el 91% de la
población juvenil en nuestro país. Años más tarde, en el año 2006, la cantidad
de votantes jóvenes había disminuido a 687.182 personas, correspondiendo al
8,5% del padrón electoral total y, a su vez, al 22% de la población de éste
segmento. Debemos considerar que en el primer período mencionado la educación
cívica, como asignatura obligatoria, estaba más que presente en las aulas
chilenas, no así en el segundo período.



Otro dato que destacamos es que, tanto el
voto voluntario, hoy, el protagonista de nuestros procesos electorales, como el
voto obligatorio, en sí, no son tan valederos y no arrojan tan buenos
resultados como el voto voluntario en conjunto con la educación cívica, pues:



 



1.- El voto obligatorio, como bien su
nombre lo dice, obliga al individuo a votar, mientras lo correcto sería
incentivar a éste a hacerlo, por medio de una educación que lo potencie como
votante.



 



2.- El voto voluntario, por sí mismo, no
representa lo que el votante anhela como ciudadano, porque, éste no tiene una
formación, la cual entrega la educación cívica, para comprender e ir más allá
de lo que cada campaña política promocional ofrece. Además, no hay una mayoría
la cual participe activamente de estos procesos, por  la falta motivacional consecuente de la
ausencia de educación cívica.



 



3.- El voto voluntario, de la mano con la
educación cívica, entregarían al país un conjunto de gente autónoma y capaz de
desarrollar sus ideales por medio de un representante quien sea elegido,
democráticamente, por el país. También, se aumentaría la cantidad de jóvenes
votantes activos, gracias al fomento participativo, entregado por esta
asignatura.



 



Queda agregar que la educación cívica se
encarga
de proporcionar
elementos conceptuales y de juicio para que los jóvenes desarrollen la
capacidad de análisis y discusión necesaria para tomar decisiones personales y
colectivas que contribuyan al mejoramiento de su desempeño en la sociedad, como
dijo en alguno momento Albert Einstein: “Educación es lo que queda después
de olvidar lo que se ha aprendido en la escuela”.



 



Somos de la idea de que el
escenario electoral sea tomado por lo jóvenes, aquellos que serán los
constructores del futuro de nuestro país, pero deseamos que sea de manera
responsable e informada, no queremos seguir con el panorama de pesimismo, sino
que queremos presentar la clave para comprender la realidad y fortalecer de
esta manera el concepto de sociedad democrática. “Tan solo por la educación
puede el hombre llegar a ser hombre. El hombre no es más que lo que la
educación hace de él”.
Imannuel Kant.



 



Propuesta
de ley:



Artículo
1º:
Inclúyase la
siguiente modificación a la ley Nº 20.370, General de educación.



Incorpórese al artículo 4 a continuación
del actual inciso final, el siguiente inciso nuevo:



El Estado profundizará la formación
integral de los estudiantes, propuestas en los objetivos fundamentales
transversales, a través de la incorporación a la malla curricular de la
educación media y a la de segundo ciclo básico de los establecimientos
educacionales de cualquier tipo de dependencia, la asignatura obligatoria de
educación cívica, la que tendrá como objetivo inculcar principios éticos y
morales en la formación de futuros ciudadanos, además de entregar las
herramientas necesarias para participar activamente dentro de una sociedad
democrática.



 



Artículo
1º transitorio:
El
Ministerio de Educación contará con un plazo de 3 años para que la presente ley
se establezca definitivamente, agregando a la malla curricular de manera
obligatoria la asignatura de educación cívica, tanto en segundo ciclo básico y
enseñanza media, que tiene como principal meta fomentar la creación de
ciudadanos. Este periodo será utilizado para decidir un programa evaluativo
adecuado e implementar un proceso de cursos con el fin de que la comunidad
educativa pueda recibir los contenidos a enseñar de manera efectiva y así
transmitírselas a los estudiantes, cumpliendo satisfactoriamente el objetivo de
la asignatura, bajo el marco de la ley
Orgánica Constitucional de Enseñanza. Cumplido los tres años de
implementación para poner en práctica el proyecto, la educación cívica debe
estar presente desde el primer año del segundo ciclo básico hasta el último año
de enseñanza media en todos los establecimientos educacionales del país.



 




  1. http://www.leychile.cl/



 




  1. https://www.bcn.cl/



 




  1. Http://www.rae.com/



 




  1. http://www.uchile.cl/portal/presentacion/historia/